Nueva Arquitectura Financiera Internacional


 

 

Nueva Arquitectura Financiera Internacional

 

Resumen

 

Las crisis financieras internacionales que ha vivido el mundo se han convertido en un esquema multiplicador que actúa de la misma manera como la gripe, empieza contagiando un país o una localidad y después termina afectando en gran medida a las grandes economías o una región importante a nivel mundial. Al igual que los investigadores en medicina buscan afanosamente respuestas (vacunas) contra esa enfermedad, las grandes instituciones y mercados internacionales también buscan afanosamente solución a las crisis financieras, ya no es solo un problema de los países grandes, es un problema de la comunidad internacional en su totalidad. La solución al igual que con la gripe es una vacuna (medidas internacionales en forma de estándares) pero lastimosamente este virus cambia cada vez que afecta a la comunidad (en la gripe y en las crisis financieras) y por eso la vacuna (medidas) no puede ser halladas por una sola vez, si no que se debe estar monitoreando la enfermedad para prevenir su contagio y evitar que esta ataque.

 

Palabras claves: Estándares, arquitectura financiera internacional, crisis, FSB

 

 

 

Introducción

 

Se conoce como Nueva Arquitectura Financiera Internacional (NAFI) a un conjunto de organizaciones y estándares (normas internacionales de regulación y supervisión) los cuales propenden por lograr una estabilidad financiera en el mundo, con el objetivo de contener la posibilidad de crisis nacionales.

La Arquitectura Financiera Internacional, tiene que ver directamente sobre el sistema de gobernabilidad (regulación y supervisión) del sistema financiero internacional (mercado de divisas, bonos, mercados bursátiles, derivados). El termino NAFI entonces está atado a la evolución ocurrida desde el G-7 hacia el el G-20 y la evolución del Financial Stability Forum (FSF) hacia el Financial Stability Board (FSB).

Según Ramos Puig, G. (2001) NAFI es el debate que se viene dando a nivel mundial sobre la estructura y funcionamiento de las instituciones financieras internacionales, las cuales, desde la crisis asiática de 1997, origino la necesidad de reexaminar el papel de estas instituciones, estructuras y políticas actualmente en vigor, y que están dirigidas a dos objetivos fundamentales: Garantizar la estabilidad financiera internacional (prevenir y resolver episodios de inestabilidad) y avanzar en la reducción de la pobreza en los países más pobres del mundo (HIPC).

El objetivo principal de la NAFI según Bustelo (2000) citando a Eichengreen (1999) es “reformar las instituciones, las estructuras y las políticas con objeto de predecir, prevenir y resolver mejor las crisis financieras”

Para poder armar la nueva arquitectura internacional fue necesario que la discusión no se diera únicamente en el seno del G-7 (los países más industrializados), si no que se invitaran a otros países los cuales estarían en vía de desarrollo y demás países que tuvieran una alta representatividad a nivel mundial. Es en ese orden de ideas donde aparece el G-20.

 

G-20

Consultado la página web del G-20, encontramos que este grupo fue establecido el 1999, a raíz de la crisis asiática de 1997, el objetivo era reunir a las principales economías avanzadas y emergentes para estabilizar el mercado financiero global[1]. Desde la creación del G-20 se reúnen anualmente los ministros de finanzas y directores de los bancos centrales de los países miembros para discutir medidas para promover la estabilidad financiera del mundo y lograr un crecimiento económico y desarrollo sostenible.

El G-20 es un foro para el desarrollo económico internacional que promueve la discusión abierta y constructiva entre países miembros, el mandato del G-20[2] es contribuir al fortalecimiento de la Arquitectura Financiera Internacional y proporcionar oportunidades para el dialogo sobre políticas nacionales, cooperación internacional y las instituciones financieras internacionales, el G-20 ayuda a apoyar el crecimiento y el desarrollo de todo el mundo.

