24-07-2026
Apartes del libro Novedades doctrinales y jurisprudenciales en materia tributaria 2026
Por: Por: María Jesús Ramos
Nueva Legislación
I. Introducción:
La potestad sancionatoria del estado colombiano en materia tributaria se rige por los principios de favorabilidad, proporcionalidad y razonabilidad, asegurando el cumplimento fiscal de las obligaciones impositivas de los contribuyentes, en este sentido el legislador incorporó al marco normativo, bien llamado Estatuto Tributario un instrumento legal de reducción de sanciones fiscales como mecanismo orientado a incentivar la corrección voluntaria y beneficiar a los no reincidentes en una determinada conducta.
Durante el año 2025 la administración tributaria (DIAN) profirió el concepto 100208192 – 1030 del 9 de julio, mediante el cual precisó la connotación del articulo 640 del estatuto tributario en sus literales a) y b) de los numerales 1 y 2, resolviendo una inquietud recurrente en la práctica: si las condiciones allí previstas para acceder a la reducción de sanciones deben cumplirse de manera autónoma o si, por el contrario, deben concurrir de forma simultánea.
II. Análisis del Concepto DIAN 100208192 – 1030:
En este sentido ha expresado la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) en el concepto 100208192 – 1030 de 2025, de manera explícita que dichas condiciones son necesariamente concurrentes, es decir, deben cumplirse de manera simultánea las condiciones previstas en los literales a) y b) de los numerales 1 y 2 del articulo 640 del Estatuto Tributario para que proceda la liquidación de la sanción reducida.
La entidad fundamenta su interpretación en un criterio gramatical, dado que la norma utiliza la conjunción “y”, lo cual excluye cualquier lectura alternativa o disyuntiva. En segundo lugar, señala que cada condición responde a un supuesto distinto, pero complementario: mientras la primera evalúa la reincidencia de la conducta del contribuyente, la segunda se relaciona con el grado de intervención de la Administración Tributaria.
Con el Oficio 006414 de 2017 la DIAN aclara su postura, y hoy sostiene de forma consistente en el Concepto 100208192 – 1030 de 2025 que la sanción reducida se liquida directamente reducida en el recibo de pago, mal llamado formulario 490, siempre que se cumplan los requisitos del articulo administrativo. En todo caso, mientras no exista un pronunciamiento jurídico que modifique este entendimiento, la doctrina administrativa de 2025 se erige como un referente obligatorio para la actuación de contribuyentes y asesores en materia sancionatoria.
Bibliografía:
• Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN. Concepto 100208192 – 1030 del 9 de julio de 2025.
• Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN. Oficio 5981 del 17 de marzo de 2017.
• Estatuto Tributario Colombiano, articulo 640.
• Estatuto Tributario Colombiano, articulo 850.
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