Cartilla de impuesto diferido


 

24-11-2025


Cartilla de impuesto diferido

 

 

 

Por: Winston Castro Bolívar 

Contador Público

 

 

CARTILLA TEÓRICO–PRÁCTICA DEL IMPUESTO DIFERIDO

Comparativo entre IFRS (NIC 12 / IFRIC 23) y US GAAP (ASC 740 / FIN 48 / APB 23)

Elaborado por: Winston Castro Bolívar
Edición 2025


PRESENTACIÓN

La presente cartilla teórico–práctica sobre el Impuesto Diferido ha sido desarrollada como una herramienta de consulta, formación y aplicación profesional, dirigida a contadores, abogados tributarios y analistas financieros que participan en el proceso de preparación y revisión de estados financieros bajo los marcos de información IFRS y US GAAP.

Su propósito es ofrecer una visión integral que combine el rigor técnico de las normas internacionales de contabilidad (IAS 12 e IFRIC 23) con los lineamientos de la normativa estadounidense (ASC 740, FIN 48 y APB 23), resaltando tanto las similitudes conceptuales como las diferencias prácticas en el reconocimiento, medición y revelación del impuesto diferido.

El documento se estructura en seis capítulos que abarcan desde los fundamentos conceptuales hasta los casos avanzados y las herramientas operativas de cierre y revelación. Cada sección busca vincular la teoría con la práctica, facilitando la interpretación y aplicación de los criterios contables y fiscales en entornos corporativos complejos.

Esta cartilla no pretende reemplazar la lectura de las normas originales, sino servir como guía didáctica, de consulta y de soporte técnico para la elaboración de papeles de trabajo, notas de revelación y decisiones contables alineadas con la realidad fiscal de cada jurisdicción.

En su versión 2025, el material incorpora las actualizaciones normativas recientes —incluyendo las enmiendas por Pilar Dos de la IAS 12 y la ASU 2023-09 en US GAAP—, y se proyecta como una herramienta viva, susceptible de actualización periódica conforme evolucionen los estándares internacionales.


SOBRE EL AUTOR

Winston Castro Bolívar es Contador Público con más de 20 años de experiencia en impuestos, finanzas y estructuración internacional. Actualmente es Tax Manager del Central Cluster de Smurfit Kappa Cartón de Colombia, liderando la estrategia fiscal en nueve países de América Latina. Ha dirigido procesos de planeación tributaria, litigios, reorganizaciones empresariales y estandarización contable bajo IFRS y US GAAP.

Fue Director de Impuestos en PwC y es fundador de Lex Castro Consulting Group SAS.

Formación: Maestría en Tributación Internacional (Externado), Maestría en Alta Dirección (ESAE, España), MBA (ESAE, España), Especialización en Gerencia Tributaria (Icesi) y Contaduría Pública (Univalle).


ÍNDICE GENERAL

Capítulo I. Introducción y objetivos de la cartilla

  1. Introducción
  2. Objetivos
    • 2.1 Objetivos específicos
  3. Alcance
  4. Enfoque metodológico
  5. Contexto actual del impuesto diferido en grupos multinacionales
    • 5.1 Coexistencia de IFRS y USGAAP
    • 5.2 Relevancia estratégica del impuesto
    • 5.3 Tendencias recientes y retos en la aplicación
    • 5.4 Enfoque de esta cartilla en el contexto actual
  6. Importancia y marco conceptual básico del impuesto diferido
    • 6.1 Importancia del impuesto diferido en los estados financieros consolidados
    • 6.2 Impuesto corriente vs impuesto diferido
    • 6.3 Diferencias temporarias vs diferencias permanentes
    • 6.4 Tasa de impuesto aplicable y efectos en la utilidad neta

