Diferencias en el estado de cuenta con la DIAN


 

04-01-2022


ESTADO DE CUENTA CON LA DIAN

 

El Defensor del contribuyente de la DIAN, doctor Daniel Acevedo, ha indicado en su informe #95, que el estado de cuenta de la DIAN de algunos contribuyentes que se acogieron a los beneficios de reducción de sanciones intereses del artículo 45 de la pasada reforma tributaria Ley de Inversión Social presentan saldos que obedecen a aquella diferencia entre el valor bruto y el valor reducido de sanciones e intereses y que la DIAN adelanta acciones para normalizar esta situación en los próximos días.

 

El llamado que se realiza es a que cada contribuyente revise su estado de cuenta, y si su diferencia o saldo corresponde a la diferencia por la aplicación del art. 45 de la Ley 2155, no realice ninguna acción dado que la DIAN en los próximos días estará ajustando dichas cifras.

 

La Defensoría solicita que si dicha diferencia o saldo en el estado de cuenta obedece a lo anterior, se abstenga de envían PQRS o solicitudes a la DIAN, dado que afectaría el desarrollo de dicha labor al tener que los funcionarios dedicar el tiempo para responder dichas solicitudes.

 

Claro, por otro lado entendemos a los contribuyentes afanados por estas diferencias, dado que todos sabemos que tener saldos de IVA y Retenciones en la fuente, entre otros,  puede acarrear embargos o procesos jurídicos no deseados, y que al presentarse esas diferencias se generan dudas si los cálculos de reducción de sanciones e intereses quedaron bien aplicados en su momento.

 

Todo lo anterior se hubiese evitado si en los recibos de pago de dichas sanciones e intereses reducidos, se hubiese creado una casilla de verificación en donde el contribuyente hubiese marcado que se acogía a dicha reducción, para evitar así que la DIAN tuviese que realizar depuraciones posteriores de los estados de cuentas de los contribuyentes.

 

 

Wiliam Dussán Salazar

Editor de impuestos de www.consultorcontable.com

@williamduss



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Comentarios: 4
  • #1

    LVG (martes, 08 febrero 2022 08:24)

    Muy buen escrito

  • #2

    Luis Ramirez (martes, 08 febrero 2022 09:10)

    Por fin conocimos una nota del Defensor del Contribuyente, conocemos parte de sus responsabilidades, pero no se obtienen respuestas a las peticiones que hacemos, los pobres contribuyentes, de ciertas situaciones que toma la Dian como ente autoritario.

  • #3

    Denise Angel (martes, 08 febrero 2022 11:02)

    Muy buen artículo, gracias

  • #4

    claudia lozano (viernes, 11 febrero 2022 13:52)

    Mil gracias,