DEVOLUCIÓN DE IVA A LOS MÁS VULNERABLES.
01-04-2020
DEVOLUCIÓN DE IVA A LOS MÁS VULNERABLES.
Como medida de apoyo económico para los hogares más pobres por causa del COVID-19, el Gobierno nacional adelantó el esquema de la devolución del IVA que consiste en que las familias de menores ingresos reciban recursos que aliviarán el impacto del IVA del consumo de productos y servicios. Consulte si es beneficiario.
Consultar si es beneficiario digitando el número de identificación:
NUEVO PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR SALDOS A FAVOR DIAN
3-12-2012
Gobierno Nacional publicó la Resolución 000151, Por medio de la cual se establece el procedimiento para la presentación de las solicitudes de devolución y/o compensación por saldos a favor generados en declaraciones de renta y ventas.
___________________________________________________________________
RESOLUCIÓN N° 000151
30-11-2012
DIAN
Por la cual se establece el procedimiento para la presentación de las
solicitudes de devolución y/o compensación por saldos a favor
generados en declaraciones de renta y ventas
EL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
En uso de las facultades legales y en especial las dispuestas
en los Numerales 1, 7 y 12 del artículo 6 del Decreto 4048 de
2008 y el artículo 22 del Decreto 2277 de 2012, y
CONSIDERANDO
Que corresponde a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales la administración de los impuestos sobre la renta y complementarios, sobre las ventas, de timbre nacional y de los demás impuestos
internos del orden nacional cuya competencia no esté asignada a otras entidades del Estado.
Que la administración de los impuestos comprende su recaudación, fiscalización, liquidación, discusión, cobro, devolución, sanción y todos los demás aspectos relacionados con el cumplimiento de
las obligaciones tributarias.
Que el Decreto 2277 de 2012 reglamenta el procedimiento de las devoluciones y compensaciones de los saldos a favor de los impuestos administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas
Nacionales.
Que el artículo el 2 del Decreto 2277 de 2012 establece que la solicitud de devolución y/o compensación debe presentarse acompañada de los documentos físicos o virtuales relacionados con cada uno
de los requisitos.
Que el mismo Decreto en su artículo 22 señala, que la DIAN reglamentará los aspectos correspondientes a la presentación de las solicitudes de devolución y/o compensación, a través del servicio
informático electrónico dispuesto para tal fin.
Que el servicio informático electrónico de devoluciones y/o compensaciones permitirá a los solicitantes y a la DIAN, disponer de mecanismos que faciliten las gestiones de presentación,
radicación, estudio, decisión y control de la solicitud.
Que la implementación del Servicio Informático de Devoluciones y Compensaciones se realizará gradualmente, razón por la cual se hace necesario establecer la forma en que se presentarán
manualmente las solicitudes de Devolución y/o compensación de quienes no estén obligados a utilizar este medio.
RESUELVE
ARTICULO 1. Ámbito de aplicación. El contenido de la presente Resolución aplica a las solicitudes de devolución y/o compensación de saldos a
favor originados en las declaraciones de Renta y complementarios y del Impuesto sobre las Ventas.
La solicitud de devolución y/o compensación podrá presentarse utilizando el servicio informático electrónico de devoluciones
y compensaciones o manualmente, según corresponda.
ARTICULO 2. Servicio Informático Electrónico. El Servicio Informático Electrónico de Devoluciones y Compensaciones permite gestionar la
devolución y/o compensación de saldos a favor originados en el impuesto sobre la renta y el impuesto a las ventas.
ARTICULO 3. Presentación de la Solicitud de Devolución y/o Compensación utilizando el servicio informático electrónico. Los contribuyentes
del impuesto sobre la renta y los responsables de IVA, deberán presentar su solicitud de devolución y/o compensación y los requisitos generales y especiales, cuando procedan, utilizando el
servicio informático electrónico de devoluciones y compensaciones, dispuesto en la página Web www.dian.gov.co.
La solicitud de devolución y/o compensación, así como los requisitos generales y especiales señalados en el Decreto 2277 de 2012, deben presentarse utilizando el mecanismo de firma digital y
haciendo uso de los Formatos indicados en el artículo 4 de la presente Resolución.
De conformidad con lo establecido en el artículo 22 del Decreto 2277 de 2012, el trámite virtual inicia con el diligenciamiento de la solicitud de devolución y/o compensación en el formato
prescrito para el efecto. Los demás requisitos deberán entregarse en forma virtual dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes contados a partir de la fecha de diligenciamiento de dicha
solicitud. De lo contrario el trámite iniciado virtualmente se cerrará automáticamente y el solicitante deberá iniciar uno nuevo.
