BENEFICIOS TRIBUTARIOS EN IMPUESTOS TERRITORIALES
13-02-2015
BENEFICIOS TRIBUTARIOS EN IMPUESTOS TERRITORIALES
Bogotá y otros municipios han acogido la invitación hecha por la ley 1739 de 2014, en el sentido de permitir la conciliación contencioso administrativa tributaria; la terminación por mutuo acuerdo de los procesos administrativos tributarios y la condición especial para el pago de impuestos, con una aplicación hasta el 30 de septiembre de 2015, 30 de octubre de 2015 y 23 de octubre de 2015, respectivamente.
Recordemos que la ley 1739 de 2014 en sus artículos 55, 56 y 57 introdujo las famosas amnistías, en esta oportunidad:
· La conciliación contencioso administrativa tributaria.
· La terminación por mutuo acuerdo de los procesos administrativos tributarios.
· La condición especial para el pago de impuestos
Y en los parágrafos 6, 5 y 6 de los respectivos artículos 55, 56 y 57 se facultó a los entes territoriales a acoger esta ley y poder otorgar los mismos beneficios que otorga la DIAN a sus contribuyentes.
Pues bien hemos conocido que Bogotá mediante el decreto 026 del 16 de enero de 2015 estableció el procedimiento de aplicación de los incentivos tributarios de que tratan los artículos 55, 56 y 57 de la Ley 1739 del 23 de diciembre de 2014.
Esperamos que todos los contribuyentes con problemas de este tipo, se activen e investiguen con sus municipios a ver como se acogen a esta ley.
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ADRIANA FARFAN (martes, 21 abril 2015 19:43)
saben si para barranquilla aplica este beneficio y donde puedo conseguirlo
WILLIAM DUSSAN (viernes, 13 febrero 2015 10:39)
Lura, conocemos que bucaramanga, cucuta, armenia. y en teoría todos deben acogerlo.
Los contribuyentes deberá ir a los municipios y solicitar que se quieren acoger a la ley, y los municipios deberán hacerlo..
laura (viernes, 13 febrero 2015 10:29)
Hola, Agradecemos si nos pueden aclarar que otros Municipios se han acogido a esta ley.
Gracias.