IMPUESTO DE RENTA PERSONAS NATURALES
11-07-2020
IMPUESTO DE RENTA PERSONAS NATURALES
Publicamos en un solo sitio material valioso y recomendaciones para tener en cuenta en la elaboración de las declaraciones de renta en Colombia.
Normatividad reciente aplicable
Libro I del Estatuto Tributario
Ley 1943 de 2018 (Aunque fue declarada inexequible aplica para el año gravable 2019)
Decreto reglamentario 2264 del 13 de diciembre de 2019
Dado lo anterior, procedemos a explicar algunas generalidades que se debe seguir para hacer una declaración de renta de persona natural.
Determinar la obligación de declarar renta (cada año se debe verificar)
Todas las personas naturales y sucesiones ilíquidas que cumplan con alguna de las siguientes condiciones, deben presentar declaración de renta por el año gravable 2019 en este año 2020:
1. Que el patrimonio bruto a 31 de diciembre del año 2019 sea igual o superior de cuatro mil quinientas (4.500) UVT ($154.215.000).
2. Que los ingresos brutos (Ordinarios y extraordinarios) durante el año 2019 sean iguales o superiores a mil cuatrocientas (1.400) UVT ($47.978.000).
3. Que los consumos mediante tarjeta de crédito durante el año 2019 sean iguales o superiores a mil cuatrocientas (1.400) UVT ($47.978.000).
4. Que el valor total de compras y consumos durante el año 2019 sean iguales o superiores a mil cuatrocientas (1.400) UVT ($47.978.000).
5. Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras, durante el año 2019 sean iguales o superiores a mil cuatrocientas (1.400) UVT ($47.978.000). Ampliar el tema
Residencia para efectos tributarios (Clave para determinar si se declara por renta mundial o de fuente nacional)
Lo segundo que recomendamos debemos hacer siempre es definir la residencia para efectos tributarios que regula el artículo 10 del Estatuto Tributario Nacional; tema muy importante a la hora de establecer la obligación y forma en que se debe declarar renta en Colombia por parte de una persona natural.
Ser residente para efectos tributarios, es un concepto más amplio que el solo hecho de residir o vivir en un determinado país, ya que se podrá ser residente tributario en Colombia sin vivir en el país, o por el contrario, ser residente Colombiano viviendo en el exterior.
Ser residente fiscal en Colombia, implica que la persona debe declarar todos los bienes y los ingresos que tenga dentro y fuera del país (renta mundial); de manera que si un nacional o un extranjero es residente fiscal en Colombia en un determinado año, debe declarar los bienes y deudas que tenga en Colombia y en el resto de mundo, al igual que debe declarar los ingresos que obtenga en Colombia y fuera del país.
No olvidemos que los residentes declaran en el formulario 210 y los no residentes en el formulario 110.
Soportes que se debe reunir para hacer una declaración de renta basados en la experiecia:
Documento generales:
RUT: Es un documento necesario y obligatorio para declarar renta, si aún no cuenta con el RUT realice el proceso directamente en sede de la DIAN o en línea.
Declaración de renta del año anterior: Para contribuyentes que ya vienen declarando, de lo contrario si es la primera vez, no contará con este requisito.
Anexos detallado de la declaración del año anterior: Si usted como contador(a) va a hacer una declaración de renta a un nuevo cliente que ya viene declarando renta es muy importante conocer la información detallada de la declaración del año anterior. Sería algo irresponsable hacer una declaración sin saber por qué valor vienen declarando los bienes. Por otro lado si usted es un(a) contador(a) público(a) y hace un trabajo profesional, entréguele a su cliente junto con el formulario de renta el anexo detallado de todos los rubros declarados.
Información para declaración de renta DIAN: Si el cliente no entrega la clave para entrar a la página de la DIAN con el usuario y contraseña, es importante pedirle el reporte que se descarga de la información de la persona natural basada en la exógena que reportan a la DIAN. Es una guía muy importante para conocer la información con que cuenta la DIAN de esta persona natural. Normalmente esta información no está completa, pero es una guía muy importante. Si no se tiene usuario y contraseña se puede hacer el proceso de obtenerla fácilmente.
Documentos específicos:
Activos y pasivos:
Relación detallada de todos los bienes (Inmuebles, vehículos, depósitos bancarios, inversiones, efectivo, joyas, derechos, etc)
De los bienes inmuebles pedir declaración de predial del año gravable para determinar el avalúo catastral y el pago de la contribución por valorización de inmuebles si le aplica.
Certificado de accionista en el caso que tenga inversiones en acciones o cuota de interés social.
Certificados bancarios o de entidades financieras de rendimientos financieros, 4 por mil, saldos de las cuentas de depósito, saldos de los créditos u obligaciones financieras, gastos de los productos en el año etc. Algunas entidades emiten un certificado general que cubre todo, algunas otras emiten certificados individualmente. Caso todos se pueden descargar por internet fácilmente ingresando al portal bancario.
Si se cuenta con títulos y bonos que cotizan en bolsa se debe tener a la mano la circular que emite la DIAN para poder declarar este tipo de activos por este valor. Para el año gravable 2019 es la circular 001 del 18 de febrero de 2020.
Para soportar los pasivos diferentes a obligaciones financieras u otros pasivos que no se puedan soportar con facturas o soportes legales, se debe tener documento de fecha cierta, esto es que tengan un registro en notaría que corresponda a una fecha anterior al 31 de diciembre del año gravable que se esté declarando. Esto último se da mucho para préstamos entre personas naturales.
