¿QUE PASA CON LA EXÓGENA?


 

16-03-2021


¿QUE PASA CON LA EXÓGENA?

 

Como hemos visto, recientemente fue dada a conocer la resolución 023 del 12 de marzo de 2021, que modificó parcialmente la Resolución No. 000070 del 28 de octubre de 2019, la cual establece los obligados y las especificaciones técnicas para el reporte de exógena del año gravable 2020 que se reporta en este año 2021, lo curioso es que finalmente no incluyeron todas las modificaciones que se habían planteado en el proyecto de resolución, modificaciones que ya se habían incorporado a los prevalidadores oficiales antes que fuese emitida la resolución final.

 

Nos referimos a que mientras el proyecto de resolución estaba en proceso de aprobación, los prevalidadores de la exógena fueron actualizados con estos cambios, dándole presunción de legalidad bajo el amparo de un proyecto cuya modificaciones finalmente no fueron incorporadas en su totalidad en la resolución final.

 

Es el caso por ejemplo algunos conceptos de algunos formatos que estuvieron vigente por un tiempo basados en el proyecto de resolución y que comparados con el prevalidador descargado el 16 de marzo a las 4:10 PM presentan estas diferencias: 

 

Formato 1001: (Conceptos 5080 al 5085 y 5079) y algunos cambios en las descripciones de los conceptos 5063 y 5066  que como vemos en la siguiente imagen podemos ver que conceptos estaban habilitados en cada una de las dos versiones del prevalidador:

Conceptos del formato 1001 Prevalidador descargado el 9 de marzo cuando existía el proyecto de resolución

Conceptos del formato 1001 Prevalidador descargado el 16 de marzo después de la resolución 023

 Lo mismo sucede con:

Formato 1007: Concepto 4017 

 

Formato 1011: Conceptos 1601 al 1604; conceptos 8173 al 8187  entre otros.

 

Formato 1004: Descuentos tributarios con el concepto 8332

 

Formato 2275: Ingresos no constitutivos de renta conceptos 8002, pero ahora aparecen dos nuevos conceptos  que no figuran en ninguna resolución, se trata del 8038 y 8039.

 

Formato 2276: En este formato, dejan nuevas columnas que habían incluido basados en el proyecto de resolución, pero que la resolución 023 del 12 de marzo no incorporó, lo que genera una inseguridad jurídica aun mayor. Bueno a la final se cumple lo que se dice por ahí, que la doctrina del Excel o del formato o formulario está por encima de la norma o Ley.

 

 

Vemos como en el prevalidador del formato 2276 de nomina, permanecen desde el proyecto de resolución las columnas que solicitan la "entidad informante", "Total Ingresos brutos de rentas de trabajo y pensión", "Aportes a cuentas AVC" "Apoyos económicos no reembolsables o condonados, entregados por el Estado o financiados con recursos públicos, para financiar programas educativos ", "Pagos por alimentación mayores a 41 UVT ", "Pagos por alimentación hasta a 41 UVT", "Identificación del fideicomiso o contrato", "Tipo documento participante en contrato de colaboración" y "Identificación participante en contrato colaboración"

 

Este formato 2276 se disminuye en dos columnas respecto al del proyecto de resolución, dado que ya no piden la información de los dependientes y las Cotizaciones voluntarias al régimen de ahorro individual con solidaridad - RAIS ya no lo solicitan en una columna independiente.

 

      En el proyecto, también la DIAN había eliminado del formato 1010, el valor intrínseco para el reporte de la participación del socio o 

      accionista en el patrimonio de la sociedad, pero eso no lo tocó la resolución 023 de marzo de 2021, es decir, que en este aspecto

      la resolución 070 de 2019, queda valiendo tal cual - valor intrínseco es el que juega. Comentario de José Villa

 

Lo que queremos es llamar la atención dado que ya muchos contribuyentes  descargaron los prevalidadores en ese periodo de tiempo donde tenían incorporados los cambios que eran apenas de un proyecto de resolución, y muchos ya pudieron haber validado y cargado la información; y ahora bajo la nueva resolución ya no existen muchos de esos conceptos incorporados. ¿Qué pasará con esta información? en el futuro saldrán errores sancionables? se hará caso omiso y no habrá ningún inconveniente? son preguntas que dejamos formuladas para que se revise el tema. 



