DEVOLUCIÓN DE IVA A LOS MÁS VULNERABLES.


 

01-04-2020


DEVOLUCIÓN DE IVA A LOS MÁS VULNERABLES.

 

 

Como medida de apoyo económico para los hogares más pobres por causa del COVID-19, el Gobierno nacional adelantó el esquema de la devolución del IVA que consiste en que las familias de menores ingresos reciban recursos que aliviarán el impacto del IVA del consumo de productos y servicios. Consulte si es beneficiario.

Consultar si es beneficiario digitando el número de identificación:

Más información aquí

 

Fuente: DNP




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Comentarios: 41
  • #1

    Francisco tinoco #72155804 (miércoles, 01 abril 2020 10:55)

    Como se que soy beneficiario de las devoluciones saldo de iva?

  • #2

    Erik (miércoles, 01 abril 2020 10:56)

    Francisco, consulte con su numero de cédula.. arriba en el botón

  • #3

    Diego felipe torres (miércoles, 01 abril 2020 11:11)

    Kiero saber si salí en él iva

  • #4

    52917143 (miércoles, 01 abril 2020 11:24)

    Como hacer parte de este beneficio
    Soy de estrato 1

  • #5

    Diego felipe torres (miércoles, 01 abril 2020 11:24)

    Mas beneficios para las personas que necesitan

  • #6

    Sandra Milena Álvarez fontecha (miércoles, 01 abril 2020 11:28)

    Devolución del IVA

  • #7

    Bertulfo Aguirre Londoño (miércoles, 01 abril 2020 13:00)

    Devolucion

  • #8

    Arelis babilonia romero (miércoles, 01 abril 2020 13:22)

    1051444256

  • #9

    Nury Nathaly Chica Torres (miércoles, 01 abril 2020 16:12)

    1024510872

  • #10

    Johnfabiopinedaquintero (miércoles, 01 abril 2020 16:44)

    Devolución del iva

  • #11

    María pieda Bonilla Blanco (miércoles, 01 abril 2020 20:11)

    Soy desplazada y residente en sierra Nevada de Santa Marta, Departamento del Magdalena, Cédula 36668085

  • #12

    ginajandid sierra (jueves, 02 abril 2020 00:58)


    52829429

  • #13

    Lucila Robayo (jueves, 02 abril 2020 01:05)

    20499390

  • #14

    Yuly Tatiana Paniagua 1117502140 tele3102772193 (jueves, 02 abril 2020 13:56)

    Quiero saber si sali del iva

  • #15

    Lucero Restrepo (jueves, 02 abril 2020 19:19)

    Soy de estrato 2 y eh pagado en mis compras el iva

  • #16

    Carlos Arturo Granado (jueves, 02 abril 2020 19:23)

    Soy discapacitado y quiero saber si salí del iva

  • #17

    Francia helena Caicedo (jueves, 02 abril 2020)

    25424361

  • #18

    José Morelo (viernes, 03 abril 2020 00:07)

    Cómo optengo el beneficio

  • #19

    Angela maria quiroz (viernes, 03 abril 2020 10:23)

    Ninguna

  • #20

    Jhoancamilo piedrahita lozano (viernes, 03 abril 2020 12:26)

    Para saber si soy beneficiario

  • #21

    Ingrid gamboa (viernes, 03 abril 2020 14:22)

    Quiero acceder al beneficio

  • #22

    Nidia andrea parrado moreno (viernes, 03 abril 2020 15:22)

    Soy desplazada como obtengo el beneficio

  • #23

    MARIA DEL PILAR MONCADA NARANJO (sábado, 04 abril 2020 18:02)

    buenas tardes llego al celular 3218823368 el siguiente mensaje buenas noticias usted es beneficiario de la devolución del IVA del gobierno nacional para recibirlo descargar la aplicación oficial para la continuación del corona virus. que tan real es esto porque al mirar la plataforma no salen como beneficiarios.