Capítulo II. Fundamento teórico del impuesto diferido

  • 2.1 Marco general de la NIC 12 – Impuesto a las ganancias
    • 2.1.1 Objeto y alcance
    • 2.1.2 Conceptos clave y definiciones
    • 2.1.3 El principio del "balance sheet approach"
    • 2.1.4 Reconocimiento de pasivos por impuestos diferidos
    • 2.1.5 Reconocimiento de activos por impuestos diferidos
    • 2.1.6 Medición de activos y pasivos por impuestos diferido
    • 2.1.7 Reconocimiento en resultados y otros resultados integrales (ORI)
    • 2.1.8 Compensación y presentación
    • 2.1.9 Divulgaciones (disclosures)
    • 2.1.10 Posiciones Inciertas IFRIC23
  • 2.2 Fundamento teórico bajo USGAAP
    • 2.2.1 Objeto y alcance del ASC 740
    • 2.2.2 Principio del "Balance Sheet Approach" y diferencias temporarias
    • 2.2.3 Reconocimiento de pasivos y activos por impuesto diferido
    • 2.2.4 Medición y tasa impositiva aplicable
    • 2.2.5 Valuation Allowance y recuperabilidad de DTA
    • 2.2.6 Presentación, compensación y revelación
    • 2.2.7 Algunas excepciones y temas específicos

Capítulo III. Comparativo IFRS vs US GAAP

  • 3.1 Enfoque general y alcance de ambos marcos
  • 3.2 Reconocimiento de DTA y DTL
    • 3.2.1 Pasivos por impuesto diferido (DTL)
    • 3.2.2 Activos por impuesto diferido (DTA)
  • 3.3 Medición y tasa aplicable
  • 3.4 Reconocimiento en resultados vs ORI / patrimonio
  • 3.5 Posiciones inciertas (uncertain tax positions)
  • 3.6 Clasificación, compensación y presentación
  • 3.7 Revelaciones
  • 3.8 Temas especiales
  • 3.9 Cómo documentar el comparativo en tus papeles de trabajo
  • 3.10 Temas a resaltar

Capítulo IV. Casos prácticos: (IFRS VS USGAAP)

Capítulo V. Presentación y revelación del impuesto diferido

  • 5.1 Importancia de la presentación y revelación
  • 5.2 Presentación en los estados financieros
    • 5.2.1 IFRS (NIC 12 y NIC 1)
    • 5.2.2 US GAAP (ASC 740 y ASU 2015-17)
  • 5.3 Revelaciones requeridas
    • 5.3.1 IFRS (IAS 12 §79–§82)
    • 5.3.2 US GAAP (ASC 740, ASU 2023-09)
  • 5.4 Ejemplo comparativo de disclosure
  • 5.5 Buenas prácticas de revelación en grupos multinacionales
  • 5.6 Ejemplo de nota de revelación (resumen modelo)

Capítulo VI. Casos avanzados del impuesto diferido

  • 6.1. Impuesto diferido en combinaciones de negocios (IFRS 3 / ASC 805)
  • 6.2. Arrendamientos (IFRS 16 vs ASC 842)
  • 6.3. Instrumentos financieros (IFRS 9 / ASC 320 / 825)
  • 6.4. Diferencias de conversión de moneda extranjera (IAS 21 / ASC 830)
  • 6.5. Propiedades de inversión y activos biológicos (IAS 40 / IAS 41 / ASC 360)
  • 6.6. Casos integrados en grupos multinacionales

Bibliografía


CAPÍTULO I. INTRODUCCIÓN Y OBJETIVO DE LA CARTILLA

1. Introducción

El impuesto diferido constituye uno de los temas más complejos y relevantes dentro de la contabilidad tributaria moderna. Su adecuada comprensión y aplicación permiten reflejar de manera fiel las consecuencias fiscales futuras derivadas de las diferencias entre la base contable y la base fiscal de los activos, pasivos, ingresos y gastos reconocidos en los estados financieros.

Tanto bajo las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF o IFRS), específicamente la NIC 12 – Impuesto a las Ganancias, como bajo los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados en los Estados Unidos (US GAAP), particularmente la ASC 740 – Income Taxes, el objetivo principal es lograr que el gasto o beneficio por impuesto sobre la renta refleje el efecto total de las operaciones reconocidas durante el período, incluyendo las diferencias temporarias que generarán pagos o recuperaciones de impuestos en ejercicios futuros.