Para las solicitudes de devolución y/o compensación presentadas con garantía, deberá allegarse el documento físico a la Dirección Seccional correspondiente dentro del término señalado en artículo
22 del Decreto 2277 de 2012.
La solicitud de devolución y/o compensación se entenderá radicada cuando se presente la misma junto con sus requisitos en los términos señalados en este artículo; para el efecto el Servicio
Informático de Devoluciones y Compensaciones generará un número y fecha de radicación.
El solicitante de devolución y /o compensación podrá hacer seguimiento del estado de su trámite con el número de “asunto” correspondiente al radicado asignado por el Servicio Informático
Electrónico.
Parágrafo. Los términos establecidos en los artículos 855 y 860 del Estatuto Tributario se contarán a partir del día hábil siguiente a la
radicación de la solicitud.
ARTÍCULO 4. Documentos soporte para la solicitud de devolución y/o compensación. La solicitud de devolución y/o compensación, así como los
requisitos generales y especiales de que trata el Decreto 2277 de 2012, deberán presentarse de manera virtual o física en los eventos establecidos por la Dirección de Impuestos y adunas
Nacionales, utilizando los siguientes Formatos que hacen parte integral de esta Resolución:
CODIGO FORMATO |
NOMBRE FORMATO |
REQUISITOS |
010 |
Solicitud de Devolución y/o Compensación |
Artículo 2 |
1391 |
Registro Información de Poder |
Artículo 2 Literal b |
Requisitos generales |
||
1384 |
Información de Existencia y Representación Legal |
Artículo 2 Literal a |
1385 |
Información de la Garantía |
Artículo 2 Literal c |
1336 |
Registro Ingreso de Documento Físico allegado por el Contribuyente |
Artículo 850 E.T. |
1668 |
Información Constancia Titularidad Cuenta Bancaria |
Artículo 20 |
Requisitos especiales de renta |
||
1220 |
Relación de Retenciones en la Fuente a Título de Renta |
Articulo 3 |
Requisitos especiales de IVA |
||
1222 |
Ajuste a cero Impuesto sobre las Ventas por Pagar |
Artículo 4 Literal a |
1438 |
Ajuste Cero Impuesto sobre las Ventas Retenido |
Artículo 4 Parágrafo 2 |
1439 |
Relación de Impuestos Descontables diferentes a Importaciones |
Artículo 4 Literal b |
1440 |
Relación de IVA Retenido |
Artículo 4 Parágrafo 2 |
1441 |
Relación de IVA Descontable por Importaciones |
Artículo 4 Literal c |
1442 |
Relación DEX y Documentos de Exportación |
Artículo 4 Literales d y e |
1444 |
Información del Certificado al Proveedor - CP |
Artículo 4 Literales f y g |
CODIGO FORMATO |
NOMBRE FORMATO |
REQUISITOS |
1447 |
Servicios Prestados en el País para ser Exportados o Utilizados por Residentes en el Exterior |
Artículo 4 Literal h |
1670 |
Impuestos Descontables de Proveedores a Sociedades de Comercialización Internacional |
Artículo 4 Literal i |
1478 |
Exportaciones por Usuarios Industriales de Zonas Francas |
Artículo 4 Parágrafo 3 |
1479 |
Ventas desde Territorio Nacional a Usuarios de Zona Franca |
Artículo 4 |
1460 |
Productores de Bienes Exentos |
Artículo 5 |
1754 |
Información del Certificado Sacrificio de Animales |
Artículo 5 |
1763 |
Ubicación donde se Efectuó la Actividad |
Artículo 5 |
1477 |
Información de Certificado del Ministerio de Cultura |
Articulo 478 E.T. |
ARTÍCULO 5. Forma de presentación de la solicitud y requisitos, utilizando el Servicio Informático de Devoluciones y Compensaciones. La
solicitud de devolución y compensación (Formato 010) y los requisitos relacionados con los Formatos 1384, 1385, 1336, 1668, 1477, 1222, 1438, 1447, 1754 y 1763 se presentarán por el Servicio
Informático de Diligenciamiento; los requisitos relacionados con los Formatos 1220, 1439, 1440, 1441, 1442, 1444, 1460, 1670, 1478 y 1479 se presentarán por el Servicio de presentación de
información por envío de archivos. En todo caso a través del Servicio Informático Electrónico se informará al responsable o al contribuyente la recepción exitosa y sin errores, de los formatos
correspondientes.