El G-20 se encuentra compuesto (a diciembre de 2011), por los siguientes países (19 países más la unión europea):

  • Argentina, Australia, Brasil, Canadá, China, Unión europea, Francia, Alemania, India, Indonesia, Italia, Japón, México, Rusia, Arabia Saudita, Sudáfrica, República de Corea, Turquía, Reino Unido, Estados Unidos de América.

Adicionalmente en los foros del G-20 participan el director del Fondo Monetario Internacional, el presidente del Banco Mundial y los presidentes del comité monetario y financiero internacional.

El G-20 no cuenta con funcionarios permanentes, como habíamos dicho antes, es un foro que se reúne de forma anual, lo anterior hacia necesario el establecimiento de una junta o un cuerpo que desarrollará el mandato del G-20 (estabilidad fiannciera) y quien mejor que la FSB.

 

Financial Stability Board (FSB)- Junta de Estabilidad Financiera

FSB fue creado en abril de 2009 en la cumbre de líderes del G-20, en reemplazo del anterior Foro de Estabilidad Financiera (FSF), el cual había sido creado en 1999 por el G-7.[3] La razón de ser de FSB es la de coordinar el trabajo de las autoridades financieras nacionales y organismos internacionales responsables de la estabilidad financiera, las instituciones financieras internacionales, el sector de agrupaciones internacionales de reguladores y supervisores, y los comités de expertos de los bancos centrales.

El mandato del FSB es el siguiente[4]:

  • Evaluar las vulnerabilidades que afectan el sistema financiero e identificar y supervisar las acciones necesarias para hacerles frente.
  • Promover la coordinación e intercambio de información entre las autoridades responsables de la estabilidad financiera.
  • Controlar y asesorar sobre la evolución del mercado y sus implicaciones para la política de regulación.
  • Asesorar y monitorear las mejores prácticas en el cumplimiento de las normas reglamentarias
  • Realizar exámenes conjuntos estratégicos del trabajo de desarrollo de políticas de los órganos de establecimiento de estándares internacionales para garantizar que su trabajo sea oportuno, coordinado y orientado hacia las prioridades establecidas.
  • Establecer directrices y apoyar el establecimiento de cuerpos colegiados de supervisores.
  • Gestionar la planificación de contingencia para la gestión de crisis transfronterizas.
  • Colaborar con el Fondo Monetario Internacional (FMI) para llevar a cabo identificaciones de alertas tempranas

Para lograr su objetivo es necesario que los miembros de FSB apliquen un conjunto de estándares internacionales financieros denominados como los 12-KEY, de la misma manera deben someterse a revisiones periódicas a cargo de pares.  

Los miembros de la FSB se encuentran compuestos por[5]

  • Bancos centrales e instituciones nacionales de Argentina, Australia, Brasil, Canadá, China, Francia, Alemania, Hong Kong, India, Indonesia, Italia, Japón, México, Países Bajos, República de Corea, Rusia, Arabia Saudita, Singapur, Sudáfrica, España, Suiza, Turquía, Reino Unido, Estados Unidos de América.
  • Organizaciones internacionales como: Banco de Pagos Internacionales (BIS), Banco Central Europeo (BCE), Comisión Europea (CE), Fondo Monetario Internacional (FMI), Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y el Banco Mundial.
  • Entidades emisoras de estándares como: Comité de Basilea de Supervisión Bancaria (BCBS), Comité sobre el Sistema Financiero Global (CGFS), Comité de sistemas de pagos y liquidación (CPSS), Asociación Internacional de Supervisores de Seguros (IAIS), Junta de Estándares Internacionales de Contabilidad (IASB) y la Organización Internacional de Comisiones de Valores (IOSCO)


[1] Ver más información en http://www.g20.org/index.aspx (consultado en diciembre 29 de 2011).

[2] El mandato del G-20 puede consultarse en http://www.g20.org/about_what_is_g20.aspx

Doce estándares claves (12 Key)

FSB ha considerado un conjunto de normas (estándares) de los cuales cree que: “La comunidad internacional concede mucha importancia a la adopción y aplicación de estas normas, debido a sus efectos beneficiosos sobre la estabilidad del sistema financiero, tanto a nivel nacional y mundial”[1].