  • #24

    Leiniker peña (domingo, 05 abril 2020 10:50)

    Soy desplazado como ago para saber sobre lo del IVA cc . 1193550085

  • #25

    Hector lucumi lucumi (lunes, 06 abril 2020 11:53)

    76225425

  • #26

    maria jose padilla romero (martes, 07 abril 2020 10:35)

    1068660376

  • #27

    Karina Patricia López castro cc 1007458254 (miércoles, 08 abril 2020 09:49)

    Buenas como hago para cobrar my beneficio del iva

  • #28

    victor zapata ramirez (miércoles, 08 abril 2020 20:16)

    carrera 110#30-34

  • #29

    Hector lucumi lucumi (miércoles, 08 abril 2020 21:52)

    76225425

  • #30

    Jorge Luis sevilla (jueves, 09 abril 2020 08:38)

    1131108446

  • #31

    miriam estela mercado flores (jueves, 09 abril 2020 13:00)

    64573161

  • #32

    sandra (jueves, 09 abril 2020 16:26)

    quiero algun beneficio

  • #33

    Deiler Gonzalez (viernes, 10 abril 2020 12:10)

    Soy trabajador independiente, de estrato 1 y no eh salido beneficiero en nada

  • #34

    Nolberto ossa (viernes, 10 abril 2020 16:42)

    Debolusion

  • #35

    Jean Carlos Molina Tejeda 1081793791 soy trabajor independiente y no e recibido nada (domingo, 12 abril 2020 11:32)

    1081793791

  • #36

    Luis Evelio Martínez Adarme (lunes, 13 abril 2020 16:22)

    16612265

  • #37

    Gonzalo Sanchez Martinez (miércoles, 22 abril 2020 15:54)

    Como debo proceder para la devolucion de saldo a favor DR de 2019 por valor de $1.366.000

  • #38

    Gonzalo Sanchez Martinez (miércoles, 22 abril 2020 15:57)

    El saldo a favor es en la DR correspondiente al año 2019. Proceso para la devolucion

  • #39

    HECTOR CARDENAS (jueves, 23 abril 2020 14:05)

    Donde encuentro los prevalidadores 1439,1440,1441 ya que en la pagina de la dian no se encuentran y son un requisito para la presentacion de este procedimiento?

  • #40

    EVER RODRIGUEZ MARTINEZ CC 92552938 (lunes, 27 abril 2020 08:22)

    SOY DESEMPLEADO Y NO TENGO AYUDA DE NADA DEL ESTADO, Y NO APRESCO EN IVA NI INGRESO SOLIDARIO Y GENTE QUE TIENE PLATA APERASEN Y EMPLEADOS

  • #41

    luis (martes, 28 abril 2020 19:57)

    Me pueden hacer el favor de indicarme qué versión del prevalidador debo usar para el formato 1439 si soy un productor de carne, es que el que aparece en la página de la Dian que dice 2013 y siguientes no me permite hacer este proceso, gracias.



NUEVO PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR SALDOS A FAVOR DIAN

3-12-2012

 

Gobierno Nacional publicó la Resolución 000151, Por medio de la cual se establece el procedimiento para la presentación de las solicitudes de devolución y/o compensación por saldos a favor generados en declaraciones de renta y ventas.

 

 

___________________________________________________________________

   

RESOLUCIÓN N° 000151  

30-11-2012

DIAN

Por la cual se establece el procedimiento para la presentación de las
solicitudes de devolución y/o compensación por saldos a favor
generados en declaraciones de renta y ventas

EL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

En uso de las facultades legales y en especial las dispuestas
en los Numerales 1, 7 y 12 del artículo 6 del Decreto 4048 de
2008 y el artículo 22 del Decreto 2277 de 2012, y


CONSIDERANDO



Que corresponde a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales la administración de los impuestos sobre la renta y complementarios, sobre las ventas, de timbre nacional y de los demás impuestos internos del orden nacional cuya competencia no esté asignada a otras entidades del Estado.


Que la administración de los impuestos comprende su recaudación, fiscalización, liquidación, discusión, cobro, devolución, sanción y todos los demás aspectos relacionados con el cumplimiento de las obligaciones tributarias.


Que el Decreto 2277 de 2012 reglamenta el procedimiento de las devoluciones y compensaciones de los saldos a favor de los impuestos administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.


