CAMBIOS EN IMPUESTOS DISTRITALES BOGOTÁ


 

20-09-2018                



CAMBIOS EN IMPUESTOS DISTRITALES BOGOTÁ

 

Mañana 21 de septiembre vencen los impuestos distritales de industria y comercio y retención ICA en Bogotá del cuarto bimestre de 2018 y son muchas las dificultades que se han encontrado a la hora de cumplir con esta obligación, por lo que nos disponemos a compartir lo que hasta la fecha conocemos de este nuevo proceso de presentación electrónica de las declaraciones.

 

Recordemos que desde la emisión de la Resolución DDI-001381 de enero de 2018, se indicó que a partir del 1 de septiembre de 2018, todas las declaraciones que por concepto de Impuesto de Industria y Comercio y declaración de retención del impuesto de industria y comercio, avisos y tableros; y sobretasa a la gasolina; deberán ser presentadas a través de las herramientas virtuales.

 

Para cumplir con esta obligación, tanto el contribuyente (Persona natural o jurídica) como el representante legal, contador o revisor fiscal  según el caso, deberán obtener un usuario y contraseña (Firma electrónica) ingresando a la oficina virtual de la Secretaria de Hacienda Distrital.

https://oficinavirtual.shd.gov.co/OficinaVirtual/login.html   y dando clic en “Obtener contraseña”

 

Cuando la persona natural (Representante legal o revisor fiscal) o la mima empresa declarante se encuentra fuera de Bogotá o en el pasado estas personas no han tenido relación alguna con el distrito, a la hora de registrarse en la oficina virtual y obtener la firma electrónica  le podrá salir un mensaje que indica que debe acercarse a un punto de contacto, para lo cual podrá realizar el trámite siguiendo  una de estas tres opciones:

 

1.    Acercarse directamente a un punto de contacto (Súper CADE en Bogotá)

 

2.    Enviar un poder a un tercero con la instrucción para a nombre de esta persona o empresa obtener el registro en la oficina virtual adjuntando formato RIT diligenciado y firmado, fotocopia de la cédula,  datos del contribuyente representante legal o revisor según el caso, dirección, teléfono y correo electrónico.

 

3.    Enviar un mail a icavirtual@shd.gov.co adjuntando los siguientes documentos dado que la SHD dado el volumen de solicitudes ha dispuesto este sistema  para agilizar este proceso.

 

Para esto se debe adjuntar:

 

Si eres persona natural:

Formulario RIT diligenciado

Copia de la cédula de ciudadanía

Datos del contribuyente, dirección, teléfono y correo electrónico.

 

Si eres persona jurídica:

Formulario RIT diligenciado

Copia de la cedula de ciudadanía del representante legal

Datos del representante legal y Revisor Fiscal como: dirección del representante legal, teléfono y correos electrónicos.

      

Preferiblemente adjuntar certificado de existencia y representación legal

 

Por otro lado queremos resaltar que este nuevo proceso para presentar las declaraciones de ICA y retención ICA en Bogotá implica que tanto la persona natural o jurídica que sea contribuyente, como el representante legal, contador o revisor fiscal deben obtener el registro en la Oficina virtual, y tener la respectiva contraseña que hace las veces de firma electrónica.

 

Recordemos que ya en un artículo anterior, aclaramos que la firma electrónica es gratis, y no se debe confundir con el certificado digital, que es pago y que es opcional para los que lo quieran obtener. Aquí

 

Publicamos un manual de como obtener la firma electrónica, manual que fue publicado  por la SHD, luego de los múltiplos problemas que se han tenido a la hora de obtener esta firma electrónica.

 

Ahora bien, luego de ya tener los usuarios y contraseñas, se debe ingresar a presentar los impuestos usando el NIT o documento de identificación del contribuyente, para el caso de personas jurídicas, el NIT de la empresa, e internamente proceder a ingresar a MIS IMPUESTOS en donde podrá elegir entre Impuesto de industria y comercio  y de retención ICA.

 

Ya internamente mediante tres pasos podrá liquidar el impuesto,  presentar y firmar la declaración por el representante legal, contador o  revisor, y pagar el impuesto por PSE o generar el PDF para llevar a bancos.  Se debe tener presente que a diferencia de los impuestos DIAN, apenas se firma por el representante, contador o revisor, la declaración queda presentada y no hay un botón aparte diseñado para dar presentar.

 

Por otro lado, tener presente que a la hora de generar el PDF del recibo de pago verificar que haya generado el código de barras, dado que inicialmente la plataforma emitía el recibo sin este código y los bancos no los recibe.

