PLAN DE IMPLEMENTACIÓN DEL GRUPO II QUE APLICA LAS NIIF PARA PYMES A PARTIR DE ENERO 1 DE 2015


 

12-05-2014


PLAN DE IMPLEMENTACIÓN DEL GRUPO II QUE APLICA LAS NIIF PARA PYMES A PARTIR DE ENERO 1 DE 2015

Muchos contribuyentes se encuentran recibiendo un escrito por parte de la Superintendencia que los vigila, en relación con el envío del Plan de Implementación de las NIIF para PYMES, para las entidades clasificadas en el grupo II, de conformidad con la Ley 1314 de 2009 y el Decreto 3022 de 2013.

Para clasificar su empresa en los grupos I, II o III, encuentre mayor información aqui.

La Superintendencia de Sociedades por intermedio de la Circular Externa 115-000002 de marzo 5 de 2014, estableció por parte de las compañias clasificadas en el Grupo No 2, la obligatoriedad de la presentación de el informe 46 "Plan de Implementación Grupo II" a través del aplicativo STORM.

Conozca las cartillas de NIIF para PYMES y el modulo de entrenamiento de NIIF para PYMES en el siguiente enlace.

La fecha de envío de la información debe presentarse, de acuerdo con el siguiente calendario:

Últimos Dígitos del NIT Fecha Límite en envío
00-25 26 de Mayo de 2014
26-50 27 de Mayo de 2014
51-75 28 de Mayo de 2014
76-99 29 de Mayo de 2014
Descarga
Informe 46 "Plan de implementación Grupo II"
Informe 46 Supersociedades Grupo II.xls
Tabla de Microsoft Excel 157.0 KB

La fecha con la cúal debe diligenciarse el informe 46, es enero 1 de 2014


 

Wiliam Dussán Salazar

Editor de impuestos de www.consultorcontable.com

@williamduss

            


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Comentarios: 11
  • #1

    ELIZABETH ARIAS (lunes, 12 mayo 2014 08:18)

    Gracias por tenernos en cuenta ya que la implementancion es muy importante para las empresas Nota los Diplomados son muy costosos.

  • #2

    ANGELIK (lunes, 12 mayo 2014 08:59)

    Gracias por su información !!

  • #3

    Uriel Poveda (lunes, 12 mayo 2014 11:31)

    Buen día, esta información la deben remitir las sociedades que la Superintendencia solicite? si nos referimos al grupo 1 la Super solo le solicito a las vigiladas y controladas?

    Favor confirmar si tienen la respuesta.
    Gracias por su colaboración.

    Uriel Poveda

  • #4

    LVG (lunes, 12 mayo 2014 15:08)

    Saludos, para el grupo II, es necesario esperar que la Superintendencia envie la circular a los que se encuentren obligados a presentar dicha información, sin embargo recomendamos que lo anterior se elabore por parte de todas las empresas para que realizen la planeación sobre el tema.

  • #5

    GUSTAVO BERNAL ORTIZ (martes, 13 mayo 2014 07:59)

    La actualización para un contador no es costosa nunca

  • #6

    LVG (miércoles, 14 mayo 2014 04:32)

    Elizabeth, diplomados como los que ofrece el Colegio de Contadores de Colombia, no son costosos y edmás son de buena calidad

  • #7

    katherine patiño (viernes, 16 mayo 2014 11:45)

    buenos dias Leonardo, ustedes indican que este informe es necesario para las entidades del grupo II. Si aun no he recibido la notificacion por parte de la super, pero de acuerdo a nuestro conocimiento estamos catalogados dentro de ese grupo, debo enviarlo?

  • #8

    LVG (viernes, 16 mayo 2014 19:43)

    Saludos, no, si no has recibido notificación, no debes enviar este formato

  • #9

    katherine patiño (lunes, 19 mayo 2014 11:40)

    muchas gracias por la aclaracion. Seguire tus recomendaciones

  • #10

    agsutin romero (lunes, 26 mayo 2014 15:57)

    Leer

  • #11

    martha tibaduiza (lunes, 26 mayo 2014 15:59)

    lEER