INICIA  COBRO DE NUEVO  IMPUESTO EN COLOMBIA

 

 


 

 

04-07-2017


INICIA COBRO DE NUEVO IMPUESTO EN COLOMBIA

 

Entró a regir desde  el 1 de julio de 2017 el nuevo impuesto nacional al consumo  a la entrega a cualquier título de bolsas plásticas cuya finalidad sea cargar o llevar productos enajenados por los establecimientos comerciales que las entreguen. Art. 207  Ley 1819 de 2017.

 

La tarifa de este impuesto será progresiva durante los próximos 4 años así:

 

Año    Tarifa en pesos por bolsa

2017               $20

2018               $30

2019               $40

2020               $50

 

El sujeto pasivo del impuesto es la persona que opte por recibir bolsas plásticas cuya finalidad sea cargar o llevar los productos adquiridos en establecimientos.

 

Son responsables (encargados de cobrar)  este impuesto las personas naturales o jurídicas que pertenezcan al régimen común de IVA.

 

Este impuesto no podrá tratarse como costo, deducción o impuesto descontable.

 

El impuesto se causará al momento de la entrega de la bolsa. En todos los casos, en la factura de compra o documento equivalente deberá constar expresamente el número de bolsas y el valor del impuesto causado.

 

Por otro lado, la tarifa de las bolsas plásticas que ofrezcan soluciones ambientales será del 0%, 25%, 50% o 75% del valor pleno de la tarifa, según el nivel (de 1 a 4) de impacto al medio ambiente y la salud pública al cual pertenezca.

 

Esta medida de gravar con este impuesto obedece a la política de desestimular el uso de este elemento que produce un daño al ambiente.

 

Recordemos que desde hace meses algunos almacenes de cadena están restringiendo la entrega de bolsas plásticas y motivan a sus compradores a llevar bolsas de otro tipo de materiales.

 

A partir de julio de 2017, veremos en nuestras facturas de compra, un ítem denominado impuesto al consumo sobre las bolsas plásticas, siempre que el almacén o supermercado no asuma el tributo como parte de su servicio; pero consideramos que este cobro no disminuirá mucho el consumo de tan necesario elemento y si ayudará a las finanzas del Gobierno, dado que como dice aquel viejo refrán, “de grano en grano se llena la gallina el buche”.

 

Este tema lleva implícito un mensaje de concientización que si hace falta en nuestra sociedad.

 

Se recomienda instruir a los auxiliares contables en que este impuesto no será deducible, por lo que en la imputación contable deberá separarse.

 

Esperamos que la DIAN no sea tan creativa de pedir este impuesto pagado de forma separada en la información exógena en futuras resoluciones.

 

Ahora bien, ¿qué pasa con un restaurante que en sus domicilios incluye una bolsa plástica y que no pertenece al régimen común del impuesto a las ventas dado que el servicio de restaurante está gravado con el impuesto al consumo?

Nuestra respuesta es: en este caso no debe cobrar impuesto al consumo dado que no pertenece al régimen común del impuesto a las ventas. Caso contrario, un restaurante que por alguna razón pertenezca al régimen común del IVA, este si deberá cobrar el nuevo impuesto al consumo de las bolsas plásticas en sus domicilios o en las ventas para llevar

 

El artículo 208 de la ley 1819 de 2017 establece las bolsas plásticas que no causan el impuesto, entre las cuales destacamos las usadas para el empaque de los productos pre-empacados, como por ejemplo el arroz, frijol, pastas, etc.

Pero nos preguntamos, ¿aquellas bolsas trasparentes que usamos previamente para empacar las verduras y las frutas antes de llegar a las cajas registradoras también estarán gravadas con este impuesto? Nuestra respuesta es “si”, ya que aunque en el momento de realizar el pago estas se empacan dentro de una bolsa más grande, estas de todas maneras son usadas para transportar los productos y no vienen con productos pre-empacados.

 

Habrá que ver cómo se desarrolla el cobro de este impuesto en estos primeros días del mes de julio.


 

Wiliam Dussán Salazar

Editor de impuestos de www.consultorcontable.com

@williamduss


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Comentarios: 21
  • #1

    eucaris (martes, 04 julio 2017 11:46)

    porque ayer en el mercado me dijeron que unas valen veinte pesos y otras 50 pesos?

  • #2

    jaime (martes, 04 julio 2017 11:50)

    Eucaris, una cosa es que estén cobrando las bolsas, pero el impuesto para este año 2017 es de solo $20

    Puede ser que vendan bolsas ecologicas por ese valor de $50.

    tienes que averiguar la proxima.

  • #3

    SOLMAR (martes, 04 julio 2017 13:37)

    Buenas tardes.
    Tengo la siguiente inquietud, ademas de cobrar el INC, al consumidor, también se debe cobrar el valor de la bolsa y su respectivo iva, o el valor de la bolsa se sigue llevado como un gasto para la empresa y no se le cobra al cliente?

    Gracias.

  • #4

    Angela (martes, 04 julio 2017 17:34)

    SOLMAR eso es decisión del establecimiento de comercio si la bolsa es un valor agregado.