Que el artículo el 2 del Decreto 2277 de 2012 establece que la solicitud de devolución y/o compensación debe presentarse acompañada de los documentos físicos o virtuales relacionados con cada uno de los requisitos.


Que el mismo Decreto en su artículo 22 señala, que la DIAN reglamentará los aspectos correspondientes a la presentación de las solicitudes de devolución y/o compensación, a través del servicio informático electrónico dispuesto para tal fin.


Que el servicio informático electrónico de devoluciones y/o compensaciones permitirá a los solicitantes y a la DIAN, disponer de mecanismos que faciliten las gestiones de presentación, radicación, estudio, decisión y control de la solicitud.


Que la implementación del Servicio Informático de Devoluciones y Compensaciones se realizará gradualmente, razón por la cual se hace necesario establecer la forma en que se presentarán manualmente las solicitudes de Devolución y/o compensación de quienes no estén obligados a utilizar este medio.

  

RESUELVE


ARTICULO 1. Ámbito de aplicación. El contenido de la presente Resolución aplica a las solicitudes de devolución y/o compensación de saldos a favor originados en las declaraciones de Renta y complementarios y del Impuesto sobre las Ventas.

La solicitud de devolución y/o compensación podrá presentarse utilizando el servicio informático electrónico de devoluciones y compensaciones o manualmente, según corresponda.

ARTICULO 2. Servicio Informático Electrónico. El Servicio Informático Electrónico de Devoluciones y Compensaciones permite gestionar la devolución y/o compensación de saldos a favor originados en el impuesto sobre la renta y el impuesto a las ventas.

ARTICULO 3. Presentación de la Solicitud de Devolución y/o Compensación utilizando el servicio informático electrónico. Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y los responsables de IVA, deberán presentar su solicitud de devolución y/o compensación y los requisitos generales y especiales, cuando procedan, utilizando el servicio informático electrónico de devoluciones y compensaciones, dispuesto en la página Web
www.dian.gov.co.

La solicitud de devolución y/o compensación, así como los requisitos generales y especiales señalados en el Decreto 2277 de 2012, deben presentarse utilizando el mecanismo de firma digital y haciendo uso de los Formatos indicados en el artículo 4 de la presente Resolución.

De conformidad con lo establecido en el artículo 22 del Decreto 2277 de 2012, el trámite virtual inicia con el diligenciamiento de la solicitud de devolución y/o compensación en el formato prescrito para el efecto. Los demás requisitos deberán entregarse en forma virtual dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes contados a partir de la fecha de diligenciamiento de dicha solicitud. De lo contrario el trámite iniciado virtualmente se cerrará automáticamente y el solicitante deberá iniciar uno nuevo.


Para las solicitudes de devolución y/o compensación presentadas con garantía, deberá allegarse el documento físico a la Dirección Seccional correspondiente dentro del término señalado en artículo 22 del Decreto 2277 de 2012.


La solicitud de devolución y/o compensación se entenderá radicada cuando se presente la misma junto con sus requisitos en los términos señalados en este artículo; para el efecto el Servicio Informático de Devoluciones y Compensaciones generará un número y fecha de radicación.

El solicitante de devolución y /o compensación podrá hacer seguimiento del estado de su trámite con el número de “asunto” correspondiente al radicado asignado por el Servicio Informático Electrónico.


Parágrafo. Los términos establecidos en los artículos 855 y 860 del Estatuto Tributario se contarán a partir del día hábil siguiente a la radicación de la solicitud.


ARTÍCULO 4. Documentos soporte para la solicitud de devolución y/o compensación. La solicitud de devolución y/o compensación, así como los requisitos generales y especiales de que trata el Decreto 2277 de 2012, deberán presentarse de manera virtual o física en los eventos establecidos por la Dirección de Impuestos y adunas Nacionales, utilizando los siguientes Formatos que hacen parte integral de esta Resolución:

CODIGO FORMATO

NOMBRE FORMATO

REQUISITOS
DECRETO 2277 DE 2012

010

Solicitud de Devolución y/o Compensación

Artículo 2

1391

Registro Información de Poder

Artículo 2 Literal b

Requisitos generales

1384

Información de Existencia y Representación Legal

Artículo 2 Literal a

1385

Información de la Garantía

Artículo 2 Literal c

1336

Registro Ingreso de Documento Físico allegado por el Contribuyente

Artículo 850 E.T.

