RESOLUCIÓN 016 DE MARZO 22 DE 2018 MODIFICA  EXÓGENA 2017.

 

 


 

24-03-2018


SE MODIFICA REPORTE EXOGENA 2017

 

Se publica Resolución que modifica resolución 068 de 2016

se destaca que fueron modificados los plazos para presentar esta información entre otros.

 

 

Destacamos:

 

1. Modificaciones en los plazos para presentar la información 

 

 

2. Modifican el literal a)  del art. 4 de la resolución 68 de 2016 "Obligados que deben reportar anualmente"

 

El literal a) hace referencia a las personas naturales que adicionalmente al requisito de ingresos del año 2015 superior a $500.000.000 deben en el año gravable 2017 superar $100.000.000 de ingresos obtenidos por rentas de capital y renta no laborales. es decir si no supera estos dos requisitos no estarían obligadas a reportar.

 

Este literal se aleja del proyecto que se había presentado a inicios de marzo en el que la obligación solo se iba a predicar de las personas naturales obligadas a llevar contabilidad.

 

3. Se modifican los conceptos a reportar en el formato 1011 respecto a:

 

Los ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional.

Las rentas exentas

Costos y deducciones (Datos globales)

Exclusiones de impuesto sobre las ventas

Tarifas especiales impuestos sobre las ventas

Exenciones impuestos sobre las ventas

 

4. Se modifican los conceptos a reportar en el formato 1004 Descuentos tributarios.

 

5. Se modifican los conceptos a reportar en el formato 2275 Ingresos no constitutivos de renta  ni ganancia ocasional

 

Por otro lado extrañamente no modifican el formato 2276 "Información de ingresos y retenciones por rentas de trabajo y de pensiones por el año gravable 2017" dado que en el proyecto de resolución si habían contemplado ajustar este formato con los cambios introducidos en la reforma tributaria ley 1819 de 2016 y en el formato 220 certificado de ingresos y retenciones, certificado que es la fuente para diligenciar esta información.

 

Ahora entonces nacen dificultades para diligenciar este formato. 

 


NUEVOS PLAZOS

 

Grandes contribuyentes

ÚLTIMO DÍGITO FECHA
0 24 de abril del 2018
9 25 de abril del 2018
8 26 de abril del 2018
7 27 de abril del 2018
6 30 de abril del 2018
5 2 de mayo del 2018
4 3 de mayo del 2018
3 4 de mayo del 2018
2 7 de mayo del 2018
1 8 de mayo del 2018

 

Personas jurídicas y naturales

ÚLTIMO DÍGITO FECHA
96 a 00  9 de mayo de 2018
91 a 95  10 de mayo de 2018
86 a 90  11 de mayo de 2018
81 a 85 15 de mayo de 2018
76 a 80 16 de mayo de 2018
71 a 75 17 de mayo de 2018
66 a 70 18 de mayo de 2018
61 a 65 21 de mayo de 2018
56 a 60 22 de mayo de 2018
51 a 55 23 de mayo de 2018
46 a 50 24 de mayo de 2018
41 a 45 25 de mayo de 2018
36 a 40 28 de mayo de 2018
31 a 35 29 de mayo de 2018
26 a 30 30 de mayo de 2018
21 a 25 31 de mayo de 2018
16 a 20 1 de junio de 2018
11 a 15 5 de junio de 2018
06 a 10 6 de junio de 2018
01 a 05 7 de junio de 2018

Descarga
Resolución 016 de marzo 22 de 2018
Resolucion 16 del 22 marzo exogena.pdf
Documento Adobe Acrobat 1.3 MB

 

Wiliam Dussán Salazar

Editor de impuestos de www.consultorcontable.com

@williamduss


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Comentarios: 32
  • #1

    Carlos Cantillo (lunes, 05 marzo 2018 13:28)

    Gracias por mantenernos informado. estoy atento del aplicativo Business 110 Tax

  • #2

    Natalia Ballen (lunes, 05 marzo 2018 15:10)

    Gracias por su valiosa información

  • #3

    roberto figueroa (lunes, 05 marzo 2018 16:02)

    muchas gracias por la informacion

  • #4

    Roberto Junguito (martes, 06 marzo 2018 09:54)

    Como podemos solicitar que no vacilen con cambios extemporaneos, que respeten la vida de los contadores, no tenemos que estar 7/24 para cumplir a la DIAN.¡¡¡

    Y los plazos los mismos?

    gracias

  • #5

    Juan Manuel Sanchez (miércoles, 07 marzo 2018 08:28)

    Gracias por la informacion.
    Como hacemos para pedir cambio en los plazos

  • #6

    carlos diaz (jueves, 22 marzo 2018 11:05)

    el 1001 también se ve afectado, ya que por las cesantías como ingreso del trabajador debo reportarlo a el.
    aun mi proveedor de nomina no ha arreglado este cambio a ultima hora y tampoco ha salido la resolución definitiva de la DIAN. 22 de marzo.!!!!! Significa que no vamos a poder celebrar la Semana Santa como debe ser en época de reflexión con DIOS, sino en angustia para cumplir a los recaudadores

  • #7

    juan daniel mena (viernes, 23 marzo 2018 07:05)

    Un aplauso para este portal, excelente información que publica, además actualizada, muy bien.

  • #8

    Edwar Barón (sábado, 24 marzo 2018 08:35)

    Gracias por su labor de mantenernos actualizados

  • #9

    Javier Iguaran (sábado, 24 marzo 2018 09:16)

    Gracias por esta gran noticia...