Curioso además, que la versión del prevalidador denominado Informantes AG2020 permanezca con el mismo número de versión cuando han existido cambios, es decir no se está mostrando una trazabilidad de las modificaciones o versiones emitidas como un principio de transparencia para con el usuario de estos servicios.

 

(Prevalidador_Tributario_Informantes_AG2020_v2.3.1-21)

 

Versiones de prevalidadores descargados el 9 de marzo


Versiones de prevalidadores descargados el 16 de marzo

Muy complicado el tema para los contribuyentes que ya trabajaron la exógena con estos prevalidadores y ahora les toca volver a revisar, ajustar y prevalidar sus reportes.

 

Esto lo escribimos hoy 16 de marzo de 2021 finalizando la tarde, no sabemos a futuro ya como estén los prevalidadores. Igual cada uno podrá y deberá verificar si ya ha venido trabajando los diferentes formatos. 

 

Esperamos comentarios de parte de nuestros usuarios y ojalá la DIAN revise sus procedimientos de la emisión de estos elementos tributarios, y si modifican de nuevo el prevalidador, que comuniquen claramente los cambios. 

 

 

Wiliam Dussán Salazar

Editor de impuestos de www.consultorcontable.com

@williamduss 



Escribir comentario

Comentarios: 33
  • #1

    James (miércoles, 17 marzo 2021 08:22)

    Esto es Polombia..triste pero cierto ..agradezco inmensamente este art...

  • #2

    Armando Fuentes Moscoso (miércoles, 17 marzo 2021 08:33)

    Increíble el trato que le continúan dando a los contribuyentes, informantes, operarios de información, Revisores Fiscales, Contadores Públicos las Entidades del Estado el cual es sufragado por los impuestos y la Riqueza de la Nación, nos imponen cargas, se equivocan, actúan como reyes feudales a su antojo y sin control, sancionando y llevando a la quiebra por una información que se les brinda con todo esfuerzo e inversión de tiempo, recursos y vida de los operarios sometidos. Hasta cuando continuaremos sufriendo estos atropellos.?

  • #3

    raul danilo viilegas correa (miércoles, 17 marzo 2021 08:44)

    Buenos días. Yo ya envié . unos dos formatos bajo la versión AG2020_V2.3.0.21, que estaba en el portal de la DIAN desde enero de 2021,
    La pregunta es: ¿La DIAN me validara esta información? o tendré que volver a empezar de cero de cero?

  • #4

    WilliamDS (miércoles, 17 marzo 2021 08:47)

    Raul, de los formatos básicos solo el 2276 tiene cambios en columnas, los demás como se detalla en el artículo cambian son algunos conceptos. recomendable revisar los conceptos informados por ejemplo del formato 1001 y 1011 que son los que mas tienen cambios en conceptos. y ver si amerita volver a cargar basado en nuevos prevalidadores.

  • #5

    Jose Villa (miércoles, 17 marzo 2021 09:30)

    En el proyecto, también la DIAN había eliminado del formato 1010, el valor intrínseco para el reporte de la participación del socio o accionista en el patrimonio de la sociedad, pero eso no lo tocó la resolución 023 de marzo de 2021, es decir, que en este aspecto la resolución 070 de 2019, queda valiendo tal cual - valor intrínseco es el que juega.

  • #6

    Giovanni Acero (miércoles, 17 marzo 2021 10:30)

    Mil gracias por el articulo.

  • #7

    Gerardo G (miércoles, 17 marzo 2021 11:32)

    Revisando el portal de DIAN hoy 17 de marzo, con el fin de verificar la información los prevalidadores, en la versión V2.3.1-21 ya no se encuentran como es el caso del formato 1001 conceptos 5080 de pagos por prestadores de servicios del exterior, que falta de respeto al obligado a suministrar información, mas aun, con los cambios realizados no se observa voluntad de cambiar fechas máximas de presentación.

