AMPLÍAN PLAZO PARA PAGAR RENTA
21-06-2019
AMPLÍAN PLAZO PARA PAGAR RENTA
21-06-2019
Mediante decreto 1101 del 19 de junio de 2019, se extiende hasta el 30 de diciembre de 2019 el plazo para pagar la declaración de renta para el año gravable 2018 por parte de las personas naturales y sucesiones ilíquida contribuyentes pertenecientes a algunas direcciones seccionales de impuestos y aduanas.
En esta oportunidad la ampliación del plazo es para las personas naturales y sucesiones ilíquidas que a treinta y uno (31) de diciembre del 2018 pertenecían a la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Villavicencio, esto como medida para mitigar los problemas generados por la ola invernal que ha sufrido el departamento del Meta y que ha generado el cierre de la vía terrestre que comunica al mencionado departamento con la ciudad de Bogotá D.C.
Recuerden que este mismo aplazamiento ya lo tienen los contribuyentes que a diciembre 31 de 2018 pertenecían a la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Pasto y a la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Popayán (Art. 4 Decreto 608 de 2019), Como también los contribuyentes que a diciembre 31 de 2018 pertenecían a la Dirección Seccional de Impuestos de Cúcuta, Direcciones Seccionales de Impuestos y Aduanas de Riohacha, Maicao, Valledupar, Arauca y Direcciones Seccionales Delegadas de Impuestos y Aduanas de Inírida y Puerto Carreño (Art 3 del Decreto 651 de 2019)
Por último, el plazo general para presentar las declaraciones de renta para personas naturales y sucesiones ilíquidas para el año gravable 2018 inicia el 6 de agosto y va hasta el 17 de octubre de acuerdo a los dos últimos dígitos del NIT así:
DECRETO 2442 DEL 27 DE DICIEMBRE DE 2018
Si los dos últimos dígitos son |
Hasta el día |
99 y 00 |
6 de agosto de 2019 |
97 y 98 |
8 de agosto de 2019 |
95 y 96 |
9 de agosto de 2019 |
93 y 94 |
12 de agosto de 2019 |
91 y 92 |
13 de agosto de 2019 |
89 y 90 |
14 de agosto de 2019 |
87 y 88 |
15 de agosto de 2019 |
85 y 86 |
16 de agosto de 2019 |
83 y 84 |
20 de agosto de 2019 |
81 y 82 |
21 de agosto de 2019 |
79 y 80 |
22 de agosto de 2019 |
77 y 78 |
23 de agosto de 2019 |
75 y 76 |
26 de agosto de 2019 |
73 y 74 |
27 de agosto de 2019 |
71 y 72 |
28 de agosto de 2019 |
69 y 70 |
29 de agosto de 2019 |
67 y 68 |
30 de agosto de 2019 |
65 y 66 |
2 de septiembre de 2019 |
63 y 64 |
3 de septiembre de 2019 |
61 y 62 |
4 de septiembre de 2019 |
59 y 60 |
5 de septiembre de 2019 |
57 y 58 |
6 de septiembre de 2019 |
55 y 56 |
9 de septiembre de 2019 |
53 y 54 |
10 de septiembre de 2019 |
51 y 52 |
11 de septiembre de 2019 |
49 y 50 |
12 de septiembre de 2019 |
47 y 48 |
13 de septiembre de 2019 |
45 y 46 |
16 de septiembre de 2019 |
43 y 44 |
17 de septiembre de 2019 |
41 y 42 |
18 de septiembre de 2019 |
39 y 40 |
19 de septiembre de 2019 |
37 y 38 |
20 de septiembre de 2019 |
35 y 36 |
23 de septiembre de 2019 |
33 y 34 |
24 de septiembre de 2019 |
31 y 32 |
25 de septiembre de 2019 |
29 y 30 |
26 de septiembre de 2019 |
27 y 28 |
27 de septiembre de 2019 |
25 y 26 |
30 de septiembre de 2019 |
23 y 24 |
1º de octubre de 2019 |
21 y 22 |
2 de octubre de 2019 |
19 y 20 |
3 de octubre de 2019 |
17 y 18 |
4 de octubre de 2019 |
15 y 16 |
7 de octubre de 2019 |
13 y 14 |
8 de octubre de 2019 |
11 y 12 |
9 de octubre de 2019 |
09 y 10 |
10 de octubre de 2019 |
07 y 08 |
11 de octubre de 2019 |
05 y 06 |
15 de octubre de 2019 |
03 y 04 |
16 de octubre de 2019 |
01 y 02 |
17 de octubre de 2019 |
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Franklin Baquero (viernes, 21 junio 2019 07:42)
Gracias por su oportuna información.
cabecar2011@hotmail.com (viernes, 21 junio 2019 12:51)
Dr William el Decreto 1101 de Junio 19 de 2019, dice en el Paragrafo 4 que el plazo hasta Diciembre 31 de 2019 es para el PAGO de las Declaraciones, pero Usted en el Articulo mencionas que presentacion de las Declaraciones. ???????
VILLAVICENCIO.
WilliamDS (viernes, 21 junio 2019 14:27)
Así, es, enviaremos comunicado aclarando el tema.
Elizabeth (viernes, 21 junio 2019 14:33)
Ojo es solo para Villavicencio
cabecar2011@hotmail.com (viernes, 21 junio 2019 16:10)
Muchas Gracias Dr William, por estar siempre pendiente de nosotros. y por tener
el cuidado de aceptar nuestras comunicaciones .Cordial saludo desde la ciudad de Villavicencio.
Carolina baquero (lunes, 29 julio 2019 23:47)
Buenas noches se amplia el plazo para hacer el pago a 31 de diciembre para el caso de villao pero de igual forma se presenta la declaración en la fecha oportuna?
WilliamDS (martes, 30 julio 2019 08:48)
Hola carolina... la declaración si se debe presentar en las fechas... se da plazo es para el pago
JUAN DIEGO ROSERO (jueves, 08 agosto 2019 17:10)
Muchisimas gracias por su informacion... muy valiosa