El conjunto de estándares claves comprende tres grandes grupos:[2]

  • Política macroeconómica y trasparencia de datos (estadísticas)- 3 estándares
  • Regulación y supervisión financiera- 3 estándares
  • Infraestructura Institucional y de mercado- 6 estándares

Los estándares se desarrollan bajo un esquema de principios, y no de reglas, los cuales obedecen a lo que se conoce como las mejores prácticas (best practices) relacionadas con el tema objeto dele estándar. Cada conjunto de estándares cuenta con una metodología para evaluar el cumplimiento del estándar por parte del país o las instituciones a las cuales vaya dirigido le estándar.

La lista de los estándares claves (12-key) comprende:

 

Fuente: http://www.financialstabilityboard.org/cos/key_standards.htm

1-Key. Código de buenas prácticas sobre transparencia en las políticas monetarias y financieras –MFP (Code of Good Practices on Transparency in Monetary and Financial Policies).

Este código de buenas prácticas (MFP) fue emitido por el Fondo Monetario Internacional (FMI) en septiembre de 1999 (actualmente se encuentra en revisión), define las prácticas de transparencia aconsejables para los bancos centrales en su conducción de la política monetaria, y a los bancos centrales y otros organismos financieros en la aplicación de las políticas financieras. Para el MFP, la transparencia se refiere a un entorno en el que los objetivos de la política, su marco jurídico, institucional y económico, las decisiones de política y su justificación, datos e información relacionados con las políticas monetaria y financiera, y los términos de la rendición de cuentas de las agencias, se proporcionan al público de forma comprensible, accesible y oportuna. Por lo tanto, las prácticas de transparencia que se enumeran son: (1) claridad de las funciones, responsabilidades y objetivos de los bancos centrales y organismos financieros, (2) los procesos de formulación y divulgación de las decisiones de política monetaria del banco central y de las políticas financieras por los organismos financieros, (3) la disponibilidad pública de información sobre las políticas monetarias y financieras, y (4) la rendición de cuentas y garantías de integridad del banco central y los organismos financieros.[1]

 

2-Key. Código de buenas prácticas sobre transparencia fiscal (Code of Good Practices on Fiscal Transparency).[2]

Emitido por el FMI en 1998 y actualizado en 2007, este código contiene los requisitos de transparencia para dar garantías al público y a los mercados de capital de una imagen suficientemente completa de la estructura y finanzas del Gobierno, con el objetivo evaluar la solidez de la política fiscal de forma confiable.

Transparencia fiscal incluye estar abierto a la opinión pública acerca de la estructura y funciones del Gobierno, las intenciones en política fiscal, las cuentas del sector público y las proyecciones fiscales.

El código maneja cuatro principios básicos: 1-Claridad de funciones y responsabilidades, 2-Publicacion de los procesos presupuestarios. 3-Disponibilidad de información pública. 4-Garantias de integridad de la información.

 

3-Key. Estándar especial sobre la difusión de estadísticas / Sistema general de difusión de estadísticas (Special Data Dissemination Standard-SDDS / General Data Dissemination  System- GDDS).

Las SDDS fueron emitidas por el FMI en 1996, las buenas prácticas estadísticas comprenden: 1-Cobertura, periodicidad y puntualidad de las estadísticas, 2-Acceso al público, 3-Integridad de las estadísticas, 4-Difusión de la metodología y las fuentes.[3]

Las GDDS fueron emitidas por el FMI en 1997 y su objetivo es fomentar las buenas prácticas estadísticas respecto a la recopilación y difusión de la cooperación económica, financiera y estadísticas socio-demograficas.[4]

 

4-Key. Principios básicos para una efectiva supervisión bancaria (Core Principles for Effective Banking Supervision).[5]

Emitido en 1997 por el Basel Committee on Banking Supervision- BCBS (comité de Basilea), es una referencia básica para las autoridades públicas de supervisión de entidades financieras en todos los países a través de sus 25 principios: 2-actividades permitidas, 6- capital adecuado, 7- proceso de administración de riesgos, 8- riesgo de crédito, 9- provisiones y reservas, 11-partes relacionadas, 14-riesgo de liquidez, 16-tasas de interés, 22-Contabilidad de los bancos.