En un entorno corporativo multinacional, las diferencias entre IFRS y US GAAP adquieren una importancia práctica significativa, pues impactan directamente los resultados consolidados, la toma de decisiones financieras, la gestión del efectivo, las métricas de desempeño y la comunicación con inversionistas y autoridades tributarias, permitiendo no solo garantizar la comparabilidad de la información, sino también anticipar ajustes en consolidación, identificar riesgos fiscales latentes y asegurar coherencia en la estrategia tributaria del grupo.

Esta cartilla busca ofrecer una visión integral, teórica y práctica, del impuesto diferido desde la doble óptica IFRS–US GAAP, con un enfoque orientado a la aplicación profesional y a la formación técnica continua del personal financiero y tributario.

2. Objetivo de la Cartilla

El objetivo general de esta cartilla es proporcionar una guía práctica y comparada para el reconocimiento, medición, presentación y revelación del impuesto diferido bajo IFRS y US GAAP, facilitando la comprensión conceptual y el desarrollo de criterios homogéneos dentro de las áreas contables y fiscales de las compañías.

2.1 Objetivos específicos

  1. Explicar los fundamentos teóricos del impuesto diferido, destacando su relación con las diferencias temporarias y el principio del devengo fiscal.
  2. Identificar las principales similitudes y diferencias entre la NIC 12 y la ASC 740, señalando su impacto en el reconocimiento de activos y pasivos por impuesto diferido.
  3. Desarrollar casos prácticos que ilustren las principales situaciones que enfrentan las empresas en la determinación y registro del impuesto diferido, con ejemplos numéricos y asientos contables.
  4. Proporcionar herramientas y plantillas de apoyo que faciliten el cálculo, conciliación y revelación del impuesto diferido en los estados financieros.
  5. Promover la formación y alineación técnica del equipo contable y tributario, fortaleciendo la capacidad analítica frente a los efectos fiscales derivados de las decisiones contables y financieras.

3. Alcance

Esta cartilla abarca:

  • NIC 12 – Impuesto a las ganancias, IFRS 3 (cuando involucra combinaciones de negocios), IFRS 16 (arrendamientos, cuando impacta diferencias temporarias) y IFRIC 23 – Incertidumbre frente a los tratamientos del impuesto a las ganancias (alineación de criterios de medición, reconocimiento y revelación de posiciones inciertas).
  • Las normas estadounidenses: ASC 740, ASC 805 y las interpretaciones FIN 48 (Uncertain Tax Positions) y APB 23 (Indefinite Reinvestment Exception).
  • Casos prácticos basados en situaciones reales de grupos multinacionales que reportan bajo ambos marcos contables.
  • Referencias cruzadas entre la práctica contable y las disposiciones tributarias locales, cuando resulte pertinente.

No se pretende que la cartilla sustituya la lectura de los textos normativos oficiales, sino que actúe como un material de referencia operativo y formativo, que permita consolidar el conocimiento técnico y aplicarlo de manera coherente en la preparación de los estados financieros y en los procesos de revisión fiscal.

4. Enfoque metodológico

La estructura de la cartilla combina el desarrollo teórico con la aplicación práctica, permitiendo que el lector comprenda primero los conceptos fundamentales y luego los aplique en ejercicios y casos comparativos.

Cada capítulo incluirá:

  • Explicación conceptual del tema.
  • Ejemplo numérico ilustrativo.
  • Asientos contables bajo IFRS y US GAAP.
  • Comentarios técnicos y conclusiones.

Este enfoque busca generar una comprensión progresiva, desde los fundamentos hasta la aplicación avanzada, fomentando el razonamiento crítico y la consistencia en la práctica contable y fiscal.

5. Contexto actual del impuesto diferido en grupos multinacionales

En los grupos empresariales multinacionales, el tratamiento del impuesto diferido representa un punto de convergencia entre la contabilidad financiera y la planificación fiscal estratégica.

Aunque el objetivo final bajo ambos marcos contables es reflejar las consecuencias fiscales futuras de las transacciones actuales, las diferencias en criterios de reconocimiento, medición y presentación entre IFRS y US GAAP pueden generar efectos relevantes sobre la utilidad neta, el patrimonio y los indicadores financieros consolidados.