Las certificaciones que acompañan los Formatos 1384, 1391, 1668, 1477 y 1754 deberán ser escaneadas por el solicitante y subidas mediante el mecanismo dispuesto para el efecto en el Servicio
Informático Electrónico.
Parágrafo. La información contenida en los siguientes Formatos deberá enviarse teniendo en cuenta las especificaciones técnicas contenidas en
los Anexos 1 a 10, los cuales son parte integral de la presente Resolución:
CODIGO FORMATO |
NOMBRE FORMATO |
ANEXO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS |
1220 |
Relación Retención en la Fuente (Renta) |
1 |
1439 |
Relación de impuestos descontables diferentes a importaciones |
2 |
CODIGO FORMATO |
NOMBRE FORMATO |
ANEXO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS |
1440 |
Relación de IVA Retenido |
3 |
1441 |
Relación IVA Descontable por Importaciones |
4 |
1442 |
Relación DEX y Documentos de Exportación |
5 |
1444 |
Información del Certificado al Proveedor - CP |
6 |
1670 |
Impuestos Descontables de Proveedores a Sociedades de Comercialización Internacional |
7 |
1460 |
Productores de bienes exentos |
8 |
1478 |
Exportaciones por Usuarios Industriales de Zonas Francas |
9 |
1479 |
Ventas desde Territorio Nacional a Usuarios de Zona Franca |
10 |
ARTICULO 6. Contingencia. Cuando el último día del término legal establecido para presentar la solicitud de devolución y/o compensación, por
inconvenientes técnicos no haya disponibilidad de los servicios informáticos electrónicos y, en consecuencia, el solicitante no pueda radicarla a través de este mecanismo, deberá presentarla ese
mismo día acercándose a la Dirección Seccional competente para su radicación manual. En estos casos la Subdirección de Gestión de Tecnología y Telecomunicaciones o dependencia que haga sus veces,
mediante comunicado debe establecer que la no disponibilidad de los servicios informáticos electrónicos, le impiden efectivamente realizar el trámite.
Parágrafo. Para efectos de lo dispuesto en la presente Resolución, el obligado a presentar virtualmente la solicitud de devolución y/o
compensación, deberá prever con suficiente antelación el adecuado funcionamiento de los medios requeridos para asegurar el cumplimiento de sus obligaciones.
En ningún caso constituirán causales de justificación de la no radicación de la solicitud de devolución y/o compensación a través del servicio informático electrónico: Los daños en los sistemas,
conexiones y/o equipos informáticos del solicitante, los daños en el mecanismo de firma con certificado digital, el olvido de las claves asociadas al mismo, por quienes deben presentar la
solicitud de devolución y/o compensación virtualmente.
ARTÍCULO 7.Obligados a presentar la solicitud de devolución y/o compensación utilizando el Servicio Informático Electrónico de Devoluciones y
Compensaciones. A partir del 1 de enero de 2013, las personas naturales y jurídicas, calificadas como grandes contribuyentes, están obligadas a presentar las solicitudes de
devolución y/o compensación por saldos a favor de renta e IVA, utilizando el servicio informático electrónico de devoluciones y compensaciones.
Parágrafo Transitorio. Las personas naturales y jurídicas calificadas como grandes contribuyentes cuyo domicilio sea la ciudad de Bogotá D.
C., podrán presentar las solicitudes de devolución y/o compensación por saldos a favor de renta e IVA utilizando el servicio informático electrónico de devoluciones y compensaciones a partir del
1º de diciembre de 2012.
ARTÍCULO 8. Presentación de la Solicitud de Devolución y/o Compensación manualmente. Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y los
responsables de IVA no obligados a presentar la solicitud de devolución y/o compensación utilizando los Servicios Informáticos Electrónicos, deberán hacerlo ante la Dirección Seccional
competente, utilizando los modelos de los Formatos señalados en el artículo 4 de esta Resolución, que estarán publicados en el portal web de la DIAN, con excepción de los Formatos 1384, 1385,
1336, 1668, 1477, 1222, 1438, 1447, 1754 y 1763; con la obligación de allegar físicamente los requisitos correspondientes a dichos formatos expresamente señalados en el Decreto 2277 de
2012.