1668

Información Constancia Titularidad Cuenta Bancaria

Artículo 20

Requisitos especiales de renta

1220

Relación de Retenciones en la Fuente a Título de Renta

Articulo 3

Requisitos especiales de IVA

1222

Ajuste a cero Impuesto sobre las Ventas por Pagar

Artículo 4 Literal a

1438

Ajuste Cero Impuesto sobre las Ventas Retenido

Artículo 4 Parágrafo 2

1439

Relación de Impuestos Descontables diferentes a Importaciones

Artículo 4 Literal b

1440

Relación de IVA Retenido

Artículo 4 Parágrafo 2

1441

Relación de IVA Descontable por Importaciones

Artículo 4 Literal c

1442

Relación DEX y Documentos de Exportación

Artículo 4 Literales d y e

1444

Información del Certificado al Proveedor - CP

Artículo 4 Literales f y g

CODIGO FORMATO

NOMBRE FORMATO

REQUISITOS
DECRETO 2277 DE 2012

1447

Servicios Prestados en el País para ser Exportados o Utilizados por Residentes en el Exterior

Artículo 4 Literal h

1670

Impuestos Descontables de Proveedores a Sociedades de Comercialización Internacional

Artículo 4 Literal i

1478

Exportaciones por Usuarios Industriales de Zonas Francas

Artículo 4 Parágrafo 3

1479

Ventas desde Territorio Nacional a Usuarios de Zona Franca

Artículo 4

1460

Productores de Bienes Exentos

Artículo 5

1754

Información del Certificado Sacrificio de Animales

Artículo 5

1763

Ubicación donde se Efectuó la Actividad

Artículo 5

1477

Información de Certificado del Ministerio de Cultura

Articulo 478 E.T.



ARTÍCULO 5. Forma de presentación de la solicitud y requisitos, utilizando el Servicio Informático de Devoluciones y Compensaciones. La solicitud de devolución y compensación (Formato 010) y los requisitos relacionados con los Formatos 1384, 1385, 1336, 1668, 1477, 1222, 1438, 1447, 1754 y 1763 se presentarán por el Servicio Informático de Diligenciamiento; los requisitos relacionados con los Formatos 1220, 1439, 1440, 1441, 1442, 1444, 1460, 1670, 1478 y 1479 se presentarán por el Servicio de presentación de información por envío de archivos. En todo caso a través del Servicio Informático Electrónico se informará al responsable o al contribuyente la recepción exitosa y sin errores, de los formatos correspondientes.

Las certificaciones que acompañan los Formatos 1384, 1391, 1668, 1477 y 1754 deberán ser escaneadas por el solicitante y subidas mediante el mecanismo dispuesto para el efecto en el Servicio Informático Electrónico.


Parágrafo. La información contenida en los siguientes Formatos deberá enviarse teniendo en cuenta las especificaciones técnicas contenidas en los Anexos 1 a 10, los cuales son parte integral de la presente Resolución:

CODIGO FORMATO

NOMBRE FORMATO

ANEXO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

1220

Relación Retención en la Fuente (Renta)

1

1439

Relación de impuestos descontables diferentes a importaciones

2

CODIGO FORMATO

NOMBRE FORMATO

ANEXO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

1440

Relación de IVA Retenido

3

1441

Relación IVA Descontable por Importaciones

4

1442

Relación DEX y Documentos de Exportación

5

1444

Información del Certificado al Proveedor - CP

6

1670

Impuestos Descontables de Proveedores a Sociedades de Comercialización Internacional

7

1460

Productores de bienes exentos

8

1478

Exportaciones por Usuarios Industriales de Zonas Francas

9

1479

Ventas desde Territorio Nacional a Usuarios de Zona Franca

10



ARTICULO 6. Contingencia. Cuando el último día del término legal establecido para presentar la solicitud de devolución y/o compensación, por inconvenientes técnicos no haya disponibilidad de los servicios informáticos electrónicos y, en consecuencia, el solicitante no pueda radicarla a través de este mecanismo, deberá presentarla ese mismo día acercándose a la Dirección Seccional competente para su radicación manual. En estos casos la Subdirección de Gestión de Tecnología y Telecomunicaciones o dependencia que haga sus veces, mediante comunicado debe establecer que la no disponibilidad de los servicios informáticos electrónicos, le impiden efectivamente realizar el trámite.