5.1. Coexistencia de IFRS y US GAAP

La globalización de los negocios ha dado lugar a estructuras corporativas en las que distintas subsidiarias reportan bajo diferentes marcos normativos:

  • Las filiales locales preparan sus estados financieros bajo NIIF plenas o NIIF para PYMES, conforme a los requerimientos regulatorios de cada país.
  • La matriz consolida su información bajo US GAAP, generalmente por exigencia de la SEC o de los mercados de capitales en Estados Unidos.

Esta dualidad normativa exige que los equipos contables y fiscales comprendan las diferencias conceptuales entre ambos marcos, especialmente en temas como:

  • El momento de reconocimiento del impuesto diferido (por ejemplo, tratamiento de revaluaciones bajo IFRS que no existen en US GAAP).
  • La recuperabilidad de los activos por impuesto diferido (provisión de valuation allowance).
  • El reconocimiento de pasivos por utilidades retenidas en subsidiarias (APB 23).
  • La asignación intraperiodo del impuesto a OCI1, equity o resultados discontinuados (intraperiod tax allocation).

La correcta interpretación de estas diferencias es esencial para evitar duplicidades, omisiones o distorsiones en el reporte consolidado.

5.2. Relevancia estratégica del impuesto diferido

El impuesto diferido no debe verse únicamente como un cálculo contable, sino como un instrumento de gestión fiscal y financiera que:

  1. Permite anticipar los efectos futuros de las decisiones contables y de las reformas tributarias.
  2. Facilita la planificación del flujo de caja al identificar pasivos o créditos fiscales diferidos.
  3. Mejora la calidad del análisis financiero al reflejar de manera más completa la carga tributaria real del negocio.
  4. Contribuye a la evaluación de proyectos de inversión o reorganizaciones, especialmente cuando existen efectos diferidos significativos (por ejemplo, en fusiones, adquisiciones o step-ups fiscales).

En la práctica, la conciliación entre la tasa efectiva y la tasa nominal del impuesto de renta constituye un indicador clave para los inversionistas y reguladores, al mostrar el impacto de los impuestos diferidos en la carga fiscal total.

5.3. Tendencias recientes y retos en la aplicación

Las reformas fiscales frecuentes, la adopción progresiva de NIIF en América Latina y la presión regulatoria por mayor transparencia (BEPS, Pillar Two, reportes CBCR) han incrementado la complejidad del impuesto diferido.

Entre los principales retos se destacan:

  • La necesidad de alinear la información contable y fiscal en tiempo real.
  • La gestión de impuestos diferidos globales, considerando tipos impositivos distintos y limitaciones de compensación.
  • La identificación de diferencias temporarias no registradas, especialmente en intangibles y provisiones.
  • La revisión periódica de la recuperabilidad de los activos por impuesto diferido, bajo criterios diferentes entre IFRS (probable) y US GAAP (more-likely-than-not).

Asimismo, la tendencia hacia la digitalización fiscal y la transparencia tributaria internacional (por ejemplo, el intercambio automático de información o el Global Minimum Tax del Pilar Dos) exige un entendimiento profundo de cómo las diferencias temporarias se traducen en impuestos corrientes o adicionales en distintas jurisdicciones.

5.4. Enfoque de esta cartilla en el contexto actual

En este entorno, la presente cartilla busca:

  • Integrar la perspectiva contable y fiscal del impuesto diferido en un marco comparativo IFRS–US GAAP.
  • Servir como herramienta práctica para el análisis, conciliación y documentación del impuesto diferido en contextos de reportes duales.
  • Promover una cultura de planeación fiscal responsable y alineada con la información financiera, garantizando transparencia y coherencia en la presentación de los efectos impositivos.

El impuesto diferido se consolida como un puente entre la contabilidad financiera y la estrategia tributaria.

Dominar su aplicación bajo ambos marcos contables no solo mejora la calidad de la información, sino que fortalece la posición técnica del profesional frente a auditores, reguladores y autoridades fiscales.