La documentación relacionada con la solicitud de devolución y/o compensación deberá entregarse foliada y en el siguiente orden:
1. Carátula
2. Solicitud
3. Requisitos generales
4. Requisitos especiales
ARTICULO 9.Vigencia. La presente Resolución rige a partir del 1 de diciembre de 2012, previa su publicación.
PUBLÍQUESE Y CUMPLASE
Dada en Bogotá D. C., a los 30 NOV 2012
Original firmado
JUAN RICARDO ORTEGA LÓPEZ
Director General
Proyectó: Enrique Javier Bravo
Subdirector de Gestión de Recaudo y Cobranzas
Revisó: Cecilia Rico Torres
Directora Gestión de Ingresos
Aprobó: Yolanda Granados Picón
Directora de Gestión Jurídica (A)
Joaquin Rodriguez (martes, 04 diciembre 2012 16:52)
ARTICULO 3 de la Res. 151 del 30 nov/12 establece: Presentación de la Solicitud de Devolución y/o Compensación utilizando el servicio informático electrónico.
De conformidad con lo establecido en el artículo 22 del Decreto 2277 de 2012, el trámite virtual inicia con el diligenciamiento de la solicitud de devolución y/o compensación en el formato prescrito
para el efecto. Los demás requisitos deberán entregarse en ¨FORMA VIRTUAL¨ dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes contados a partir de la fecha de diligenciamiento de dicha solicitud. De lo
contrario el trámite iniciado virtualmente se cerrará automáticamente y el solicitante deberá iniciar uno nuevo.
El Dcto 2277 de nov/12 establece:
Cambios que aplican al momento de presentar cualquiera de las dos solicitudes (por saldos a favor en renta o en IVA)
Debemos empezar por destacar que el art. 22 del nuevo decreto 2277 establece que la DIAN empezará a trabajar en una nueva resolución con la cual se establecerán las condiciones para que la radicación
de la solicitud de devolución o compensación de un saldo a favor se pueda hacer de forma virtual a través de los servicios informáticos electrónicos. Si se hace de esa forma, en ese caso los
documentos soportes que siempre deben acompañar a dichas solicitudes se llevarían dentro de los 5 días hábiles siguientes hasta las ¨SEDES FISICAS¨ de la DIAN.
Quiero hacer énfasis en que en la Resolución 151 se habla en forma virtual, en el Dcto 2277 se habla de sedes físicas. Favor revisar.
marta castrillon (lunes, 17 diciembre 2012 05:14)
cuales son los numeros de los formularios a entregar en la solicitud de devolucion de iva
Hèctor Cleves (lunes, 28 enero 2013 20:39)
Aqui los encuentras:
http://www.dian.gov.co/dian/20dian-virtual.nsf/pages/Devoluciones_y/o_compensaciones?OpenDocument
william (viernes, 13 diciembre 2013 08:01)
formato en excel
EED (martes, 25 febrero 2014 12:45)
cuando se puede empezar a tramitar la devolución de iva para personas juridicas en forma virtul?
Ruben Dario Lopera (miércoles, 23 julio 2014 06:27)
Formato en exel 1222, 1438 1754 y1763
Mauricio Coronado (viernes, 21 septiembre 2018 11:19)
Buenos días tengo una duda con el diligenciamiento del formato 1478, el nit del tercero del exterior debe ser 444.444.441? o el que nit que tiene implícito el formulario de movimiento de mercancía y la cantidad también debo llenarla con la consignada en el formulario de movimiento de mercancía o con la de la factura?
luzmery (jueves, 04 octubre 2018 08:59)
pdf 1220
Inocencio Ramirez (viernes, 12 octubre 2018 07:02)
Buenos dias. Quien me regala copia en excel de los formularios 010 y 1220??? gracias-
Favor enviar al correo arnino90@hotmail.com
GLORIA OSORIO OSORIO (jueves, 08 noviembre 2018 09:10)
ME REGALA EN EXCEL EL FORMATO 1220 Y 010 g1osorio@hotmail.com
Sabino Calderón G. (lunes, 19 noviembre 2018 12:52)
Buenas tardes. Me pueden regalar en excel los formularios 010 y 1220.
al correo sabinocontador@hotmail.com.
Gracias y Bendiciones.
