FORMULARIO 1732 AÑO GRAVABLE 2013


 

03-03-2014


FORMULARIO 1732 AÑO GRAVABLE 2013

 

La DIAN publicó el formato 1732 para la presentación de información con relevancia tributaria; recordemos que la resolución 060 de 2014 estableció los contribuyentes obligados a presentar este tipo de información. Leer más

 

ARTÍCULO 2 RESOLUCIÓN  060 DE 2014

 

Información con relevancia tributaria. Deberán presentar la información con relevancia tributaria correspondiente al año gravable 2013 o fracción del año gravable 2014, teniendo en cuenta el Formato N° 1732 denominado “Formato y Especificaciones para el Suministro de la Información con Relevancia Tributaria - Año Gravable 2013”:

 

a) Quienes a 31 de enero de 2014 estuvieren calificados como grandes contribuyentes;

 

b) Quienes a 31 de enero de 2014 tuvieren la calidad de agencias de aduanas;

 

c) Los importadores que durante el año 2013 hayan presentado una o más declaraciones de importación y que en la declaración de renta del año gravable 2012, hubieren declarado ingresos brutos y/o patrimonio bruto superior a mil doscientos cincuenta millones de pesos ($1.250.000.000).

 

d) Las personas jurídicas, sociedades y asimiladas obligados a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementarios del año gravable 2012 hubieren declarado ingresos brutos y/o patrimonio bruto superior a mil doscientos cincuenta millones de pesos ($1.250.000.000).

 

La información a que se refiere este artículo, deberá ser diligenciada simultáneamente con el Formulario N° 110 y presentada a través de los servicios informáticos electrónicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, con mecanismo de firma digital, diligenciando el Formato N° 1732, el cual hace parte integral de la presente Resolución.

 

Parágrafo. No deberán suministrar la información de que trata el presente artículo, los declarantes de ingresos y patrimonio, así como las personas naturales obligadas a llevar contabilidad que no se encuentren en alguna de las categorías anteriores.

 

ARTÍCULO 3. Procedimiento. Una vez diligenciado correctamente el Formato N°1732, el Servicio Informático Electrónico generará el correspondiente Formulario No. 110 “Declaración de Renta y Complementarios o de Ingresos y Patrimonio para las Personas Jurídicas y Asimiladas y Personas Naturales y Asimiladas, Obligadas a llevar Contabilidad”, se procederá a la presentación virtual, tanto del Formato N° 1732 como del Formulario N° 110, utilizando el mecanismo de firma respaldada por el correspondiente certificado digital emitido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, realizando el pago virtual o generar e imprimir el recibo de pago para su presentación y pago en los bancos y demás entidades autorizadas para recaudar.

 

Parágrafo. Los obligados a presentar virtualmente el Formato N° 1732 y el Formulario N° 110, en caso de hacer correcciones en cualquiera de los dos formularios, deberán generar un nuevo Formato No. 1732 y seguir el procedimiento previsto en este artículo.

 

ARTÍCULO 4. Sanciones. El incumplimiento de la obligación respecto del Formato N° 1732 dará lugar a la aplicación de las sanciones contempladas en el artículo 651 del Estatuto Tributario, cuando no se presente simultáneamente con el Formulario N° 110, o cuando su contenido presente errores, o no corresponda a lo solicitado.

 

Para la declaración tributaria, serán aplicables las disposiciones que sobre el particular consagra el Estatuto Tributario. 


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Formato 1732 actualización Según Resolución 087 de marzo 26 2014
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Resolución 087 de marzo 26 2014 (Modifica formato 1732)
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RESOLUCIÓN 060 2014
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Wiliam Dussán Salazar

Editor de impuestos de www.consultorcontable.com

@williamduss

 

 


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Comentarios: 12
  • #1

    Hernando Carvajalino (lunes, 03 marzo 2014 08:46)

    Muchas gracias, William Dussán Salazar, por facilitar la información. Felicidades.

  • #2

    Luis Valencia (lunes, 03 marzo 2014 09:27)

    Muchas gracias por tan valioso y oportuno aporte.

  • #3

    Alonso (lunes, 03 marzo 2014 11:05)

    Muchas gracias, por tan oportuna información

  • #4

    GUSTAVO BERNAL ORTIZ (jueves, 06 marzo 2014 09:20)

    Gracias por la información que factibilidad hay que nos colaboren con el excel del formato en mención. Gracias

  • #5

    DAYBER OCAMPO (lunes, 10 marzo 2014 12:42)

    Buenas Tardes,

    La DIAN en su página no han sacado todavía el prevalidador de este formato??? O estoy errado en la ruta?? me podrían colaborar..

    Mil gracias

  • #6

    WILLIAM DUSSAN (lunes, 10 marzo 2014 13:28)

    Efectivamente la DIAN no lo ha publicado

  • #7

    JULIO CESAR RODRIGUEZ L (martes, 25 marzo 2014 15:28)

    William muchas graciaspor la información. Es posible conseguir el formato en excel para diligenciarlo.

  • #8

    WILLIAM DUSSAN (martes, 25 marzo 2014 15:38)

    Julio cesar, tan pronto la DIAN publique como va quedar, trataremos de publicar el archivo..

  • #9

    PATRICIA SUAREZ (jueves, 03 abril 2014 11:55)

    Muchas gracias muy buena ayuda

  • #10

    CARLOS MESA (martes, 15 abril 2014 07:57)

    En la página de actualicése menciona que las persona naturales obligadas a llevar contabilidad!!!! Aplica????

  • #11

    Horacio Diaz (sábado, 23 abril 2016)

    Tengo el formato 1732 diligenciado y generado pero no me permite cargarlo en el prevalidador. alguien puede ayudarme?

  • #12

    Manuel (sábado, 23 abril 2016 12:45)

    Horarcio. Debe copiar y pegar en el prevalidador oficial. Puede copiar por grupos de celdas. Hasta las celdas qu hayan fórmulas