ACTUALIZACIÓN O MODIFICACIONES AL RUT

 


 

15-01-2013


ACTUALIZACIÓN O MODIFICACIONES AL RUT

 

Por estos días, son muchos los contribuyentes que están actualizando el RUT, ya sea por los cambios en los códigos de actividades económicas, o porque de acuerdo a las normas están obligados a firmar digitalmente sus declaraciones tributarias, lo cierto del caso es que hemos hecho este compendio de los requisitos y recomendaciones que se deben observar a la hora de realizar este trámite ante las oficinas de la DIAN.

 

Primero que todo recordemos que los contribuyentes que ya cuentan con el mecanismo de firma digital, pueden actualizar gran parte de la información del RUT sin desplazarse a las oficinas de la DIAN, evitando grandes filas y pérdida de tiempo, claro está si cuentan con suerte y no tienen inconvenientes tecnológicos con el Muisca. Se debe tener presente que no podrá realizar actualización de datos de identificación y/o ubicación, eliminar o incluir responsabilidades que deban ser prescritas por resolución, tampoco podrá eliminar ni incluir calidades aduaneras, ni eliminar o incluir representantes aduaneros.

 

También recordemos que la DIAN mediante resolución 154 de 14 dic 2012, amplió los plazos para las actualizaciones de las nuevas actividades económicas establecidas por el DANE hasta la fecha de vencimiento de presentación de la declaración de renta del año gravable 2012, es decir, las personas jurídicas tendrá plazo hasta inicios de abril, y las personas naturales hasta inicios de agosto de acuerdo al vencimiento de cada NIT, por lo que si su trámite es sólo ese, revise si la DIAN ya la actualizó de oficio, o espere un poco a que se descongestione un poco las oficinas de la DIAN.

 

Ahora bien, si debemos actualizar el RUT en las oficinas de la DIAN debemos alistar los siguientes documentos de acuerdo a los siguientes grupos:

 

 

  1.  Personas jurídicas y asimiladas, y naturales responsables del Impuesto sobre las Ventas del Régimen Común, importadores y/o exportadores, salvo importadores ocasionales e inversionistas extranjeros sin domicilio en el país.

 

a)     Constancia de titularidad de cuenta corriente o de ahorros activa con fecha de expedición no mayor a un (1) mes en una entidad vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia o último extracto de la misma.


Para Consorcios y Uniones Temporales, la titularidad de la cuenta corriente o de ahorros podrá corresponder a alguno de sus miembros.

 

b)    Original y Fotocopia de un recibo de servicio público domiciliario (agua, luz, teléfono, gas y los demás cuya prestación se encuentre sujeta a vigilancia por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios)


ó Boletín de Nomenclatura Catastral, informado como dirección, correspondiente al año de la inscripción ó última declaración o recibo del impuesto predial pagado

La dirección presente en este recibo de servicios públicos debe ser la que aparezca en el RUT, o la que debe ser actualizada en el trámite.

 

c)     Original y fotocopia documento de identificación del interesado del Representante

legal o contribuyente persona natural del Régimen común.

 

En el caso que se actúe a nombre de un tercero se debe llevar original y fotocopia del poder especial o general debidamente otorgado.

 

El poder especial deberá estar autenticado ante notario, y consiste en un escrito firmado por el representante legal en el caso de personas jurídicas, o por el contribuyente cuando el apoderado sea una persona natural donde se indique a quien se autoriza para el trámite y se especifique que aspecto y  con que información se van modificar del RUT

 

El poder general en cambio, deberá estar otorgado mediante escritura pública, y consiste en un poder que se confiere a un tercero para que lo represente de manera general al contribuyente.

d)    Certificado de existencia y representación legal para el caso de personas jurídicas.

 

 

          2.  Personas naturales responsables del régimen simplificado

 

Los puntos anteriores sin incluir  los requisitos de los literales a) y d)

 

 

RECOMENDACIONES ADICIONALES:

 

a)   Madrugue, en estos momentos la DIAN está colapsada por el gran número de personas realizando trámites de actualizaciones.

 

b)    La oficina de la DIAN de la calle 75 con 15 atiende sólamente con cita previa y la puede sacar llamando al  3198585  

 

c)    Lleve todos los documentos requeridos so pena de no poder realizar el trámite.

 

d)   Llénese de paciencia

 

Esperamos que esta información sea de gran utilidad.

 


 

Wiliam Dussán Salazar

Editor de impuestos de www.consultorcontable.com

@williamduss


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