MILTON HOMERO VARGAS RAMOS (lunes, 28 enero 2019 06:34)
MIL GRACIAS ME HA SIDO MUY UTIL
JESUS TELLEZ (martes, 20 agosto 2019 15:43)
TENGO UN SOLICITUD DE IVA AÑO 2018 ME LA DEVOLVIERON POR NO DILIGENCIAR EL FORMATO 1440 HE BUSCADO UN PREVALIDADOR PARA ESTE FORMATO NO LOENCUENTRO, POR FAVOR ME INDICA COMO CONSEGUIRLO
GRACIAS
Rodrigo Alarcon (jueves, 10 octubre 2019 10:19)
ME REGALA EN EXCEL EL FORMATO 1220 rodrigoac20@yahoo.com
JUAN RUA (jueves, 07 noviembre 2019 10:43)
Por favor, necesito tramitar los formatos 010 y 1220 de la DIAN.
ILDEFONSO (jueves, 12 diciembre 2019 05:03)
Por favor me pueden regalar el formato 1220 de la Dian en excel
ildefonso (jueves, 12 diciembre 2019 05:06)
Por favor me regalan el formato 1220 de la dian en excel ivalenciamolina@gmail.com
Gracias
Alberto sanchez (lunes, 30 marzo 2020 19:55)
75033944
Aide del carmen tordesilla (martes, 31 marzo 2020)
hola tengo una inquietud no soy beneficiaria de ningún programa del estado y no e podido saber como acceder al beneficio de la devolución del iva soy nueva en esta regi on y vivo en una vereda tel 3128642156 por favor quiero saber que tengo que hacer
Manuel (martes, 31 marzo 2020 07:36)
Aide, busque el decreto 419 del 18 de marzo de 2020..
Claudia palmett (martes, 31 marzo 2020 10:10)
55250291
Robinson cutiva (martes, 31 marzo 2020 13:23)
Buen día como hago para saber si soy ad acreedor de la devolucion del iva graciss
William bernal (martes, 31 marzo 2020 16:02)
Quisiera saber si soy beneficiario
Ines castellanos de bernal (martes, 31 marzo 2020 16:04)
Sera q soy beneficiaria
Ramiro Rivera Rubio (martes, 31 marzo 2020 19:03)
Quiero saber si soy beneficiario
Jeferson sanchez almanza (martes, 31 marzo 2020 19:10)
Reciclador
Luz maria charris zambrano (martes, 31 marzo 2020 19:32)
Quiero saber si yo aparezco en la lista de la devolución del Iva
Alexandra Judith castro jimenez (martes, 31 marzo 2020 20:11)
55224205
Javier gamarra (miércoles, 01 abril 2020 10:17)
19706557
Hector lucumi lucumi (miércoles, 01 abril 2020 10:34)
76225425
Lacides lucumi lucumi (miércoles, 01 abril 2020 12:16)
76225353
María del pioar (viernes, 03 abril 2020 08:08)
Consultar iva
Hector lucumi lucumi (miércoles, 08 abril 2020 21:59)
76225425
Maria del rosario ramirez (jueves, 09 abril 2020 06:23)
Me gustaria saver si estoy en l devolucion del iva
fernanda Prado (martes, 14 abril 2020 17:26)
Buenas tardes,como saber si aplico ala devolución de declaración de rentas como persona natural. ?'
Noel Espinoza Correa (jueves, 16 abril 2020 17:15)
Por favor quien tenga el formato 1220 en excel me colabora : nesco861@hotmail.com
Viviana Marcela correa (domingo, 26 abril 2020 01:54)
Yo no tengo ya comida para mis hijo y yo soy madre cabeza de familia
Escribir comentario
Francisco tinoco #72155804 (miércoles, 01 abril 2020 10:55)
Como se que soy beneficiario de las devoluciones saldo de iva?
