29-09-2023
Reglones 33, 34 y 35 de la declaración de renta de personas jurídicas, formulario 110
En esta oportunidad, vamos a hablar de los renglones informativos de la declaración de renta de personas jurídicas o formulario 110. Se trata de los renglones 33, 34 y 35 que tradicionalmente hemos conocido como datos informativos de la nómina y la seguridad social.
Muchos dirán que la información que se plasma en estos renglones está claramente definidos en la normatividad, pero hoy queremos dejar algunas reflexiones especialmente del renglón 34, que se refiere a los Aportes al sistema de la seguridad social.
Tenemos que decir, que no existe normatividad que indique claramente lo que se debe plasmar en estos renglones, y solo nos guiamos con el instructivo del formulario
110, instructivo que todos los años publica la DIAN. (Doctrina auxiliar)
Miremos entonces que dice el instructivo de estos tres renglones informativos del formulario 110:
33. Total costos y gastos de nómina: incluya en esta casilla el valor total de los salarios,
prestaciones sociales y demás pagos laborales causados en el año gravable
o en la fracción del período a declarar, independiente de ser costo o gasto.
34. Aportes al sistema de seguridad social: incluya en esta casilla el valor total de
los aportes pagados al Sistema de Seguridad Social durante el año gravable o en
la fracción del período a declarar, correspondientes a aportes por salud, a fondos
de pensiones de jubilación e invalidez y por riesgos laborales.
35. Aportes al SENA, ICBF, cajas de compensación: registre el valor de los aportes
parafiscales pagados durante el año gravable o en la fracción del período a declarar,
los cuales deben corresponder al valor solicitado como costo y/o deducción, de
conformidad con el artículo 114 del Estatuto Tributario (en adelante del E.T.) que
exige el pago para su procedencia o aceptación.
Al revisar la redacción de cada uno de los tres renglones, surge una inquietud respecto al renglón de Aportes a la Seguridad Social 34, renglón en donde se reportan los aportes por salud, pensión y riesgos laborales, ¿se debe informar el total pagado por la sociedad (incluyendo aportes del empleador y del trabajador)? ó solo lo pagado que corresponda al aporte del empleador?. Lo decimos porque la redacción del instructivo del renglón 33 es claro en indicar que son los causados, y para el renglón 35 en indicar que el valor debe corresponder al valor solicitado como costo y/o deducción. Pero no se dice nada del renglón 34, solo se dice que el total pagado, lo que deja libertad a doble interpretación.
Tradicionalmente, lo que se informa en el renglón 34 corresponde al valor causado y que se haya pagado antes de presentan la declaración, pero que corresponde a la porción que le corresponde al empleador, es decir, lo causado que se haya pagado, que viene siendo lo que se puede llevar como deducción o costo para la sociedad.
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Yisell (viernes, 29 septiembre 2023 12:01)
Muy interesante, no lo había visto de esa manera, pero tienen toda la razón, el renglón 34 se da para doble interpretación. yo siempre he puesto lo causado y pagado dentro del año, o antes de presentar la renta, es decir la deducción que me tomo en el año
Ana (viernes, 29 septiembre 2023 12:02)
Yo declaro en ese renglon informativo del formulario 110, lo pagado y que es lo que corresponde al empleador.
Lo del trabajador en teoría no es relevante.
Hernan (martes, 05 diciembre 2023 19:10)
Que buen análisis de los renglones informativos del formulario 110, la verdad no lo había visto desde ese punto de vista. los renglones 34 y 35 siempre los he reportado como lo deducible de la empresa.
Libadiel de Jesús Quiroz Hidal (martes, 23 abril 2024 12:13)
Obvio que es lo pagado por el empleador, lo del trabajador es del trabajador
luna (viernes, 03 mayo 2024 10:51)
En el renglon 33 va todo el PUC de la 5105xxx independiente si hay capacitaciones. dotaciones el gasto de pension salud todo ?
lina (viernes, 03 mayo 2024 10:57)
Luna, los gastos de aportes a salud, pension riesgos y parafiscales van en el 34 y 35