  

 Adicionalmente la declaración se puede generar en PDF ya firmada ingresando a la opción  de “consultar pagos”  igualmente una vez realice el pago por PSE en esta misma ruta podrá descargar el recibo de pago indicando que este ya fue pagado.

 

Esperamos estas instrucciones sean de utilidad, y abrimos este espacio para que realicen los comentarios, planteen las dificultades que tengan y en lo que conozcamos y podamos ayudar con gusto.

 

Por ultimo no dejes para mañana realizar este proceso, ¡será tarde!.


Descarga
Formato RIT
FORMATO RIT.pdf
Documento Adobe Acrobat 408.2 KB
Descarga
Instructivo firma electrónica (Fuente SHD)
instructivo-oficina-virtual.pdf
Documento Adobe Acrobat 1.2 MB


 

Wiliam Dussán Salazar

Editor de impuestos de www.consultorcontable.com

@williamduss


Escribir comentario

Comentarios: 24
  • #1

    Jaime Leguizamón S (jueves, 20 septiembre 2018 09:20)

    Muy claro, muchas gracias, como todas sus excelentes ayudas

  • #2

    ALEJANDRO (jueves, 20 septiembre 2018 09:48)

    Buenos dias, muchas gracias por sus aportes son excelentes, en esta ocasion mi duda es: cada vez que voy al liquidar el retica me aparece otra direccion, ingreso por oficina virtual, la cambio queda en firme, luego vuelvo a realizar el proceso para que tome los cambios y no me lo toma, lo he intentado casi 10 veces y nada, por favor me podrian colabror, ah y en la secretaria he marcado muchas veces y no contestan..

  • #3

    Luz Dary (jueves, 20 septiembre 2018 10:00)

    Buen día, gracias por el resumen, sin embargo quiero comentar lo que me ha ocurrido con algunos clientes: al momento de generar la declaración la dirección de la compañía sale errada, es extraño porque a finales de agosto, cuando se creó el usuario virtual se verificaron los datos y estaban correctos, ahora al tratar de modificar la información, no permite hacerlo y sale el mensaje que debe acercarse a un punto de la SHD.

    También aparece que la clave es inválida pero en realidad es correcta, firmé a las 9 de la mañana sin problemas con una clave que estaba creada desde hace más de un año y en la tarde al tratar de ingresar nuevamente me indicaba que el usuario o clave estaban errados por tanto fue necesario hacer recuperación.

    Cuando se hace recuperación no ha dejado utilizar el correo con el que se creó y fue necesario remitir dicha recuperación a un correo distinto.

    Adicionalmente en el banco solicitaron que el recibo de pago aunque tenía código de barras debía estar firmado por el representante legal, lo que no me parece lógico porque solo estaba haciendo el pago pues la declaración ya estaba presentada con firma.

    Quería compartirles esos sucesos que me ocurrieron la semana anterior y la actual al tratar de presentar las declaraciones con la Secretaría de Hacienda.

    Buen día

  • #4

    Julia campos (jueves, 20 septiembre 2018 10:07)

    Mil gracias por la información, muy oportuna, hasta el momento el proceso había sido muy confuso.

  • #5

    SANDRA MILENA ROJAS (jueves, 20 septiembre 2018 10:42)

    total y todo de ultima hora

  • #6

    Diego Benavides (jueves, 20 septiembre 2018 10:48)

    muchas gracias por este articulo tan util

  • #7

    priestley (jueves, 20 septiembre 2018 10:56)

    la direccion debes cambiarla al momento de hacer el formulario, ahí te da la opción de hacer el cambio

  • #8

    WilliamDS (jueves, 20 septiembre 2018 11:08)

    ALEJANDRO, muy rara esa situación, pero le recomendaría presentar la declaración, de todas maneras en la declaración como tal la dirección no aparece, es más un dato interno de la base de datos que maneja la SHD.

    Lo otro raro es que la declaración de ICA ya no sale en el formato único nacional.

  • #9

    Andrea Suarez (jueves, 20 septiembre 2018 11:15)

    Mucha improvisación, además inicialmente la SHD no publicó ninguna guía y ha tocado a ensayo y error, no hacen un manual amplio y claro para todo este cambio.. al parecer se le está pegando lo de la DIAN. entidades públicas tenian que ser.

  • #10

    Maggui (jueves, 20 septiembre 2018 11:23)

    Buenos días, tengo una duda la entidad a la cual le estoy realizando la declaración de Ica y Rte Ica, es una persona natural régimen común obligada a llevar contabilidad, es este caso las declaraciones deben ir firmadas solo por el representante legal o también por contador?, y si como contador debo firmar debo crear un usuario para que quede firmada por los dos?

