RETENCIÓN EN LOS TIEMPOS DEL COVID


 

14-04-2020


 

RETENCIÓN EN LOS TIEMPOS DEL COVID

 

Por estos días, en plena cuarentena y restricción de movilidad de las personas debido a la declaratoria de emergencia por el COVID-19, ha iniciado el vencimiento de la declaración de retención en la fuente correspondiente al mes de marzo, declaraciones que se deben presentar entre el 14 y el 27 de abril, pero que muchos contribuyentes van a tener dificultades para poder cumplir con esta obligación.

 

Y es que recordemos que desde el 24 de marzo a la media noche se decretó la cuarentena nacional, pero ciudades como Bogotá y muchos otros municipios empezaron restricciones desde el 19 de marzo como una media preventiva y de simulacro.

 

Pues bien, pretender que las empresas, personas jurídicas y naturales presenten esta declaración de retención en la fuente de marzo sin tener en cuenta que las operaciones realizadas en un mes se deben procesar en un programa contable y que ese proceso lleva tiempo no siendo en línea, que en este momento para poder cumplir la gran mayoría de empresas están cerradas y no hay acceso a la información, que las que tienen acceso a la información puede estar incompleta y sin revisión,  que los revisores fiscales firman esas declaraciones dando fe pública, que para presentar las declaraciones se requiere en muchos casos que se haga físicamente desde la empresas,  que para realizar los pagos por temas de seguridad y procedimientos internos se requiere toda una logística y que en muchas empresas se requiere desplazamientos a bancos; y así muchas otras situaciones que se pueden presentar y que dificultan cumplir.

 

En fin, son muchas las razones por las que este plazo debería haberse corrido en los mismos días que dure la cuarentena, es decir, todo lo que vence desde el 24 de marzo hasta donde se levante la cuarentena o restricciones se debió correr mínimo en ese mismo número de días; algo diferente carece de toda lógica. Claro, por otro lado es entendible que el Gobierno necesite caja o dinero para cubrir todas las obligaciones que implican esta declaratoria de emergencia, pero lo que no es aceptable es que este tema no se haya flexibilizado un poco y que induzcan a las empresas  a realizar acciones desesperadas para poder cumplir. No es lógico entonces que una de las excepciones de movilidad sea la de ir a las empresas a poder montar los impuesto, ¿o se debe hacer en forma escondida asumiendo el riesgo de un comparendo? 

 

Miremos entonces las alternativas que se nos ocurren para poder cumplir con esta obligación en medio de esta situación.

 

1.    Presentar y pagar la declaración de retención en la fuente en los vencimientos entre el 14 y 27 de abril. Sólo lo podrán hacer las empresas que de una u otro manera pudieron seguir trabajando luego de la declaratoria de cuarentena, que tienen la información al día y que pueden logísticamente presentar la declaración y pagarla.

 

2.    Presentar y pagar la declaración de retención en la fuente en los vencimientos entre el 14 y 27 de abril pero con datos incompletos: Que es la gran mayoría de contribuyentes, y eso si tienen como sacar la información para poder presentar la declaración.

 

3. No presentar la declaración: Exponiéndose a una sanción por extemporaneidad cuando la pueda presentar.

 

4.    No presentar la declaración y las retenciones de marzo sumarlas en la declaración a presentar del mes de abril: Implica un alto riesgo, pero que en algunas circunstancias por la restricción de movilidad no les queda otra alternativa.

 

5.  Presentar la declaración basada en un promedio mensual: Para empresas que tienen un promedio mes a mes muy estable. (Esta opción implica igual un riesgo y los revisores fiscales posiblemente firmarán con salvedades) 

 

Importante que las empresas que puedan pagar lo hagan, que no se escuden y pesquen en rio revuelto.

 

En fin, solo la primer alternativa es ideal, las demás tienen aspectos de riesgo, incertidumbre, pone en riesgo en muchos casos la seguridad de las personas si requieren realizar desplazamientos.

 

Tener presente que las declaraciones de retención en la fuente se pueden presentar con pago parcial y su pago total se pude realizar dentro de los dos meses siguientes, pero deben pagar intereses de mora. 

