DECRETO 2129 DE OCTUBRE 24 DE 2014 QUE PERMITE UTILIZAR A ENTIDADES CLASIFICADAS COMO GRUPO 2 LAS NIIF APLICABLES AL GRUPO 1


 

26-10-2014


DECRETO 2129 DE OCTUBRE 24 DE 2014 QUE PERMITE UTILIZAR A ENTIDADES CLASIFICADAS COMO GRUPO 2 LAS NIIF APLICABLES AL GRUPO 1

  

El Ministerio de Comercio Industria y Turismo ha publicado EL Decreto 2129 de octubre 24 de 2014, por medio del cual modifica el plazo para que las entidades que pertenezcan al grupo dos (aplican NIIF para PYMES) puedan aplicar el marco técnico normativo correspondiente al grupo uno (NIIF plenas), pero cumpliendo el cronograma establecido para el grupo dos, y el plazo para informar a la Superintendencia correspondiente seria de hasta diciembre 31 de 2014.

 

Lo anterior puede resultar muy adecuado por las siguientes razones:

 

·         Las NIIF para PYMES no permiten la capitalización de costos de préstamos para los activos considerados como aptos, y esto puede perjudicar la información financiera presentada por parte de las entidades dedicadas a la construcción y posterior venta de apartamentos y oficinas "sobre planos".

 

·         Muchas entidades pertenecientes al grupo dos, por su complejidad contable y tamaño financiero, se encuentran bastante interesadas en tener un modelo contable basado en NIIF plenas, pero debido al plazo tan corto inicialmente estipulado en el decreto 3022 de 2013, no pudieron realizar el análisis a tiempo para tomar una decisión oportuna y aunque quisieron utilizar el modelo de las NIIF cuando lo decidieron ya se encontraron en mora de enviar dicha decisión.

 

·         Cada vez más la diferencia entre las NIIF PYMES y las NIIF se basan en la fecha en la cual IASB ha elaborado la normativa (2009) y no en diferencias conceptuales, tanto es así, que de la NIIF 9 a la NIIF 15 IASB ha cambiado su postura frente a algunas decisiones que había tomado en normas que hoy persisten en las PYMES, y muchas entidades estarían interesadas en aplicarlas con el objetivo de tener estados financieros más comparables y útiles.    

 

Por las razones anteriores me parece interesante que esta propuesta normativa salga adelante.

 

Sin embargo es bastante recomendable que una entidad perteneciente al grupo dos aplique las NIIF para PYMES en lugar de las NIIF plenas, pero si una empresa ha realizado un estudio de los impactos que tendría aplicar NIIF plenas y estas dispuesta a asumir ese reto, entonces el decreto lo permite si es informado antes de diciembre 31 de 2014.


Descarga
Decreto 2129 de 2014 para uso de las NIIF para entidades del grupo dos
Decreto 2129 para uso de las NIIF para entidades del grupo dos antes de diciembre 31 de 2014
Dec 2129 de 2014 Plazo PYMES pasarse G1.
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Leonardo Varon García

Editor NIiF de www.consultorcontable.com

@LeonardoVaronG1


Comentarios: 5
  • #5

    LVG (domingo, 02 noviembre 2014 08:30)

    Las empresas que tiene problemas para continuar funcionando (negocio en marcha) y que no cumplen con el criterio de negocio en marcha, no deben aplicar las NIIF, sin embrago hay un proyecto de normativa para este tipo de entidades, el cual aun no ha sido emitido.

  • #4

    carmenchaves (viernes, 31 octubre 2014 09:54)

    si una empresa tiene varios años presentando perdidas y posiblemente el año 2015 se liquide por la elevadas perdidas , y tiene unicamente 2 empleados; ESTA EMPRESA ESTA OBLIGADA A PRESENTAR LOS INFORMES DE LOS ESTADOS FINANCIEROS BAJO LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACION FINANCIERA (NIIF).

  • #3

    JAIME L PINZON CALDERON (miércoles, 29 octubre 2014 05:53)

    Buenos Leonardo Varon Garcia. En el Oficio 55829 de septiembre 23 de 2014, la DIAN ratifica el Oficio 19738 de marzo de 2014, indicando que sí existe una derogatoria tácita para la cifra de las 4.073 UVT mencionadas aún dentro de los Decretos 099 de enero de 2013 y 1070 de mayo de 2013. Como queda la RETENCION PARA EMPLEADOS ? AHORA SI HAY QUE HACERLE Y QUE TABLA SE USA: ART 383 o 384 ? MUCHAS GRACIAS

  • #2

    LVG (martes, 28 octubre 2014 06:25)

    Saludos haz la encuesta en este link

    http://www.consultorcontable.com/encuesta-aplicacion-niif/

  • #1

    Sandra Edith (domingo, 26 octubre 2014 19:21)

    Tengo una empresa con 15 empleados. E ingresos de 1200 millones al año, a que grupo pertenezco y si tengo que informar a la supersociedades