6. Importancia y marco conceptual básico del impuesto diferido

6.1. Importancia del impuesto diferido en los estados financieros consolidados

El impuesto diferido cumple una función esencial dentro de la información financiera, ya que garantiza la adecuada correspondencia entre los ingresos y los gastos contables y fiscales a lo largo del tiempo.

A través de su reconocimiento, los estados financieros reflejan el impacto futuro que tendrán las transacciones actuales sobre la carga tributaria, asegurando una visión integral y prospectiva de los impuestos de la entidad.

En los estados financieros consolidados, el impuesto diferido:

  1. Contribuye a la comparabilidad intertemporal, al distribuir de manera razonable la carga tributaria entre períodos contables.
  2. Evita la volatilidad artificial del gasto por impuesto de renta, producto de las diferencias entre criterios contables y fiscales.
  3. Permite estimar de manera más precisa la rentabilidad neta del grupo, considerando los efectos fiscales futuros.
  4. Apoya la toma de decisiones financieras y de inversión, al mostrar el efecto real de las operaciones sobre los flujos de efectivo futuros.
  5. Fortalece la transparencia en la consolidación internacional, especialmente cuando las subsidiarias operan en jurisdicciones con tasas impositivas distintas o con regímenes fiscales diferenciados.

En síntesis, el impuesto diferido no representa un impuesto por pagar inmediato, sino una estimación contable del efecto fiscal diferido, que asegura que la utilidad neta y el patrimonio consoliden adecuadamente las consecuencias fiscales de las operaciones del grupo.

6.2. Impuesto corriente vs impuesto diferido

Concepto Descripción Reconocimiento contable Naturaleza
Impuesto corriente Es el impuesto sobre la renta calculado sobre la utilidad fiscal del período. Representa la obligación real frente a la autoridad tributaria. Reconocido como pasivo o activo corriente en el período fiscal correspondiente. Flujo de efectivo inmediato (pago o recuperación).
Impuesto diferido Es el efecto futuro de las diferencias temporarias entre las bases contables y fiscales de los activos y pasivos. Reconocido como activo o pasivo no corriente, dependiendo de la expectativa de reversión. No implica flujo inmediato, pero impacta el gasto por impuesto del período.

En términos simples, el impuesto corriente refleja el presente, mientras que el impuesto diferido anticipa el futuro.

Ambos forman parte del gasto total por impuesto sobre la renta reconocido en los estados financieros:

Gasto total por impuesto = Impuesto corriente ± Impuesto diferido

6.3. Diferencias temporarias vs diferencias permanentes

Las diferencias entre el resultado contable y el resultado fiscal pueden clasificarse en dos categorías fundamentales:

Tipo de diferencia Descripción Efecto en impuesto diferido Ejemplo
Temporarias Surgen cuando un ingreso o gasto se reconoce en un período contable diferente del período en que se reconoce fiscalmente. Sí generan impuesto diferido, porque se revertirán en el futuro. Depreciación contable vs fiscal; provisiones no deducibles fiscalmente que luego se pagan.
Permanentes Surgen cuando un ingreso o gasto nunca será gravado o deducible fiscalmente. No generan impuesto diferido, ya que no se revertirán. Multas no deducibles; ingresos exentos; dividendos no gravados.

Así, el impuesto diferido se enfoca exclusivamente en diferencias temporarias, que implican un desfase temporal entre la contabilidad y la tributación, pero que eventualmente se corregirán en períodos futuros.

6.4. Tasa de impuesto aplicable y efectos en la utilidad neta

La tasa de impuesto utilizada para medir el impuesto diferido corresponde a la tasa esperada vigente al momento de la reversión de la diferencia temporaria, no necesariamente la tasa actual del período.

  • Bajo IFRS (NIC 12): se usa la tasa sustantivamente promulgada (substantively enacted).
  • Bajo US GAAP (ASC 740): se usa la tasa formalmente promulgada por ley (enacted tax rate).

Los cambios en la tasa de impuesto generan un ajuste inmediato en los activos y pasivos por impuesto diferido existentes, cuyo efecto se reconoce en resultados o en ORI, dependiendo de donde se reconoció originalmente la partida que generó la diferencia temporaria.