Parágrafo. Para efectos de lo dispuesto en la presente Resolución, el obligado a presentar virtualmente la solicitud de devolución y/o compensación, deberá prever con suficiente antelación el adecuado funcionamiento de los medios requeridos para asegurar el cumplimiento de sus obligaciones.


En ningún caso constituirán causales de justificación de la no radicación de la solicitud de devolución y/o compensación a través del servicio informático electrónico: Los daños en los sistemas, conexiones y/o equipos informáticos del solicitante, los daños en el mecanismo de firma con certificado digital, el olvido de las claves asociadas al mismo, por quienes deben presentar la solicitud de devolución y/o compensación virtualmente.


ARTÍCULO 7.Obligados a presentar la solicitud de devolución y/o compensación utilizando el Servicio Informático Electrónico de Devoluciones y Compensaciones. A partir del 1 de enero de 2013, las personas naturales y jurídicas, calificadas como grandes contribuyentes, están obligadas a presentar las solicitudes de devolución y/o compensación por saldos a favor de renta e IVA, utilizando el servicio informático electrónico de devoluciones y compensaciones.

Parágrafo Transitorio. Las personas naturales y jurídicas calificadas como grandes contribuyentes cuyo domicilio sea la ciudad de Bogotá D. C., podrán presentar las solicitudes de devolución y/o compensación por saldos a favor de renta e IVA utilizando el servicio informático electrónico de devoluciones y compensaciones a partir del 1º de diciembre de 2012.

ARTÍCULO 8. Presentación de la Solicitud de Devolución y/o Compensación manualmente. Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y los responsables de IVA no obligados a presentar la solicitud de devolución y/o compensación utilizando los Servicios Informáticos Electrónicos, deberán hacerlo ante la Dirección Seccional competente, utilizando los modelos de los Formatos señalados en el artículo 4 de esta Resolución, que estarán publicados en el portal web de la DIAN, con excepción de los Formatos 1384, 1385, 1336, 1668, 1477, 1222, 1438, 1447, 1754 y 1763; con la obligación de allegar físicamente los requisitos correspondientes a dichos formatos expresamente señalados en el Decreto 2277 de 2012.


La documentación relacionada con la solicitud de devolución y/o compensación deberá entregarse foliada y en el siguiente orden:



1. Carátula

2. Solicitud

3. Requisitos generales

4. Requisitos especiales



ARTICULO 9.Vigencia. La presente Resolución rige a partir del 1 de diciembre de 2012, previa su publicación.



PUBLÍQUESE Y CUMPLASE


Dada en Bogotá D. C., a los 30 NOV 2012

 

Original firmado
JUAN RICARDO ORTEGA LÓPEZ
Director General




Proyectó: Enrique Javier Bravo

Subdirector de Gestión de Recaudo y Cobranzas



Revisó: Cecilia Rico Torres

Directora Gestión de Ingresos


Aprobó: Yolanda Granados Picón


Directora de Gestión Jurídica (A)

Anexo 1: Relación Retención en la Fuente (Renta) Formato 1220 - Versión 7

Anexo 2: Relación de impuestos descontables diferentes a importaciones Formato 1439 - Versión 1

Anexo 3: Relación de IVA Retenido Formato 1440 - Versión 9

Anexo 4: Relación de IVA Descontable por Importaciones Formato 1441 - Versión 9

Anexo 5: Relación DEX y Documentos de Exportación Formato 1442 - Versión 9

Anexo 6: Información del Certificado al Proveedor - CP Formato 1444 - Versión 9

Anexo 7: Impuestos Descontables de Proveedores a Sociedades de Comercialización Internacional. Formato 1670 - Versión 1

