TASA DE INTERÉS MORATORIA DICIEMBRE

TASA DE INTERÉS MORATORIA DICIEMBRE

 

01-12-2020

La Superfinanciera ha publicado la Resolución No.1034 por medio de la cual certifica el Interés Bancario Corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario entre el 1 y el 31 de diciembre de 2020, lo mismo que la tasa de mora y de usura.

 

 

Certificación del Interés Bancario Corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario

                                      

Bogotá, noviembre 26 de 2020.- La Superintendencia Financiera de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de lo dispuesto en los artículos 11.2.5.1.1 y siguientes del Decreto 2555 de 2010, expidió el 26 de noviembre de 2020 la Resolución No.1034 por medio de la cual certifica el Interés Bancario Corriente para el siguiente periodo y modalidad de crédito:

·         Consumo y Ordinario: entre el 1 y el 31 de diciembre de 2020.

 

Con la mencionada Resolución se certifica el Interés Bancario Corriente efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario en 17.46%, lo cual representa una disminución de 38 puntos básicos (-0.38%) en relación con la anterior certificación (17.84%).

 

INTERÉS REMUNERATORIO Y DE MORA

En atención a lo dispuesto en el artículo 884 del Código de Comercio, en concordancia con lo señalado en los artículos 11.2.5.1.2 y 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 26.19% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.

 

USURA

Para los efectos de la norma sobre usura (Artículo 305 del Código Penal), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos, cifra que para el período señalado se sitúa en 26.19% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, resultado que representa una disminución de 57 puntos básicos (-0.57%) con respecto al periodo anterior (26.76%).

 

OTRAS CERTIFICACIONES VIGENTES

Vale la pena recordar que la Superintendencia Financiera, en desarrollo de sus atribuciones legales y reglamentarias, mediante la Resolución 0869 de 2020 certificó el interés bancario corriente para las modalidades de microcrédito y consumo de bajo monto, en los siguientes términos:

 

 

Modalidad de crédito que aplica

Interés Bancario Corriente

Vigencia

Microcrédito

37.72%

1 de octubre al 31 de diciembre de

 2020

Consumo de bajo monto

32.42%

1 de octubre de 2020 al 30 de septiembre de 2021


Wiliam Dussán Salazar

Editor de impuestos de www.consultorcontable.com

@williamduss 


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Comentarios: 2
  • #1

    heder delvin (miércoles, 03 febrero 2021 12:59)

    hola necesito la tasa de interés corriente de los meses de agosto, septiembre octubre, noviembre y diciembre de 2020 y de los meses de enero, febrero y marzo de 2021, mil gracias

  • #2

    WilliamDS (miércoles, 03 febrero 2021 13:10)

    Heder, ingrese al histórico de tasas
    https://www.consultorcontable.com/datos-hist%C3%B3ricos/tasa-de-inter%C3%A9s-moratorio-historico/