NUEVO REGLAMENTO RENTA PERSONAS NATURALES


 

18-12-2019


NUEVO REGLAMENTO RENTA PERSONAS NATURALES

 

18-12-2019

Mediante decreto 2264 del 13 de diciembre de 2019, se reglamentan los artículos 27, 55, 206, 206-1, 235-2, 330, 331, 332, 333, 335 y 336 del Estatuto Tributario y se modifica el decreto 1625 de 2016 Decreto Único reglamentario en Materia Tributaria.

 

 

Dentro de los temas que se reglamentan, vemos que tratan de la Realización del ingreso para los no obligados a llevar contabilidad, Aportes obligatorios al sistema general de pensión, Rentas de trabajo exentas, Determinación de la renta para servidores públicos diplomáticos, consulares y administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores, Rentas exentas a partir del año gravable 2018, Determinación cedular,  Rentas líquidas gravables, Rentas exentas y deducciones, Base de renta presuntiva, Ingresos de la cédula general, Renta líquida gravable de la cédula general.

Vemos que algunos de estos temas que se reglamentan posiblemente sólo tendrán aplicación por el año gravable 2019, dado que si es aprobada la nueva reforma tributaria como está en el proyecto, habrían cambios como en el tema del componente inflacionario de los rendimientos financieros que se revive como ingreso no constitutivos de renta a partir del año gravable 2020.

 

Recordemos que la Ley 1943 de 2018 y lo ratifica este decreto, los rendimientos financieros recibidos durante el año 2019 son gravados en un 100%, por lo que este grupo de rentistas de capital durante el año gravable 2019 serán los más damnificados.   


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Decreto 2264 dic 2019
DECRETO 2264 DEL 13 DICIEMBRE DE 2019 RE
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Wiliam Dussán Salazar

Editor de impuestos de www.consultorcontable.com

@williamduss


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Comentarios: 8
  • #1

    raul danilo viilegas correa (jueves, 19 diciembre 2019 06:52)

    Muchas gracias por el envió de este decreto,

  • #2

    gladys jimenez (domingo, 29 diciembre 2019 12:39)

    Excelente apoyo a la profesión contable, Mil gracias. feliz año 2020 Éxitos en su gestión empresarial.

  • #3

    Dayana Barrios (lunes, 20 abril 2020 21:27)

    Con base a la normatividad vigente y entrada en vigencia la ley 2010 de 2019, aun quedaron gravados para el año gravable 2019 en un 100% los rendimientos financieros?

  • #4

    maria (martes, 16 junio 2020 09:29)

    Como fueron revividos los artículos 38,39,40 40-1 81 81-1 118 y 491 del E.T. por la Ley 2010 del 27 de dic.de 2019 para la declaración de renta año gravable 2019 el componente inflacionario como quedó ?

  • #5

    Martha Lucia Flor Montoya (martes, 16 junio 2020 19:16)

    Gracias por todos los aportes que usted doctor William nos aporta para el buen desarrollo de nuestra labor. Un colombiano resiente en el exterior con un patrimonio aproximado de $430.000.000, si rentas en colombia, debe presentar declaración de renta y patrimonio y pagar impuesto en base a renta presuntiva.

  • #6

    WilliamDS (martes, 16 junio 2020 19:24)

    Martha, debe definir si es o no residente colombiano para efecto tributarios, art. 10 del Estatuto tributario, dado que el termino de residencia es mas amplio que solo vivir o no vivir en colombia. luego de eso si no es residente colombiano, posiblemente no esté obligado si no tiene ingresos en colombia, ver siguiente art, para ver dependiendo del año si le aplica. https://www.consultorcontable.com/no-residentes-a-declarar-por-patrimonio/

  • #7

    Rodrigo Mesa (viernes, 14 agosto 2020 17:28)

    No Hay componente inflacionario para el 2019?

  • #8

    Sandra (miércoles, 19 agosto 2020 12:30)

    Entiendo que con este decreto, los leasing habitacional ahora serán tratados fiscalmente como financieros. Mi pregunta, para una persona natural que no declaro renta en 2018, ya que por ingresos no estaba obligada, pero celebro un contrato de leasing habitacional en ese año; este decreto no le aplicaría por haber sido expedido en 2019? y su leasing para el año 2018 se puede tratar como operativo?