  • #11

    Lorena (jueves, 20 septiembre 2018 11:52)

    Algo que noté y que me parece el colmo es que para cada empresa o cuenta que se cree se debe usar un mail diferente,

    Nosotros tenemos 6 razones sociales diferentes, en donde el represente legal e el mismo, y para crear los usuarios de las empresas tocó recurrir hasta el mail de la empleada del aseo para poder crear las contraseñas, dado que no permite usar un mail que ya esté en otra cuenta. estos ingenieros si son un cuento.

  • #12

    Jenny (jueves, 20 septiembre 2018 11:56)

    A mi me ocurre que realice el registro de mi perfil como contadora en la plataforma, pero cuando voy a ingresar no me acepta la contraseña, y cuando le doy cambiar contraseña me dice que no tengo un correo registrado (el cual si se registro al inicio) y por ultimo intento cambiar el correo y me sale que el usuario con mi numero de identificación no existe.... Se llama a la SHD para pedir soporte y no contestan nunca.

  • #13

    Ernesto (jueves, 20 septiembre 2018)

    Jenny, a mi me pasó algo similar, y la verdad luego de un rato de intentar, cambiar de computador se pudo recuperar la contraseña, son cosas raras que pasan, pero si es verdad, esa plataforma está teniendo mucho problemas. deberían pensar en aplazar un poco la medía de firma electrónica y permitir que por este bimestre se presenten fotográficamente, y les cuento que una empresa intentó presentarla litográficamente como antes y no se la recibieron. osea que toca o toca.

  • #14

    Marisol andrade (jueves, 20 septiembre 2018 12:01)

    Esta semana perdimos todo un día en la secretaria de hacienda haciendo colas interminables para lograr obtener un usuario y clave de una persona de fuera de bogotá que envió un poder para obtenerla. es mucha tramitomanía.

  • #15

    Zonia Lopez (jueves, 20 septiembre 2018 13:00)

    Una consulta por favor, si el revisor fiscal tiene firma electrónica y el representante legal tiene firma digital se puede presentar así o hay que tener los dos firma electrónica o los dos firma digital? Gracias,

  • #16

    juan c puerta (jueves, 20 septiembre 2018 14:55)

    como siempre
    super bien consultorcontable muy bueno

  • #17

    Fico (jueves, 20 septiembre 2018 19:32)

    Para No. 15 Zonia
    El ICA y Reteica deben ser firmados asi:
    Si el represetante legal firma con firma electronica, el revisor fiscal o el contador tambien deben firmar con firma electronica
    Si el representante legal firma con certificado digital (que tiene costo), el revior fiscal o el contador tambien deben firmar con certificado digital.

  • #18

    Fico (jueves, 20 septiembre 2018 19:53)

    Para Maggui No. 10
    Si la PN esta obligada a firmar las declaraciones por un contador por sus topes, el contador debe crear un usuario para el, con una clave diferente a la de la PN y un correo diferente al de la PN. Tener presente que debe registrarse con RIT. Antes de diligenciarlas revisar la direccion en el RIT porque esta generando direcciones desactaualizadas, si es el caso debe actualizarlo. Cuando este generando las declaraciones, llama a la PN y luego al contador en los cuadros para tal fin, para luego firmarlas por las 2 personas en cualquier orden. Recuerde que la firma es la misma clave del usuario.

  • #19

    Yury (viernes, 21 septiembre 2018 00:58)

    Buena noche porque no me sale el código de barras por favor me pueden colaborar

  • #20

    Juan (viernes, 21 septiembre 2018 07:16)

    Yury. El código de barras debe salir solo en el recibo de pago. La declaración sale sin este.

  • #21

    FERMIN (lunes, 24 septiembre 2018 09:48)

    No hay que hacer mas desgaste, fue declarada la contigencia, un dia despues

  • #22

    FERMIN (lunes, 24 septiembre 2018 09:50)

    AMPLIADO EL PLAZO PARA ICA Y RETICA BTE IV 2018

  • #23

    Diana (martes, 13 noviembre 2018 15:04)

    Que base se toma cuando es obligatorio que la declaración la firme el contador publico

  • #24

    juan (lunes, 18 noviembre 2019 08:33)

    buenos dias me pueden indicar en que resolucion, ley o decreto dice que es obligatorio que el contador o revisor fiscal deben firmar las declaraciones de ica y/o reteica?

    quedo atento gracias