Anexo 8: Productores de Bienes Exentos Formato 1460 - Versión 9

Anexo 9: Exportaciones por Usuarios Industriales de Zonas Francas Formato 1478 - Versión 9

Anexo 10: Ventas desde Territorio Nacional a Usuarios de Zonas Francas Formato 1479 - Versión 9

 

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Comentarios: 37
  • #1

    Joaquin Rodriguez (martes, 04 diciembre 2012 16:52)

    ARTICULO 3 de la Res. 151 del 30 nov/12 establece: Presentación de la Solicitud de Devolución y/o Compensación utilizando el servicio informático electrónico.
    De conformidad con lo establecido en el artículo 22 del Decreto 2277 de 2012, el trámite virtual inicia con el diligenciamiento de la solicitud de devolución y/o compensación en el formato prescrito para el efecto. Los demás requisitos deberán entregarse en ¨FORMA VIRTUAL¨ dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes contados a partir de la fecha de diligenciamiento de dicha solicitud. De lo contrario el trámite iniciado virtualmente se cerrará automáticamente y el solicitante deberá iniciar uno nuevo.
    El Dcto 2277 de nov/12 establece:
    Cambios que aplican al momento de presentar cualquiera de las dos solicitudes (por saldos a favor en renta o en IVA)
    Debemos empezar por destacar que el art. 22 del nuevo decreto 2277 establece que la DIAN empezará a trabajar en una nueva resolución con la cual se establecerán las condiciones para que la radicación de la solicitud de devolución o compensación de un saldo a favor se pueda hacer de forma virtual a través de los servicios informáticos electrónicos. Si se hace de esa forma, en ese caso los documentos soportes que siempre deben acompañar a dichas solicitudes se llevarían dentro de los 5 días hábiles siguientes hasta las ¨SEDES FISICAS¨ de la DIAN.
    Quiero hacer énfasis en que en la Resolución 151 se habla en forma virtual, en el Dcto 2277 se habla de sedes físicas. Favor revisar.

  • #2

    marta castrillon (lunes, 17 diciembre 2012 05:14)

    cuales son los numeros de los formularios a entregar en la solicitud de devolucion de iva

  • #3

    Hèctor Cleves (lunes, 28 enero 2013 20:39)

    Aqui los encuentras:
    http://www.dian.gov.co/dian/20dian-virtual.nsf/pages/Devoluciones_y/o_compensaciones?OpenDocument

  • #4

    william (viernes, 13 diciembre 2013 08:01)

    formato en excel

  • #5

    EED (martes, 25 febrero 2014 12:45)

    cuando se puede empezar a tramitar la devolución de iva para personas juridicas en forma virtul?

  • #6

    Ruben Dario Lopera (miércoles, 23 julio 2014 06:27)

    Formato en exel 1222, 1438 1754 y1763

  • #7

    Mauricio Coronado (viernes, 21 septiembre 2018 11:19)

    Buenos días tengo una duda con el diligenciamiento del formato 1478, el nit del tercero del exterior debe ser 444.444.441? o el que nit que tiene implícito el formulario de movimiento de mercancía y la cantidad también debo llenarla con la consignada en el formulario de movimiento de mercancía o con la de la factura?

  • #8

    luzmery (jueves, 04 octubre 2018 08:59)

    pdf 1220

  • #9

    Inocencio Ramirez (viernes, 12 octubre 2018 07:02)

    Buenos dias. Quien me regala copia en excel de los formularios 010 y 1220??? gracias-
    Favor enviar al correo arnino90@hotmail.com

  • #10

    GLORIA OSORIO OSORIO (jueves, 08 noviembre 2018 09:10)

    ME REGALA EN EXCEL EL FORMATO 1220 Y 010 g1osorio@hotmail.com

  • #11

    Sabino Calderón G. (lunes, 19 noviembre 2018 12:52)

    Buenas tardes. Me pueden regalar en excel los formularios 010 y 1220.
    al correo sabinocontador@hotmail.com.
    Gracias y Bendiciones.

