Perspectivas de la reforma tributaria LEY DE INVERSIÓN SOCIAL para el año 2022


 



Perspectivas de la reforma tributaria LEY DE INVERSIÓN SOCIAL para el año 2022

 

La reciente reforma tributaria, Ley de inversión social, estableció una serie de medidas que empezarán a regir en su gran mayoría el primero de enero de 2022, para lo cual, todos los empresarios deberán estar enterados y preparados y en algunos casos realiza una planeación tributaria en lo que resta del año 2021.

 

Primero que todo, debemos decir que esta es una reforma tributaria no estructural, que obedece más a las necesidades urgentes que tiene el gobierno en obtener una serie de recursos para sopesar de alguna manera todo el gasto social producto de la pandemia y que el nuevo gobierno que se aproxima, deberá replantear y formular nuevos cambios.

 

Tenga en cuenta que esta reforma por un lado aprieta a las sociedades o personas jurídicas, pero también otorga una serie de beneficios importantes, que, si no los aprovecha, estará perdiendo una oportunidad.

 

Dentro de los puntos más importantes que afectan al sector empresarial, está el aumento de la tarifa general de renta para las personas jurídicas, que pasó del 30% al 35%. Incremento importante que deben tener en cuenta en las proyecciones económicas para el año gravable 2022. El resto de las contribuyentes mantienes las tarifas normales en renta, es el caso de la tributación de las personas naturales que mantienen el mismo sistema cedular, y las mismas tarifas progresivas de la tabla con la que se liquidó el impuesto en el año gravable 2020.

 

Tenga en cuenta que los efectos de las reformas tributarias en el impuesto de renta, por ser un impuesto de periodo anual, tienen efecto a futuro, por lo que la tarifa de renta del 35% solo aplica para el año gravable 2022 cuya declaración se presenta hasta el año 2023. Para el año gravable 2021 que se presenta su declaración en el año 2022 la tarifa será del 31%.

 

Otro tema que deben tener en cuenta los empresarios y que, aunque no es un tema directo de la reforma tributaria, pero si de uno de los decreto que han salido posteriores a esta, es la autorización opcional para el reconocimiento contable del impuesto diferido que se calcula al cierre del año 2021 como un valor del patrimonio y no de resultados del ejercicio; este es un tema que puede parecer desconocido para los empresarios, pero que si afectará los resultados (Utilidades o Pérdidas contables) que se presentarán en los estados financieros al cierre del año 2021. Muchos conocedores de la técnica contable han criticado este tipo de medidas por ser antitécnica, lo cierto del caso es que el gobierno ha dado esta opción para ayudar en algo el efecto en los resultados de sus PYG a 2021. (decreto 1311 del 20 de octubre de 2021).

 

Un tema que beneficia al sector empresarial, es la oferta o descuentos ofrecidos en sanciones e intereses que se reducen en términos generales en un 80%, tema que no debe dejar pasar por alto, dado que aplica solo hasta el 31 de diciembre de 2021 y es una oferta nunca vista que si tienen obligaciones tributarias con la DIAN o municipios, o deben corregir declaraciones, presentar declaraciones que no han presentado, presentar o corregir reportes de exógenas etc... Es la gran oportunidad de sanear todas esas obligaciones pagando un valor realmente reducido. Pueden ampliar el tema ingresando a este enlace.

 

 Algunos temas adicionales de la reforma que ayudan al sector empresarial son:

 

Se extienden, de forma transitoria, el programa de apoyo a la nómina -PAEF- (Aplica hasta diciembre de 2021), Este beneficio está enfocado a empresas de menos de 50 trabajadores. También el programa Ingreso Solidario (hasta diciembre de 2022).

 

Se renueva el Impuesto de Normalización Tributaria (activos omitidos y pasivos inexistentes), con una tarifa del 17%; es decir si usted tiene activos que no viene declarando porque los tienen en el exterior o en el país, o los viene declarando por un menor valor; o también tiene pasivos mentirosos en su patrimonio, es la oportunidad de normalizar. Pero apúrese a realizar el análisis, porque deberá realizar un anticipo, vencimientos que empiezan el 16 de noviembre de acuerdo con el último dígito del NIT.

 

Esta reforma tributaria estableció tres nuevos días de IVA para lo que resta del año como medidas de reactivación económica. El primero día sin IVA ya se llevó a cabo el 28 de octubre. Pero que aún se tienen los días 19 de noviembre y 3 de diciembre para acogerse si vende este tipo de elementos cobijados por la Ley. Ahora bien, una forma de aprovechar este día sin IVA así no venda este tipo de productos cobijados con la exoneración, es dar un descuento similar con el gancho de ese día donde todo el mundo busca ofertas. Es una estrategia legal, dado que lo que usted otorga es un descuento del mismo 19% o más, aprovechando simplemente ese día de promociones.

 

Otro beneficio es el incremento en el tope definido para pertenecer al Impuesto Unificado SIMPLE, régimen que es opcional y que puede ser una excelente opción para reducir la carga tributaria para las micro y pequeñas empresas. Consulte con su contador o asesor, y analice si le conviene o no pasarse a este régimen opcional, le puede significar un buen ahorro de dinero en impuesto, además que le facilitará la vida al ser un sistema que integra en su liquidación varios impuestos en uno solo. Puede hacer una simulación si le conviene o no el SIMPLE aquí.

 

Esta reforma tributaria también realiza modificaciones importantes respecto del incentivo tributario para las empresas de economía naranja, al quitar el tope de la inversión que se debía realizar. Por lo que muchas personas hoy pueden acogerse a esta Ley de economía naranja y obtener rentas exentas importantes.

 

Finalmente decirles que no echen en saco roto la lectura de la reforma tributaria, a veces por desconocimiento no se aprovechan los beneficios que se otorgan, ni nos preparamos para los retos o dificultades que puedan afectarnos en el futuro. Puede adquirir un libro del cual hago parte como coautor, donde comentamos toda la reforma tributaria artículo por artículo para mayor comprensión del lector. Reforma Tributaria comentada

 

 

Artículo escrito enfocado a los empresarios, solicitado por Edwin Ureña para webprogresa

 

 

Wiliam Dussán Salazar

Editor de impuestos de www.consultorcontable.com

@williamduss