Erik (miércoles, 01 abril 2020 10:56)
Francisco, consulte con su numero de cédula.. arriba en el botón
Diego felipe torres (miércoles, 01 abril 2020 11:11)
Kiero saber si salí en él iva
52917143 (miércoles, 01 abril 2020 11:24)
Como hacer parte de este beneficio
Soy de estrato 1
Diego felipe torres (miércoles, 01 abril 2020 11:24)
Mas beneficios para las personas que necesitan
Sandra Milena Álvarez fontecha (miércoles, 01 abril 2020 11:28)
Devolución del IVA
Bertulfo Aguirre Londoño (miércoles, 01 abril 2020 13:00)
Devolucion
Arelis babilonia romero (miércoles, 01 abril 2020 13:22)
1051444256
Nury Nathaly Chica Torres (miércoles, 01 abril 2020 16:12)
1024510872
Johnfabiopinedaquintero (miércoles, 01 abril 2020 16:44)
Devolución del iva
María pieda Bonilla Blanco (miércoles, 01 abril 2020 20:11)
Soy desplazada y residente en sierra Nevada de Santa Marta, Departamento del Magdalena, Cédula 36668085
ginajandid sierra (jueves, 02 abril 2020 00:58)
52829429
Lucila Robayo (jueves, 02 abril 2020 01:05)
20499390
Yuly Tatiana Paniagua 1117502140 tele3102772193 (jueves, 02 abril 2020 13:56)
Quiero saber si sali del iva
Lucero Restrepo (jueves, 02 abril 2020 19:19)
Soy de estrato 2 y eh pagado en mis compras el iva
Carlos Arturo Granado (jueves, 02 abril 2020 19:23)
Soy discapacitado y quiero saber si salí del iva
Francia helena Caicedo (jueves, 02 abril 2020)
25424361
José Morelo (viernes, 03 abril 2020 00:07)
Cómo optengo el beneficio
Angela maria quiroz (viernes, 03 abril 2020 10:23)
Ninguna
Jhoancamilo piedrahita lozano (viernes, 03 abril 2020 12:26)
Para saber si soy beneficiario
Ingrid gamboa (viernes, 03 abril 2020 14:22)
Quiero acceder al beneficio
Nidia andrea parrado moreno (viernes, 03 abril 2020 15:22)
Soy desplazada como obtengo el beneficio
MARIA DEL PILAR MONCADA NARANJO (sábado, 04 abril 2020 18:02)
buenas tardes llego al celular 3218823368 el siguiente mensaje buenas noticias usted es beneficiario de la devolución del IVA del gobierno nacional para recibirlo descargar la aplicación oficial para la continuación del corona virus. que tan real es esto porque al mirar la plataforma no salen como beneficiarios.
Leiniker peña (domingo, 05 abril 2020 10:50)
Soy desplazado como ago para saber sobre lo del IVA cc . 1193550085
Hector lucumi lucumi (lunes, 06 abril 2020 11:53)
76225425
maria jose padilla romero (martes, 07 abril 2020 10:35)
1068660376
Karina Patricia López castro cc 1007458254 (miércoles, 08 abril 2020 09:49)
Buenas como hago para cobrar my beneficio del iva
victor zapata ramirez (miércoles, 08 abril 2020 20:16)
carrera 110#30-34
Hector lucumi lucumi (miércoles, 08 abril 2020 21:52)
76225425
Jorge Luis sevilla (jueves, 09 abril 2020 08:38)
1131108446
miriam estela mercado flores (jueves, 09 abril 2020 13:00)
64573161
sandra (jueves, 09 abril 2020 16:26)
quiero algun beneficio
Deiler Gonzalez (viernes, 10 abril 2020 12:10)
Soy trabajador independiente, de estrato 1 y no eh salido beneficiero en nada
Nolberto ossa (viernes, 10 abril 2020 16:42)
Debolusion
Jean Carlos Molina Tejeda 1081793791 soy trabajor independiente y no e recibido nada (domingo, 12 abril 2020 11:32)
1081793791
Luis Evelio Martínez Adarme (lunes, 13 abril 2020 16:22)
16612265
Gonzalo Sanchez Martinez (miércoles, 22 abril 2020 15:54)
Como debo proceder para la devolucion de saldo a favor DR de 2019 por valor de $1.366.000
Gonzalo Sanchez Martinez (miércoles, 22 abril 2020 15:57)
El saldo a favor es en la DR correspondiente al año 2019. Proceso para la devolucion
HECTOR CARDENAS (jueves, 23 abril 2020 14:05)
Donde encuentro los prevalidadores 1439,1440,1441 ya que en la pagina de la dian no se encuentran y son un requisito para la presentacion de este procedimiento?
EVER RODRIGUEZ MARTINEZ CC 92552938 (lunes, 27 abril 2020 08:22)
SOY DESEMPLEADO Y NO TENGO AYUDA DE NADA DEL ESTADO, Y NO APRESCO EN IVA NI INGRESO SOLIDARIO Y GENTE QUE TIENE PLATA APERASEN Y EMPLEADOS
luis (martes, 28 abril 2020 19:57)
Me pueden hacer el favor de indicarme qué versión del prevalidador debo usar para el formato 1439 si soy un productor de carne, es que el que aparece en la página de la Dian que dice 2013 y siguientes no me permite hacer este proceso, gracias.