  • #10

    Rocio diaz (sábado, 24 marzo 2018 10:15)

    mil gracias por la información como siempre bien informados

  • #11

    Juan Carlos Obando (sábado, 24 marzo 2018 12:34)

    En el proyecto de resolución se incluía la modificación al formato 2276, para que sea congruente con el nuevo formato 220 Certificado de ingresos y retenciones y la rentas cedulares que trajo la Ley 1819, pero revisando la resolución 016 no aparece por ninguna parte, el prevalidador en el diseño del formato consagra los campos de la resolución 068 donde aparece la derogada categoría de empleados; conclusión el formato 2276 está con las normas del antiguo 329 del ET...saldrá otra resolución para modificar la estructura del formato 2276.....no lo sabemos. Que caos...

  • #12

    Flor cardenas (sábado, 24 marzo 2018 12:51)

    Buenos días

    gracias la ifmormación valiosa que medio exogenos que bueno por este portal

  • #13

    sandra (sábado, 24 marzo 2018 14:01)

    Muchas gracias, que buen portal

  • #14

    Erika Mendoza (sábado, 24 marzo 2018 14:06)

    Gracias por mantenernos siempre informados abrazos

  • #15

    ilba restrepo (sábado, 24 marzo 2018 21:53)

    muchas gracias por su informacion de vital importancia

  • #16

    LADY MONROY (sábado, 24 marzo 2018 22:50)

    Gracias por la información y tenernos al día con este tipo de cambios..

  • #17

    martha (domingo, 25 marzo 2018 17:26)

    gracias información a tiempo como siempre

  • #18

    PASTORA (domingo, 25 marzo 2018 21:27)

    Gracias por la información tan valiosa

  • #19

    Jose Maria (domingo, 25 marzo 2018)

    Mil y gracias, siempre a tiempo de los cambios esperemos no tengamos otra reforma.

  • #20

    Martha Hernández (lunes, 26 marzo 2018 07:25)

    Gracias muy oportunos sus aportes y comunicaciones, bendiciones mil.

  • #21

    Santiago Rojas (martes, 27 marzo 2018 17:10)

    Que dirá nuestro querido y prestigioso Director de la DIAN, hasta hoy publican la resolución 16 del 22 de marzo de 2018 en la pagina de la entidad que la emitió.

    Por favor con seriedad tratemos a los que trabajan para el recaudo de impuestos Nacionales!!!!

  • #22

    Ruby Oviedo Moncayo (miércoles, 28 marzo 2018 00:05)

    Que se puede decir a los funcionarios de la dian: mas consideración con los preparadores de esta información; todos los años es el mismo cuento a ultima hora salen las modificaciones y no se tiene el tiempo para hacer las adaptaciones necesarias. ESTO ES DE LOCOS Y UN CUENTO DE NUNCA ACABAR...
    GRACIAS AL PORTAL POR MANTENERNOS INFORMADOS.

  • #23

    Armando Moscoso (miércoles, 28 marzo 2018 08:29)

    Y no dudemos de las sanciones por cualquier error de mal interpretación de las confusas y repentinas resoluciones. Alguien que nos de firmeza y seguridad tributaria!!!!

  • #24

    jose cataño (miércoles, 28 marzo 2018 10:19)

    gracias por toda informacion

  • #25

    JUAN CARLOS FORERO RIOS (miércoles, 28 marzo 2018 20:40)

    DON WILLIAM LOS FORMATOS DE EXOGENA 2017 EN EXCEL SE MODIFICAN ?
    MIL GRACIAS

  • #26

    julio pedreros (sábado, 31 marzo 2018 10:39)

    Gracias por la oportuna información,uds. son de gran ayuda para el gremio.

  • #27

    JAVIER GALEANO (lunes, 02 abril 2018 12:31)

    el prevalidador del formato 1732 no aplica para diligenciar información tributaria 2017 y luego generar el formulario 110 ? agradezco me puedan informar.
    Gracias

  • #28

    DANIEL GAMBOA (lunes, 02 abril 2018 14:08)

    Buenas tardes segun la resolucion 16 de marzo 22 en el articulo 1 numeral a. un comerciante que en el año 2015 no supera los topes de 500.000.0 pero en el año 2017 supera el tope de los 100.000.00000 estaria obligado a reportar todos los formatos???

  • #29

    hellen dahyana (martes, 03 abril 2018 21:44)

    si señor , hasta el régimen simplificado entro en la vaca loca de los medios ,, :S

  • #30

    ANTONIO (lunes, 09 abril 2018 14:59)

    Algunos CONCEPTOS nuevos establecidos en la Resolución 16 del 22 Marzo 2018 para el Formato 1011 no son aplicables en el Prevalidador que actualmente se puede descargar de la DIAN, un ejemplo son los conceptos: 8279 y 8283, es decir la DIAN sigue improvisando a última hora y no facilita los medios para cumplir con las obligaciones que nos impone. Tocará esperar que solucionen esa situación como siempre a última hora.

  • #31

    Arnulfo Torres (miércoles, 11 abril 2018 16:14)

    Dentro del prevalidador DIAN, el formato 1004 version 7 no acepta los conceptos creados por Resolucion 16 del 22 de marzo. Es decir.... que nos fregamos... con que validamos

    Sigamos aguantando callados

  • #32

    Antonio Diaz (viernes, 20 abril 2018 09:22)

    Siendo 20 de abril, aun la DIAN no nos definio como reportar el 2276 ya que con la inseguridad tributaria que brinda nos deja entre reporte antiguo a la antigua, es decir como se hacia hasta el 2016.
    O el reporte antiguo (el mismo formato) a la nueva que es incluyendo las cesantias consignadas a Fondos como pagadas al trabajador.
    Quien podrá ayudarnos!!!