 

Finalmente volver a invitarlos a participar en la campaña iniciada en twitter el día de ayer con el hashtag   #ContadoresUnidosYa  para poder hacer público nuestros problemas como profesión.  Ingrese y deje su mensaje compartiendo este  numeral #ContadoresUnidosYa  Debemos ser unidos, el calendario de vencimientos es largo y si no apoyamos hoy, nadie los apoyarán después.

 

Wiliam Dussán Salazar

Editor de impuestos de www.consultorcontable.com

@williamduss



Ver intervención del Director de la DIAN desde la hora y 51 minutos de grabación, explica por que no aplazan calendario de retención fuente. Ver video directamente en youtube


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Comentarios: 8
  • #1

    Sandra Patricia Ochoa (martes, 14 abril 2020 14:14)

    Realmente lo que comenta el dr William Dussan es un cruda realidad y la Dian no ha pensado en correr los vencimientos de Retefuente, como si no viera la situacion de las empresas y mas de nosotros los Contadores que no podemos salir a asesorar empresas cerradas por obvias circunstacias, es momento de unirnos y dar nuestra voz para que seamos escuchados.

  • #2

    Susana Velandia (martes, 14 abril 2020 14:19)

    Difícil situación, por un lado saber que el gobierno necesita ingresos, pero no puede pasar por encima de todos, ilógico. ni en tiempo de cuarentena los contadores podemos estar tranquilos.. cuantas sanciones abrán?

  • #3

    Fernando Quintero (martes, 14 abril 2020 19:23)

    Estimadas Colegas Sandra y Susana no podemos esperar que la DIAN nos colabore pensar que el ente fiscalizador no va a efectuar sanciones no creo que sea posible ya que la Dian uno de sus mas apetecidos renglones son las sanciones. Para los Contadores es pesada la situación pero para los Revisores Fiscales es peor ya que ellos tienen que dar fe de lo que se esta declarando y sin revisar como se va a hacer, la pregunta seria que los directivos de la empresa asumiera las sanciones en caso de que exista, la ética ante todo

  • #4

    Elkin (martes, 14 abril 2020 21:43)

    Desde el dia de hoy empezaron a llegar correos por parte de la DIAN, explicando que aunque el pais esté atravesando una dificil situacion, han verificado los registro de la entidad y tienen conocimiento que el año gravable anterior declaró un saldo a pagar, por lo cual espera el pago del 50% como primera cuota y de no hacerlo esto conlleva a la liquidacion y pago del valor de la sancion por extemporaniedad

  • #5

    SANDRA (miércoles, 15 abril 2020 18:21)

    Envie varios mensajes via twitter al director de la Dian, @DianColombia, al Presidente Duque , a la Alcalde Claudia Lopez,pidiendo aplazamiento de este impuesto debido a la cuarentena y la imposibilidad de salir de nuestras casas y asi evitar un comparendo, pero realmente no tuve respuesta de ninguno. Como siempre terminaremos siendo los responsables de la sancion

  • #6

    Hector Hernando lopez L (miércoles, 22 abril 2020 09:52)

    Similar situación se presentará el próximo mes de mayo, donde no solo opera vencimiento de retención en la fuente si no también de IVA (bimestral y cuatrimestral), con facturación no cancelada por el receptor, ahondando aún más la dificultad financiera de las empresas que tendrán que "financiar" el IVA facturado para pagar a la DIAN, sin aplazamiento alguno hasta ahora. Que por favor nos ayuden!

  • #7

    carlos diaz (jueves, 30 abril 2020 10:57)

    Hola a todos. DIos les guarde. Y respecto al tema ... que pasa entonces con las medidas del Gobierno son verdad o mera mentira en medios, no hay solidaridad real, las ayudas llegan mermadas y los recursos se pierden.. vamos a tener que salir a protestar con vehemencia Señor Presidente? Las facturas que se ajustan en arrendamientos por ejemplo que hacer con el IVA y la Retefuente. Mejor que los contadores salgan a contagiarse y a morir? Luego quien les hara el favor de procesar todo lo que piden. La exogena tambien es una preocupacion alta y los plazos no son logicos teniendo la circunstancia.

  • #8

    Francisco Javier Escobar E (viernes, 15 mayo 2020 11:22)

    En todo caso la situación, es preocupante y muy grave que a la fecha, no se hayan dado instrucciones precisas; cuando todos los días, sacan protocolos verdaderamente enloquecedores y arbitrarios.