Ejemplo:

Si la tasa de impuesto baja del 35% al 30%, el pasivo por impuesto diferido disminuye, generando un ingreso por impuesto diferido que incrementa la utilidad neta del período.

Este mecanismo explica por qué los cambios en la legislación tributaria pueden tener un impacto directo y, a veces, significativo en el resultado neto consolidado.

Comprender el marco conceptual del impuesto diferido permite interpretar de manera más precisa el desempeño financiero del grupo.

El análisis coordinado entre contabilidad y fiscalidad no solo mejora la calidad de la información financiera, sino que fortalece la planeación tributaria, la gestión de riesgos y la transparencia corporativa frente a auditores, inversionistas y autoridades fiscales.


CAPÍTULO II. FUNDAMENTO TEÓRICO BAJO IFRS Y USGAAP

2.1. Marco general de la NIC 12 – Impuesto a las ganancias

2.1.1. Objeto y alcance

La NIC 12 "Impuesto a las ganancias" (IAS 12 Income Taxes) establece los principios para el reconocimiento contable de los impuestos corrientes y diferidos que surgen de las transacciones reconocidas en los estados financieros de una entidad.

Párrafo 1: "El objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable del impuesto a las ganancias. El problema fundamental al contabilizar el impuesto a las ganancias es cómo contabilizar las consecuencias actuales y futuras de (a) la recuperación (liquidación) en el futuro del importe en libros de los activos (pasivos) que se hayan reconocido en el estado de situación financiera de la entidad, y (b) las transacciones y otros sucesos del período actual que se hayan reconocido en los estados financieros."

2.1.2 Conceptos clave y definiciones

La norma define los siguientes términos esenciales:

Concepto Definición normativa (NIC 12 §5)
Impuesto corriente "El importe del impuesto a las ganancias por pagar (recuperar) correspondiente a la ganancia (pérdida) fiscal del período."
Impuesto diferido "Los importes del impuesto a las ganancias por pagar o recuperar en períodos futuros, relacionados con diferencias temporarias imponibles o deducibles."
Base fiscal "El importe atribuible a un activo o pasivo para propósitos fiscales."
Diferencias temporarias "Diferencias entre el importe en libros de un activo o pasivo en el estado de situación financiera y su base fiscal."

2.1.3. El principio del "Balance Sheet Approach"

La NIC 12 adopta un enfoque de balance (balance sheet approach), lo que significa que el impuesto diferido se determina con base en las diferencias temporarias entre el importe contable y el valor fiscal de los activos y pasivos.

§10: "El impuesto diferido debe reconocerse por todas las diferencias temporarias, salvo en circunstancias limitadas descritas en los párrafos 15 y 39."

El principio parte del reconocimiento de que cada activo y pasivo contable generará consecuencias fiscales futuras, por lo que la información financiera debe reflejar ese efecto anticipado.

2.1.4. Reconocimiento de pasivos por impuesto diferido

§15: "Una entidad reconocerá un pasivo por impuesto diferido por todas las diferencias temporarias imponibles, excepto cuando el pasivo por impuesto diferido surja del reconocimiento inicial del crédito mercantil o del reconocimiento inicial de un activo o pasivo en una transacción que no sea una combinación de negocios y que en el momento de la transacción no afecte ni la utilidad contable ni la fiscal."

Esto significa que:

  • Si un activo tiene un importe contable mayor que su base fiscal, se generará una diferencia temporaria imponible, que origina un pasivo por impuesto diferido (DTL).
  • El DTL representa impuestos que se pagarán en el futuro cuando se recupere ese activo o se liquide el pasivo.

Ejemplo: Revaluación de un terreno (base fiscal 1.000, valor contable 1.500 → diferencia 500 → DTL = 500 × tasa impositiva).

2.1.5. Reconocimiento de activos por impuesto diferido

§24: "Se reconocerá un activo por impuesto diferido por todas las diferencias temporarias deducibles en la medida en que sea probable que la entidad disponga de ganancias fiscales futuras contra las cuales puedan utilizarse dichas diferencias temporarias deducibles."