  • #8

    Sofía (miércoles, 17 marzo 2021 12:57)

    Que tristeza de país. La corrupción se nota en la mera intención de confundir a las personas en la ejecución del trabajo. Al gobierno sólo le interesa que el contribuyente se equivoque para que tenga que pagar sanciones.

  • #9

    raul danilo viilegas correa (jueves, 18 marzo 2021 08:44)

    Yo ha hecho dos envidos bajo la versión AG2020 V2.3.0.21, publicado por la DIAN, en Enero 2021.
    Ahora al descargar la versión AG2020 V2.3.1.21, El sistema ya de indica que el consecutivo de envio es el No 3, Lo que quiere decir la la DIAN ,reconoce los dos envíos anterior bajo la versión
    AG2020 V2.3.0.21

  • #10

    Sandra Vaquen (sábado, 27 marzo 2021 07:24)

    Muchas gracias por este artículo y su explicación. Muy valiosa.

    De verdad es muy desgastante tener que repetir o cambiar la información pareciera que a la DIAN solo le importara buscar que se cometan errores y cobrar sanciones.

  • #11

    Hector Hernando lopez L (miércoles, 21 abril 2021 09:40)

    El formato 2276 del prevalidador a la fecha - 21-04-2021- no ha sido modificado por lo que no permite validar sin datos como: Identificacion del fideicomiso Tipo documento participe en contrato de colaboracion identificacion participe en contrato de colaboracion.
    Existirá alguna forma distinta para validar y presentar????

  • #12

    LUZ CAICEDO (miércoles, 28 abril 2021 18:03)

    El formato 2276 del prevalidador a la fecha - 28-04-2021 no lo han modificado, no permite validar sin datos como: Identificacion del contarto de Colaboración y el Tipo documento contrato de colaboracion.
    Como se debe presentar? Gracias

  • #13

    Luz Amparo (sábado, 01 mayo 2021 11:42)

    Por favor cual es el concepto que debo colocar el el formato 2276 no permite validar sin datos como: Identificación del contrato de Colaboración y el Tipo documento contrato de colaboración.
    Como se debe presentar? Gracias

  • #14

    rosmary (martes, 04 mayo 2021 18:25)

    Por favor cual es el concepto que debo colocar el el formato 2276 no permite validar sin datos como: Identificación del contrato de Colaboración y el Tipo documento contrato de colaboración.
    Como se debe presentar? Gracias

  • #15

    AMANDA MILENA CAMACHO (miércoles, 05 mayo 2021 18:51)

    or favor cual es el concepto que debo colocar el el formato 2276 no permite validar sin datos como: Identificación del contrato de Colaboración y el Tipo documento contrato de colaboración.
    Como se debe presentar? Gracias

  • #16

    Isabel Gaviria (jueves, 06 mayo 2021 18:51)

    Buenas noches, para el formato 2276, si a la empresa NO le aplica el concepto de Contratos de Colaboración, las 3 ultimas columnas se deben dejar en blanco:
    *Identificación del fideicomiso o contrato
    *Tipo documento participe en contrato de colaboración
    *identificación participe en contrato de colaboración
    (lo intente nuevamente bajando hoy 6 de mayo el prevalidador y me funcionó)

  • #17

    deissy (martes, 11 mayo 2021 10:16)

    buenos días

    *Identificación del fideicomiso o contrato (se ingresa el nit de la empresa )
    *Tipo documento participe en contrato de colaboración (numero de identidad al cual vamos a reportar)
    *identificación participe en contrato de colaboración (identidad del que se reporta)

  • #18

    Bety (miércoles, 12 mayo 2021 09:06)

    Isabel Gaviria ... Gracias por la información con respecto al tipo de documento e identificación en participante en contrato de colaboración deje esas columnas en blanco y ya me valido el formato..

  • #19

    LORENA (viernes, 14 mayo 2021 18:19)

    Según los topes nuestra empresa ni en el 2019 ni en el 2020 obtuvieron ingresos mayores a 100 millones, de esta manera, si me pueden ayudar con la pregunta: no debemos presentar la información exógena?

