EL HABER DE LA SOCIEDAD CONYUGAL 


 

25-05-2021


EL HABER DE LA SOCIEDAD CONYUGAL 

 

Es común que se presente confusión sobre los elementos que componen el haber de la sociedad conyugal y los bienes que no se incluyen, ya que sólo hacen parte del patrimonio de cada cónyuge.

 

Para esclarecer el tema a continuación se señala de qué se compone el haber de la sociedad conyugal:

 

    1.    Los salarios y cualquier ingreso que se reciba del empleo o del desarrollo de oficios durante el matrimonio.

 

     2.    Los frutos, pensiones, réditos e intereses que se reciban durante el matrimonio y que provengan de los bienes sociales o de los bienes de cada cónyuge.

 

     3.    El dinero que adquiere cada cónyuge durante el matrimonio y el que aporta.  

 

     4.    Los bienes muebles que se aportan al matrimonio y que se adquieren durante él.

 

     5.    Todos los bienes muebles o inmuebles que se adquieren durante el matrimonio a título oneroso.

 

     6.    Las minas y los tesoros.  

 

Cualquier tipo de bien puede ser excluido del haber social, mediante las capitulaciones.

 

No se incluyen en el haber de la sociedad conyugal:

 

     1.     Los bienes adquiridos por:

 

     a.    Donación.

 

     b.    Herencia o

 

     c.    Legado.

 

Los bienes que se adquieran por cualquiera de estos medios pasan a aumentar el patrimonio particular de cada cónyuge y no se incluyen en el haber de la sociedad conyugal, así hubiesen sido adquiridos dentro del matrimonio.

    

     2.    Los inmuebles que son subrogados de otros inmuebles propios de los cónyuges.

 

     3.    Los bienes que se compran con el dinero que se dispuso para ello en las capitulaciones, toda vez que allí se acuerda cuáles bienes ingresan al haber de la sociedad conyugal y cuáles no.

 

 

    4.    Las edificaciones, plantaciones y todos los aumentos materiales de los bienes propios de cada cónyuge.  


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Yanneth Cristina Castro Albañil

Editora laboral de www.consultorcontable.com

yanneth.castro@hotmail.com



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Comentarios: 1
  • #1

    JAVIER GALAN (viernes, 11 junio 2021 12:13)

    Gracias Doctor Dussan. sus publicaciones contables nos ayudan a ampliar y fortalecer conocimientos académicos. Gran labor altruista. Bendiciones.