Este conjunto de estándares se conoce como Basilea I, II (2003) y III (2011).

 

5-Key. Objetivos y principios de la regulación del mercado de valores (Objectives and Principles of Securities Regulation).[6]

Emitido por IOSCO (actualizado a 2010), establece 38 principios de la regulación del mercado de valores y se basa en tres objetivos: 1-Proteger a los inversionistas, 2-Asegurar que los mercados sean justos, eficientes y transparentes, 3-Reducir el riesgo sistémico (riesgos comunes para todo el mercado).

Abarca el tema de los fondos de cobertura (hedge funds), agencias de calificación crediticia, independencia de los auditores, gestión del riesgo, y perímetro de regulación.

 

6-Key. Principios básicos de seguros (Insurance Core Principles).[7]

Emitido por IAIS (actualizado a 2011) proporciona un marco mundialmente aceptado para la supervisión del sector asegurador.

Este código cuenta con 26 principios y toma en cuenta temas como la intermediación, capital adecuado para operar, valoración, reaseguros, supervisión del sector, administración de riesgos del sector, control interno, gobierno corporativo, inversiones, revelaciones, medidas en contra del lavado de activos, entre otras.

 

7-Key. Principios básicos para un efectivo sistema de seguro de depósitos (Core Principles for Effective Deposit Insurance Systems).[8]

El seguro de depósitos es un mecanismo (una entidad) que protege los recursos que los ahorradores tienen en los bancos y otras entidades financieras, este sistema se encuentra orientado prioritariamente a proteger a los pequeños inversionistas.

Este estándar[9] es elaborado de forma conjunta por el BCBS y la asociación internacional de aseguradores de depósitos (IADI- creada en 2002).

El estándar cuenta con 18 principios, y establece que un sistema de seguro de los depósitos comprende: 1-Una evaluación continua de la economía y el sistema bancarios. 2-Buenas prácticas de gobierno corporativo en las entidades que vigilan al sector financiero. 3- Una fuerte regulación y supervisión prudencial. 4-Un marco legal y de contabilidad bien desarrollado.

 

8-Key. Insolvencia y derechos de los acreedores (Insolvency and Creditor Rights-ICR).

El estándar sobre insolvencia[10] es emitido por el banco mundial, actualmente se revisó por última vez en el 2005, el cual tiene en cuenta las recomendaciones de la Comisión de Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI-UNCITRAL), los temas tratados son la reestructuración de los pasivos, organización y funcionamiento de los tribunales mercantiles y profesionales de insolvencia, gestión de riesgos, acceso al crédito, entre otros.

 

9-Key. Principios de Gobierno Corporativo (Principles of Corporate Governance).

Este estándar[11] es elaborado por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), fue revisado en 2004, su objetivo es ayudar a la evaluación y mejora del marco legal, institucional y reglamentario que influye en el gobierno corporativo y además proporcionar una guía para bolsas de valores, inversionistas, empresas y otras entidades que tienen un papel en el proceso del desarrollo de buen gobierno corporativo.

El Gobierno Corporativo implica un conjunto de relaciones entre la gestión de una empresa, su consejo de administración (junta directiva), sus accionistas (shareholders), y otras partes interesadas (stakeholders). El Gobierno Corporativo también proporciona la estructura a través del cual se establecen los objetivos de una empresa, los medios y recursos para alcanzar esos objetivos y la supervisión del rendimiento de la empresa.

 

10-Key. Normas Internacionales de Información Financiera –NIIF/ Normas Internacionales de Auditoria –NIA (International Financial Reporting Standards- IFRS / International Standard son Auditing- ISA).

Las NIIF[12] son emitidas por la International Accounting Standards Board (IASB), la cual comprende un conjunto de estándares de alta calidad, compresibles, y aplicables a nivel mundial sobre contabilidad.

