REGISTRO NACIONAL DE BASES DE DATOS


 

 

01-11-2016


REGISTRO NACIONAL DE BASES DE DATOS

 

 

El Registro Nacional de Bases de Datos – RNBD - es el directorio público de las bases de datos sujetas a tratamiento que operan en el país, el cual será administrado por la Superintendencia de Industria y Comercio y será de libre consulta para los ciudadanos.

 

El Gobierno Nacional, mediante el capítulo 26 del Decreto Único 1074 de 2015, reglamentó la información mínima que debe contener el RNBD y los términos y condiciones bajo los cuales se deben inscribir en éste las bases de datos sujetas a la aplicación de la Ley 1581 de 2012.

 

La Superintendencia de Industria y Comercio, mediante la Circular Externa No. 02 del 3 de noviembre de 2015 impartió instrucciones a los Responsables del Tratamiento de datos personales, personas jurídicas de naturaleza privada inscritas en las Cámaras de Comercio y sociedades de economía mixta, para efectos de realizar la inscripción de sus bases de datos en el RNBD.

 

En el 2016 se habilitará la inscripción en el RNBD de las bases de datos de las personas naturales, las entidades públicas, diferentes a las sociedades de economía mixta, y las personas jurídicas de naturaleza privada que no están inscritas en las Cámaras de Comercio, previa publicación de las instrucciones que para el efecto impartirá esta Superintendencia.

 

NUEVO  1/11/2016

 

La Superintendencia de Industria y Comercio amplió el  plazo para el registro de las bases de datos hasta el 30 de Junio de 2017. Esta información era obligatorio registrarla por las empresas y el plazo inicial vencía el 9 de noviembre.

Recuerde que  las multas pueden ascender  hasta (2.000) salarios mínimos mensuales legales vigentes.

 

El registro de las bases de datos se debe realizar a través de la página web de la Superintendencia de Industria y Comercio.  http://www.sic.gov.co/registro-nacional-de-bases-de-datos


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Fuente: SIC


 

 

Leonardo Varón García


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Comentarios: 22
  • #1

    Hernando Carvajalino (jueves, 20 octubre 2016 11:52)

    Muchas gracias por la información. Me ha sido muy útil, conocer y poder iniciar el proceso que se debe adelantar a la mayor brevedad.

  • #2

    RUBEN DARIO ROJAS (jueves, 20 octubre 2016 16:04)

    Buen dia

    Entre a la inscripcion de registro nacional de base de datos y la opcion para personas naturales no se encuentra habilitada. O sea que esta obligacion cuando se vence? Gracias

  • #3

    javier (jueves, 20 octubre 2016 16:07)

    Ruben, según el plazo actual vence el 9 de noviembre

  • #4

    Beatriz E. Alzate (jueves, 20 octubre 2016 16:53)

    Buenas tardes.
    Deseo saber si este registro lo podemos hacer a nivel de empresa o se requiere contratar persona externa, experta en el tema.
    Gracias

  • #5

    Manuel (jueves, 20 octubre 2016 16:55)

    beatriz, alguien de la empresa lo puede hacer, es sencillo el proceso.

    ver los videos o ir a capacitaciones en las camaras de comercio

  • #6

    diana (sábado, 22 octubre 2016 11:43)

    el registro es facil, primero tiene que tener el correo con que esta inscrito en la camara de comercio y el numero de matricula, luego va a la pagina de industria y comercio en la parte de abajo le da clik en inscripcion , clik en registrarse, luego escribe el correo y el numero de la camara de comercio, luego al correo le va llvar una clave para cambiar la clave , estando en la plataforma da clik en administracion de usuarios registra los datos del responsable del tratamiento osea la empresa, luego aunque no es necesario registra los datos de el encargado del tratramiento osea la persona que se encargara de ingresar la información a la pagina , se pueden saltear este paso no es necesario poner el encargado luego dara clik en inscripcion de bases de datos son 10 pasos : inscripcion de bases de usuarios ,canales, politicas de tratamiento etc y ya cuando termine le dara finalizar proceso..