    La norma establece un impuesto que el establecimiento debe reflejar en la factura y pagarlo a la DIAN, no se habla de que se debe cobrar el valor de la bolsa..

  • #5

    SOLMAR (martes, 04 julio 2017 18:49)

    Muchas gracias señora Angela

  • #6

    LVG (miércoles, 05 julio 2017 06:00)

    Saludos, el IVA no se cobra, los supermercados siempre han regalado la bolsa, pero nunca han pagado el IVA, el artículo entregado se entiende como accesorio a la venta, esta vez tan solo se cobra una penalización 8impuesto al consumo) para quien solicite su bolsa, para desestimular su consumo.
    El único cobro es el impuesto al consumo, pero no el IVA.

  • #7

    MAYERLY (miércoles, 05 julio 2017 12:45)

    Buenos dias:

    Pero como hace un establecimiento para devolver las vueltas de una bolsa? si por decir la compra total fue de $ 35.520 y el cliente paga $ 35.550 y requiere las vueltas. Es un tema complicado porque el cliente lo exige.

    Que debemos hacer ?

  • #8

    Lina María (miércoles, 05 julio 2017 12:57)

    Mayerly eso pasa actualmente dado que los precios no son cifras cerradas. Normalmente los supermercados redondean las cifras a unos les quitan a otros les rebajan. La.wue reclama se le devuelve exacto. Es un tema de manejo

  • #9

    JUAN CARLOS FORERO RIOS (jueves, 13 julio 2017 20:22)

    DON WILLIAM BUENAS NOCHES RESPECTO AL IMPUESTO AL CONSUMO DE LAS BOLSAS LAS GRANDES CADENAS COBRAN EL INC DE $ 20 X CADA BOLSA QUE UNO LLEVE. PERO NO ESTAN COBRANDO LA BOLSA
    HAY QUE COBRAR LA BOLSA Y EL IVA O NO ?
    GRACIAS
    JUAN CARLOS FORERO RIOS - MANIZALES

  • #10

    WilliamDS (jueves, 13 julio 2017 20:25)

    Juan Carlos, las bolsas plasticas tradicionales las cadenas de supermercados nunca las han cobrado, es decir las entregan como un obsequio o parte del servicio.

    Dado lo anterior no creo que con el impuesto al consumo cambie el tema. es decir, los supermercados seguiran regalando la bolsa solo que recaudan $20 de impuesto al consumo que luego lo trasladarán a la DIAN en la declaración respectiva.

  • #11

    jesus vega (martes, 08 agosto 2017)

    Como se contabiliza ese impuesto a las bolsas en ventas? Lo que se pagamos por bolsas cuando compramos se descuenta?

  • #12

    YVARELA (miércoles, 24 enero 2018 12:18)

    Como se contabiliza ese impuesto a las bolsas en ventas? esos 20 pesos cando se pagan a que cuenta va?

  • #13

    Sara Valencia (lunes, 09 julio 2018 10:57)

    Buenas tardes quería saber si me pueden ayudar respecto al tema del impuesto al consumo de las bolsas plásticas ya que me surge una duda respecto a la cuenta donde se debe contabilizar. A la fecha yo lo estoy llevando a la cuenta 24080518 esta bien ?

  • #14

    Yurii (miércoles, 29 agosto 2018 23:25)

    Buenas noche
    Como debo contabilizar este gasto del impuesto de la bolsa

  • #15

    robert (viernes, 28 septiembre 2018 11:48)

    me gusta algunas fraces de este articulo.. en particular....
    "pero consideramos que este cobro no disminuirá mucho el consumo de tan necesario elemento y si ayudará a las finanzas del Gobierno, dado que como dice aquel viejo refrán, “de grano en grano se llena la gallina el buche”.
    MAS PLATA PARA LOS POLÍTICOS CORRUPTOS

  • #16

    CLAUDIA CAR (viernes, 01 febrero 2019 14:40)

    POR QUE CUENTAS DEL PUC EL COMPRADOR DEBE CONTABILIZAR LAS BOLSAS AL CONSUMO LAS QUE LE FACTURAN

  • #17

    sandra m (lunes, 02 septiembre 2019 14:24)

    según lo establecido para el 2019 el costo de la bolsa es de 40 pesos, pero un super mercado las cobra a 100 pesos es legal lo que esta haciendo? y si no es legal que puedo hacer?

  • #18

    WilliamDS (lunes, 02 septiembre 2019)

    El impuesto del INC es de $40 para el año 2019.. la bolsa como tal la pueden cobrar en el valor que quiera el supermercado, hay otros que solo recaudan el valor del impuesto y ya.

  • #19

    Angely (sábado, 01 octubre 2022 14:14)

    QUÉ TRATAMIENTO CONTABLE SE LE DA?

  • #20

    Robinsoncp15 (jueves, 11 mayo 2023 17:07)

    Sería bueno que actualizaran el histórico de este consumo a las bolsas.

  • #21

    YENCY (lunes, 12 febrero 2024 10:38)

    Yo la lleve a la 519540 envases y empaques considero que esta bien