Las NIIF comprende: 1-Las Normas Internacionales de Información Financiera-NIIF (13 estándares). 2-Las Normas Internacionales de Contabilidad-NIC (28 estándares). 3-Interpretaciones a las NIIF-CINIIF (16 interpretaciones). 4- Las interpretaciones del anterior comité-SIC (11 interpretaciones).

Las ISA[13] son emitidas por el International Auditing and Assurance Standards Board (IAASB) el cual hace parte de IFAC. Los estándares de auditoria se aplican a los auditores independientes sobre auditoria basada en estados financieros. En 2009 IAASB completo su proyecto denominado Clarity Project donde reviso la totalidad de sus estándares.

Las normas de auditoria comprenden: 1- Normas Internacionales de auditoria (ISA). 2-auditoria y trabajos de revisión de información financiera histórica (IAPS). 3- Estándares sobre compromisos o trabajos de aseguramiento que no sean auditoria ni revisión de información histórica (ISAE). 4-Estandares sobre servicios relacionados (ISRS). 5- Normas sobre control de calidad (ISQC). 6- Estándares sobre trabajos de revisión (ISRE).

 

11-Key. Principios básicos para los sistemas de pagos / Recomendaciones para los sistemas de liquidación de valores / Recomendaciones para entidades centrales de contraparte (Core Principles for Systemically Important Payment System/ Recommendations for Securities Settlement Systems / Recommendations for Central Counterparties).

Los principios básicos para los sistemas de pagos[14] son emitidos por el banco de Pagos Internacionales (BSI-BPI) a través del CPSS, establece los principios básicos (10 principios) para el diseño y operación de los sistemas de pago, y describe el papel de los bancos centrales en los sistemas de pagos (es a quien se dirige el estándar).

Los sistemas de pagos están constituidos por un conjunto de instrumentos,      procedimientos y normas para transferir recursos financieros entre sus participantes. Dichos sistemas son indispensables para que el sistema financiero funcione eficientemente. Algunos de ellos son especialmente críticos ya que si su diseño no es adecuado, pueden magnificar la transmisión de problemas de liquidez de un participante a los demás y perturbar la estabilidad del sistema financiero.

Las 19 recomendaciones para los sistemas de liquidación de valores[15], son elaborados de forma conjunta entre CPSS y IOSCO, trata los requisitos mínimos que debe cumplir un sistema de liquidación de valores (acciones, bonos corporativos y gubernamentales, instrumentos del mercado monetario)  y las mejores prácticas que deben seguir. Las recomendaciones tratan los temas de confirmación de las transacciones, ciclos de pagos (máximo T+3), central de contrapartes (entidad que asume el riesgo asociado a los participantes en la negociación, asumiendo el cumplimiento financiero si alguno de los dos falla en su obligación), repos (securities lending), depósito central de valores (DCV), entre otros.

Las 14 recomendaciones para las entidades centrales de contraparte[16], son elaboradas de forma conjunta entre CPSS y IOSCO (2004), Una entidad central de contraparte (ECC) se interpone entre los contratos financieros negociados en uno o más mercados, convirtiéndose en el comprador de todo vendedor y el vendedor de todo comprador. El objetivo es reducir el riesgo entre los participantes del mercado. Las recomendaciones abarcan temas como las garantías (collateral), custodia y riesgo de inversión, riesgo operacional, regulación y supervisión, entre otros.    

 

12-Key. 40 recomendaciones y 9 recomendaciones especiales sobre lavado de dinero y financiación del terrorismo (Forty Recommendations and 9 Special Recommendations on Money Laundering and Terrorist Financing).

Esta serie de recomendaciones son efectuadas por el Grupo de Acción Financiera (FATF-GAFI)[17] para propender por un sistema eficaz para la lucha contra al lavado de dinero y la financiación del terrorismo, buscando establecer un marco básico para detectar, prevenir y reprimir estos delitos. Las recomendaciones abarcan la penalización del lavado de dinero, la criminalización de la financiación del terrorismo, confiscación de bienes de origen delictivo, congelación de activos a los terroristas, medidas preventivas para entidades financieras, due diligence a los clientes, reporte de operaciones sospechosas (SIPLA), establecimiento en el país de una Unidad de inteligencia Financiera, y entidades competentes para encargadas de investigar el lavado de dinero, trata temas de cooperación internacional, asistencia judicial mutua, medidas para entidades sin ánimo de lucro, manejo del efectivo, entre otras. 