Recordar que avalúos comerciales no se tienen en cuenta como valores patrimoniales, y activos como vehículos se declaran por su costo histórico reajustados fiscalmente opcionalmente si se opta por esta alterativa. Declarar los vehículos por el avalúo comercial de la revista motor o Fasecolda es un error técnico.
Ingresos:
Relación de ingresos del año: Facturas, cuentas de cobro o una relación que resuma todo entregada por el cliente.
Certificado laboral para asalariados: es obligación del empleador emitirlo en los primeros meses del año. Corresponde al formato 220. Esta certificación es muy importante declarar renta por rentas de trabajo.
Certificado de retenciones en la fuente a favor: (Para trabajadores independientes, comerciantes, rentitas de capital, pensionados y otros como en la venta de activos fijos)
Venta de activos fijos: Importante tener la escritura en el caso de inmuebles, o contratos facturas y demás documentos que demuestren el valor legal por el cual se efectuó la operación. (Importante conocer la fecha inicial de compra de esos activos para determinar el manejo de la renta ordinaria o ganancia ocasional)
Retiro de cesantías de los fondos: Este es uno de los ingresos que se queda por fuera de las declaraciones de renta dado que el cliente olvida mencionarlo. Importante el soporte del fondo en donde indique a que año corresponden las cesantías retiradas, dado que las de 2016 hacia atrás tienen un tratamiento diferente que las del año 2017 y siguientes. No olvidar tener presenta la normatividad sobre realización de las cesantias
Donaciones recibidas: Tener copia del certificado o documento que soporte esta donación.
Herencias, asignaciones y donaciones modales recibidas: Tener el documento de la asignación que le correspondió.
Demás ingresos: Como certificados bancarios, de accionistas para el ingreso por dividendos, traspasos de vehículo etc.
Costos, gastos, deducciones imputables, rentas exentas:
Soportes de los gastos y costos, certificado de pago de Intereses de vivienda, pagos de medicina prepagada o seguro de salud, certificado de los dependientes, certificado de 4 por mil, ahorros voluntarios en fondos de pensiones voluntarias, ahorros en AFC, pagos de seguridad social, pagos de impuesto predial y de industria y comercio, contribución por valorización de inmuebles.
Cada declaración de renta puede tener casos especiales que requieren ciertos documentos más específicos.
Como contadores públicos entre más tengamos soportes de lo que vamos a declarar nuestro trabajo será más profesional, porque llenar un formulario con lo que nos dicta el cliente, ese no debe ser nuestro trabajo.
Todo lo anterior para el caso de obligados a llevar contabilidad, debemos contar con un balance de prueba ojalá con terceros del año gravable.
Sistema de renta cedular:
Las personas naturales residentes y sucesiones ilíquidas de causantes residentes en Colombia, a partir del año gravable 2019 deben clasificar sus ingresos ordinarios y extraordinarios (sin incluir ganancias ocasionales) en tres cedulas, así:
Cédula General
Rentas de trabajo
• Salarios (contratos de trabajo a través de una relación laboral o legal y reglamentaria);
• Comisiones;
• Prestaciones sociales legales y extralegales;
• Viaticos que constituyan salario o valor del servicios;
• Gastos de representación (rectores y profesores universidades públicas, magistrados);
• Honorarios;
• Emolumentos eclesiásticos;
• Compensaciones recibidas por el trabajo asociado cooperativo;
• Compensaciones por servicios personales;
• Retiro de cesantias;
• Indemnizaciones o bonificaciones por despido injustificado.
Rentas de capital
• Intereses y rendimientos financieros (préstamos, cuentas de ahorro, carteras colectivas, TES, CDT, CDaT, etc);
• Arrendamientos de bienes muebles e inmuebles;
• Regalías por explotación de intangibles;
• Explotación de propiedad intelectual
Rentas no laborales
• Comerciantes (venta de mercancias);
• Notarios;
• Agricultores y productores agropecuarios;
• Transportadores de carga;
• Los demás ingresos no clasificados en las rentas anteriores.
Cédula de pensiones
• Pensiones de jubilación;
• Pensiones por invalidez;
• Pensiones de sobrevivientes;
• Pensiones sobre riesgos laborales;
• Indemnizaciones sustitutivas de las pensiones;
• Devoluciones de saldos de ahorro pensional.
Cédula de dividendo y participaciones
• Dividendos (sociedades por acciones),
• Participaciones (sociedades por cuotas partes de interés social)
• Distribuciones procedentes de sociedades extranjeras
Otros aspectos a tener presente:
Durante 2019 no se aplica componente inflacionario de los rendimientos financieros
Para este año gravable 2019 existe un cambio importante en el ingreso por concepto del componente inflacionario de los rendimientos financieros dado que mediante el artículo 122 de la Ley 1943 de 2018 se derogó los artículos 38, 39, 40, 40-1, 41 del Estatuto Tributario que trataba este tema. Por lo anterior, por el año gravable 2019 los rendimientos financieros se encuentran gravados en su totalidad y no existirá parte no gravada como si existió hasta en el año gravable 2018.
Esperamos haber dado un horizonte general de renta de personas naturales y estaremos complementando la información.
Estamos promocionando una herramienta para hacer declaraciones de renta de manera sencilla pero con todo el potencial de una herramienta profesional. People Tax aplicativo de renta para personas naturales residentes.
Información declaración de renta reportada por terceros.
Residencia para efectos tributarios
Escribir comentario