  • #12

    MILTON HOMERO VARGAS RAMOS (lunes, 28 enero 2019 06:34)

    MIL GRACIAS ME HA SIDO MUY UTIL

  • #13

    JESUS TELLEZ (martes, 20 agosto 2019 15:43)

    TENGO UN SOLICITUD DE IVA AÑO 2018 ME LA DEVOLVIERON POR NO DILIGENCIAR EL FORMATO 1440 HE BUSCADO UN PREVALIDADOR PARA ESTE FORMATO NO LOENCUENTRO, POR FAVOR ME INDICA COMO CONSEGUIRLO

    GRACIAS

  • #14

    Rodrigo Alarcon (jueves, 10 octubre 2019 10:19)

    ME REGALA EN EXCEL EL FORMATO 1220 rodrigoac20@yahoo.com

  • #15

    JUAN RUA (jueves, 07 noviembre 2019 10:43)

    Por favor, necesito tramitar los formatos 010 y 1220 de la DIAN.

  • #16

    ILDEFONSO (jueves, 12 diciembre 2019 05:03)

    Por favor me pueden regalar el formato 1220 de la Dian en excel

  • #17

    ildefonso (jueves, 12 diciembre 2019 05:06)

    Por favor me regalan el formato 1220 de la dian en excel ivalenciamolina@gmail.com
    Gracias

  • #18

    Alberto sanchez (lunes, 30 marzo 2020 19:55)

    75033944

  • #19

    Aide del carmen tordesilla (martes, 31 marzo 2020)

    hola tengo una inquietud no soy beneficiaria de ningún programa del estado y no e podido saber como acceder al beneficio de la devolución del iva soy nueva en esta regi on y vivo en una vereda tel 3128642156 por favor quiero saber que tengo que hacer

  • #20

    Manuel (martes, 31 marzo 2020 07:36)

    Aide, busque el decreto 419 del 18 de marzo de 2020..

  • #21

    Claudia palmett (martes, 31 marzo 2020 10:10)

    55250291

  • #22

    Robinson cutiva (martes, 31 marzo 2020 13:23)

    Buen día como hago para saber si soy ad acreedor de la devolucion del iva graciss

  • #23

    William bernal (martes, 31 marzo 2020 16:02)

    Quisiera saber si soy beneficiario

  • #24

    Ines castellanos de bernal (martes, 31 marzo 2020 16:04)

    Sera q soy beneficiaria

  • #25

    Ramiro Rivera Rubio (martes, 31 marzo 2020 19:03)

    Quiero saber si soy beneficiario

  • #26

    Jeferson sanchez almanza (martes, 31 marzo 2020 19:10)

    Reciclador

  • #27

    Luz maria charris zambrano (martes, 31 marzo 2020 19:32)

    Quiero saber si yo aparezco en la lista de la devolución del Iva

  • #28

    Alexandra Judith castro jimenez (martes, 31 marzo 2020 20:11)

    55224205

  • #29

    Javier gamarra (miércoles, 01 abril 2020 10:17)

    19706557

  • #30

    Hector lucumi lucumi (miércoles, 01 abril 2020 10:34)

    76225425

  • #31

    Lacides lucumi lucumi (miércoles, 01 abril 2020 12:16)

    76225353

  • #32

    María del pioar (viernes, 03 abril 2020 08:08)

    Consultar iva

  • #33

    Hector lucumi lucumi (miércoles, 08 abril 2020 21:59)

    76225425

  • #34

    Maria del rosario ramirez (jueves, 09 abril 2020 06:23)

    Me gustaria saver si estoy en l devolucion del iva

  • #35

    fernanda Prado (martes, 14 abril 2020 17:26)

    Buenas tardes,como saber si aplico ala devolución de declaración de rentas como persona natural. ?'

  • #36

    Noel Espinoza Correa (jueves, 16 abril 2020 17:15)

    Por favor quien tenga el formato 1220 en excel me colabora : nesco861@hotmail.com

  • #37

    Viviana Marcela correa (domingo, 26 abril 2020 01:54)

    Yo no tengo ya comida para mis hijo y yo soy madre cabeza de familia