 

 

 

 

Comentario final

 

Tras observar este conjunto de estándares claves (12-key) es importante relacionar lo siguiente:

  • El G-20 se encuentra comprometido por la lucha contra la inestabilidad financiera y la prevención de las crisis.
  • El adecuado uso de estos estándares en los países del mundo hace que se cuente con herramientas de uso común para prevenir las crisis internacionales.
  • Colombia debe adoptar estos estándares si desea ser parte activa en los mercados internacionales.
  • Los estándares no son imposiciones de los países desarrollados, son simplemente un conjunto de principios que desarrollan las mejores prácticas en un tema específico relacionado con la estabilidad financiera y la transparencia en los mercados.
  • Cada estándar cuenta con una metodología de evaluación acerca del cumplimiento de tales estándares, muchas veces los informes sobre la evaluación del cumplimiento se conoce con el nombre de Reports on the Observance of Standards and Codes (ROSC).

 

 

 

 

Referencias bibliográficas

 

Abeles, M. & Kiper, E. (2010). El G20 ¿Hacia una nueva arquitectura financiera internacional? El rol de argentina-Mexico-Brasil. Observatorio de política exterior Argentina.

Ramos Puig, G. (2001), La Nueva arquitectura Financiera Internacional, Boletín económico de ICE No 2686 de marzo 26 a abril 1.  http://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=127894 (revisado en diciembre de 2011) 

Mantilla, S. (2010), Adherencia e implementación, otra forma de referirse a la adopción. Bogotá.

Correa, E. (2000), Nueva arquitectura financiera internacional: reformas para los países en desarrollo y cosmética para las relaciones financieras internacionales. Ponencia para el seminario internacional sobre políticas de desarrollo con globalización financiera. Acatlan (Mexico).

Grupo de Acción Financiera sobre el Lavado de Activos (GAFI) (2003). Las cuarenta recomendaciones. Traducido al español por GAFISUD.

Banco de Pagos Internacionales (2006), Convergencia internacional de medidas y normas de capital. Basilea (Suiza)

Banco de Pagos Internacionales (2010), Basilea III Marco internacional para la medición, normalización y seguimiento del riesgo de liquidez. Basilea (Suiza)

Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, (2004), Principios de Gobierno Corporativo. Paris (Francia).

Banco Mundial. (2005). Principios para sistemas efectivos de insolvencia y derechos de los acreedores.

Fundación IFRS. (2010). Constitución de la fundación IFRS. Londres (Inglaterra).

International Federation of Accountants, (2010), Handbook of international quality control, auditing, review, other assurance, and related services pronouncements. New york (USA)

Bustelo, P (2000). La construcción de una nueva arquitectura financiera internacional: progresos y propuestas. Consultado en http://www.ucm.es/info/eid/pb/nafi00.pdf.  publicado en el BEICE No 2642 pp. 25-33. Año 2000.

http://www.financialstabilityboard.org/

http://www.imf.org/external/np/mae/mft/code/spa/code2s.pdf  

http://www.imf.org/external/index.htm

http://www.bis.org/

http://www.iosco.org/

http://www.iaisweb.org/

http://www.iadi.org/

http://www.worldbank.org/

http://www.oecd.org/home/0,2987,en_2649_201185_1_1_1_1_1,00.html

http://www.fatf-gafi.org



[8] Más información en http://www.iadi.org/

[9] El estándar completo puede ser consultado en http://www.bis.org/publ/bcbs156.pdf

[12] Más información en http://www.ifrs.org/Home.htm


 

Leonardo Varon García

Editor NIiF de www.consultorcontable.com

 

@LeonardoVaronG1