A INSCRIBIRSE O ACTUALIZAR EL RUT


 

05-03-2014


A INSCRIBIRSE O ACTUALIZAR EL RUT

 

Por el gran volumen de nuevas personas naturales que deberán declarar Renta por el año gravable 2013, dado los nuevos requisitos para esta obligación, la DIAN ha establecido un calendario basado en los dos últimos dígitos de su cédula para  realizar la inscripción o actualización del RUT, calendario que empieza adivinen cuando.. HOY


INSCRIBA O ACTUALICE SU RUT DE ACUERDO A LOS ÚLTIMOS DÍGITOS DE SU CÉDULA

 

Este calendario será para la inscripción o actualización de este registro

 

Bogotá D.C., marzo 04 de 2014. Con ánimo facilitar el cumplimiento de la obligación de presentación y pago de la Declaración del Impuesto de Renta para Personas Naturales del año gravable 2013 y hacer más rápida la atención en los Puntos de Contacto, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, iniciará mañana 05 de marzo una jornada para que los ciudadanos realicen el trámite de inscripción o actualización del Registro Único Tributario – RUT, de acuerdo con los dos últimos dígitos de su documento de identificación o NIT

 

 

Fuente: DIAN

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COMUNICADO DE PRENSA
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Wiliam Dussán Salazar

Editor de impuestos de www.consultorcontable.com

@williamduss


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Comentarios: 9
  • #1

    Ana maria (miércoles, 05 marzo 2014 06:44)

    Pero no entiendo, el rut es indefinido, se debe actualizar, que hagooooo...

  • #2

    jairo. velez (miércoles, 05 marzo 2014 06:48)

    Ana Maria, los que ya lo tengan, se actualiza si ha cambiado de actividad o algún otro dato.. de resto NO.

  • #3

    jose (miércoles, 05 marzo 2014 06:49)

    Si, además yo creo que ponen actualización como forma de ordenar que vayan las personas gradualmente en esas fechas para no colapsar las sedes de la DIAN.

  • #4

    Ana maria (miércoles, 05 marzo 2014 07:31)

    Gracias, soy contadora nueva y ps me falta un poco de experiencia en esos tema, gracias

  • #5

    ANGELA MARIA (miércoles, 05 marzo 2014 08:41)

    buenos días, por favor me orientan cuan debe ser la actividad económica y las responsabilidades que debe matricular en el RUT, de una persona natural residente en el exterior y debe declarar en Colombia por tener un bien inmueble que supera el tope de patrimonio. es lo único que posee en Colombia.
    mil gracias

  • #6

    Ruth C. (miércoles, 05 marzo 2014 09:50)

    Gracias por la información

  • #7

    YASMIRA (miércoles, 05 marzo 2014 12:32)

    GRACIAS POR EL DATO.

  • #8

    Miguel Ruano (miércoles, 05 marzo 2014 13:25)

    Muy interesant su informacion. Gracias

  • #9

    jorge e restrepo b (sábado, 08 marzo 2014 10:58)

    y la dian si sabe quien debe declarar porque no lo hace de oficio
    gracias