Así, los activos por impuesto diferido (DTA) solo se reconocen cuando exista probabilidad razonable de recuperación, es decir, evidencia objetiva de que habrá utilidad fiscal futura suficiente.

Esta probabilidad2 se evalúa considerando:

  • Presupuestos o proyecciones fiscales.
  • Historial de pérdidas y su reversión.
  • Estrategias fiscales disponibles (por ejemplo, compensación de pérdidas).

2.1.6. Medición de activos y pasivos por impuesto diferido

§47: "Los activos y pasivos por impuesto diferido se medirán utilizando las tasas fiscales que se espera aplicar en el período en que el activo se realice o el pasivo se liquide, según las tasas (y leyes fiscales) aprobadas o sustancialmente aprobadas al final del período sobre el que se informa."

  • IFRS usa el concepto de tasa "sustantivamente promulgada" (substantively enacted rate).
  • El impuesto diferido se calcula considerando cómo la entidad espera recuperar o liquidar el activo o pasivo (§51).
  • Si un activo se espera recuperar por venta y no por uso, puede aplicar una tasa distinta o un tratamiento fiscal diferente.

2.1.7. Reconocimiento en resultados y en otro resultado integral (ORI)

§61A: "El impuesto diferido relacionado con partidas reconocidas fuera del resultado se reconocerá también fuera del resultado, ya sea en otro resultado integral o directamente en el patrimonio3."

Esto significa que el efecto fiscal sigue el tratamiento contable de la partida que origina la diferencia:

  • Si la ganancia o pérdida se registra en resultados, el impuesto diferido se lleva al estado de resultados.
  • Si se reconoce en ORI (p. ej., revaluación de activos o coberturas de flujo de efectivo), el impuesto diferido también se reconoce en ORI.

2.1.8. Compensación y presentación

§74: "Una entidad compensará los activos y pasivos por impuestos diferidos si, y solo si, (a) tiene un derecho legalmente exigible de compensar los importes reconocidos por impuestos corrientes, y (b) los activos y pasivos por impuesto diferido se relacionan con impuestos a las ganancias recaudados por la misma autoridad fiscal."

Por tanto:

  • Se pueden compensar activos y pasivos sólo si pertenecen a la misma entidad legal y jurisdicción fiscal.
  • En estados financieros consolidados, la compensación no se extiende entre subsidiarias de distintas jurisdicciones.

2.1.9. Divulgaciones (disclosures)

§79-82: requieren revelar:

  • Componentes principales del gasto (ingreso) por impuesto a las ganancias.
  • Conciliación entre la tasa efectiva y la tasa nominal.
  • Detalle de activos y pasivos por impuesto diferido, distinguiendo temporarias imponibles y deducibles.
  • Información sobre pérdidas fiscales no utilizadas y créditos fiscales.
  • Cualquier restricción o incertidumbre material.

Descargue el documento completo en pdf.

Descarga
Cartilla de impuesto diferido 2025
Cartilla impuesto diferido_Nov 2025 (1).
Documento Adobe Acrobat 539.4 KB

Si considera que esta información fue de utilidad, ayúdenos compartiendo este enlace con todos sus contactos en sus redes sociales




Escribir comentario

Comentarios: 3
  • #1

    RODRIGO DUQUE DUQUE (viernes, 27 febrero 2026 12:19)

    Felicitaciones, y muchas gracias por tan importante material a ustedes y al CP Wiston Castro Bolívar.

  • #2

    Jose Medardo Rocha (jueves, 05 marzo 2026 06:58)

    Muchas gracias por tan excelente cartilla, la verdad es una ayuda muy valiosa para los contables que adiario nos vemos abocados a enfrnetar esta tematica del impuesto diferido.

  • #3

    Jose Medardo Rocha (jueves, 05 marzo 2026 07:02)

    Al Cp Winston Castro Bolívar, agradecerle y reconocerle su valios aporte, le reitero mis agradecimientos, y me gustaria saber como puedo de alguan manera, retribuirel econimicamente algo de valor por su trabajo.