  • #7

    diana (sábado, 22 octubre 2016 11:47)

    RUBEN DARIO ROJAS , tengo entendido que el registro para las personas naturales fue el año pasado por eso esta inhabilitado, este año le toca a las empresas.

  • #8

    ASTRID ROMERO (lunes, 24 octubre 2016 16:25)

    Buenas Tardes

    Deseo saber si esta inscipcion es obligatoria. Gracias

  • #9

    andrea (lunes, 24 octubre 2016 17:04)

    astrid, si es obligatorio

  • #10

    WILSON BARBETI (martes, 25 octubre 2016 17:11)

    EXCELENTE INFORMACION
    GRACIAS

  • #11

    dihepa (martes, 01 noviembre 2016 15:53)

    Excelente !!! gracias

  • #12

    ANA MATILDE (martes, 01 noviembre 2016 17:35)

    Por favor la SIC emitió alguna circular aplazando el vencimiento?

  • #13

    Ivan (martes, 01 noviembre 2016 17:44)

    Una duda ¿Qué pasa con las fundaciones,corporaciones y asociaciones que estan inscritas en cámara de comercio pero si manejan bases de datos?

  • #14

    Ivan (martes, 01 noviembre 2016 17:45)

    Aclaro Que No están inscritas en cámara de comercio

  • #15

    Alejandra (martes, 01 noviembre 2016 18:09)

    DIANA Y RUBEN DARIO ROJAS, en la circular 002 de 2015, la SIC especifica que durante el año 2016 habilitaran en el RNBD las bases de datos para personas naturales y personas jurídicas que no estén inscritas en Camara de Comercio, y entidades públicas diferentes a las sociedades de economía mixta y aclara que esto se realizara previa publicación de las instrucciones que para el efecto impartirá la SIC. Por lo tanto, hasta el momento no han habilitado el sistema para este tipo de personas y se esta en espera de las instrucciones que posiblemente sea por medio de otra Circular.

    Revisar la circular 002 de 2015 y el Decreto Único 1074 de 2015.

    Espero les sea de ayuda.

  • #16

    david leiton (martes, 01 noviembre 2016 22:58)

    Muy buenas, noches segun la circular 002 de la SIC, reza sobre la obligotoriedad de reportar las bases de datos pero hasta ahorita en el manual no dice nada sobre que tipos de bases de datos, como son las bases de datos, un ejemplo o varios para evitar que obviemos alguna, ejemplo los trabajadores en una, proveedores, pero no se clarifica bajo que archivo, ni nada de eso. si alguien ya sabe todo el diseño de los archivos a enviar le agradeceria, mi correo es jesusdavid99926@gmail.com

  • #17

    Pat (miércoles, 02 noviembre 2016 15:21)

    No es cierto que hayan ampliado el plazo, como dice la Delegada de la SIC en la entrevista no se ha contemplado ampliar el plazo y no hay un decreto que así lo determine.

  • #18

    Jorge Arvelaez (miércoles, 02 noviembre 2016 15:40)

    Esta noticia fue publicada el día 1 de octubre en la W

    http://www.wradio.com.co/noticias/actualidad/superintendencia-de-industria-y-comercio-amplio-plazo-para-el-registro-de-bases-de-datos/20161101/nota/3290576.aspx

  • #19

    Maria (miércoles, 02 noviembre 2016 15:44)

    http://www.lafm.com.co/economia/gobierno-ampliara-plazo-registrar-bases-datos-ante-la-sic/

  • #20

    Luis Alfonso (jueves, 03 noviembre 2016 08:36)

    Buenos dias. Gracias por la información. Podrían colocar el documento donde se autoriza la ampliación del plazo del Registro Nacional en Base de Datos, ya que en la pagina de la SIC no figura publicación alguna, de seguir asi, los plazos vencerían el Nov. 9 de 2016

  • #21

    Gertrudis Martinez (jueves, 17 noviembre 2016 10:22)

    Por favor informarme los plazos para personas jurídicas no inscritas en cámara de comercio

  • #22

    YADIRA VALDERRAMA (viernes, 23 junio 2017 16:48)

    LA PERSONAS NATURALES REGISTRADAS ANTE CÁMARA Y COMERCIO DEBEN HACER EL RNBD?