  • #20

    Steffy (viernes, 14 mayo 2021 18:55)

    Lorena. Pero si efectuaron retención en la fuente o autorrenta en el año. Deben reportar 1001 1005 1011 1012 y 2276

  • #21

    LORENA (domingo, 16 mayo 2021 12:32)

    Steffy, gracias por tu respuesta, pero revisando la Resolución No.000070 del 28 de
    octubre del 2019 no veo en el articulo 1 de los sujetos obligados a presentar declaración , que hable sobre agentes retenedores de fuente o autorrenta. De pronto si sabes y me puedes especificar en que articulo está te agradecería. Muchas gracias.

  • #22

    Steffy (domingo, 16 mayo 2021 12:36)

    Lorena. Literal f

  • #23

    Juliana (domingo, 16 mayo 2021 14:55)

    Buenas tardes, si alguien me pudiera ayudar con la siguiente inquietud: Cuando se refieren a Descuento tributario por impuesto de industria, comercio, avisos y tableros. en el Formato 1004 Descuentos tributarios solicitados, se refieren a que se hayan aplicado a la declaración de renta? o si se refieren a lo que fueron descontados en la declaración a secretaria de hacienda?

  • #24

    DIANA FIGUEROA (domingo, 23 mayo 2021 16:41)

    Ahora en el formato 2275 de ingresos no constitutivos en que código se reporta el componente inflacionario de los rendimientos financieros ? ya que quitaron el 8002?

  • #25

    Bety Agudelo (lunes, 24 mayo 2021 12:44)

    Buenas tardes. Tengo una duda, en el formato 1007 se reportan los INCRNGO por concepto de dividendos que se declararon así en la declaración de renta y en el formato 2275 o solo se deben reportar en el formato 2275 ? muchas gracias.

  • #26

    Magnolia Marin Giraldo (miércoles, 26 mayo 2021 09:32)

    Para el formato 2276, si a la empresa NO le aplica el concepto de Contratos de Colaboración, las 3 ultimas columnas se deben dejar en VACIO (No poner ceros):

    -Identificación del fideicomiso o contrato : Poner 1 ya que es OBLIGATORIO
    -Tipo documento participe en contrato de colaboración : VACIO (No poner ceros)
    -identificación participe en contrato de colaboración : VACIO (No poner ceros)

    Para que el prevalidador lo pase derecho

  • #27

    Belisario Quijano Navia (viernes, 28 mayo 2021 14:46)

    Muchas gracias Magnolia Marín Giraldo por la información del formato 2276 para poder generar el archivo xlm

  • #28

    Nurrego (sábado, 29 mayo 2021 15:16)

    Gracias por la información referente a Tipo documento participe en contrato de colaboración, dejé vacias las dos últimas columnas y pasó el archivo. Muy útil la lectura de comentarios.

  • #29

    JAIME FRANCISCO GAMARRA SANTIS (martes, 01 junio 2021 18:35)

    en el formato 2276 aparece el siguiente error: Los siguientes archivos no cumplen con las reglas del formato especificado." Error 503007 Error validacion del archivo " Cuál es la solución ?

  • #30

    PILAR DOCE (martes, 08 junio 2021 02:20)

    Los códigos propuestos para la columna 1 del 2276, " Entidad Informante ", no validan, informa que son de dos dígitos y la información propuesta para la casilla solo viene de 1 dígito, me quede sin saber cuales son los códigos de Entidad Informante.
    Por favor me podrían informar. :)
    Gracias

  • #31

    Luz Stella Anaya (jueves, 24 junio 2021 12:23)

    las ermpresas que reportan infromacion consolidado deben presentar infromacion adicional a la DIAN fotmatos 1034 y 1035

    El aplicativo tax me pertmite hacer estos anexos, hay alguna manera de poder acceder somos clientes de ASTAF

  • #32

    Diana Carreño M. (miércoles, 22 septiembre 2021 09:19)

    En la presentación de exógena hubo un error en el formato 2276 por uso de versión anterior. Al corregir ese error en la DIAN es sancionable?

  • #33

    MARIO ENRIQUEZ CABRERA (miércoles, 02 febrero 2022 14:10)

    EL FORMATO 2276 PRESENTADO A LA DIAN PSTERIORMENTE SE CANCELO. DEBO LIQUIDAR Y PAGAR SANCION POR ESTA CANCELACION ?