¿ES DIFÍCIL REGLAMENTAR LO SIMPLE?
23-07-2019
¿ES DIFÍCIL REGLAMENTAR LO SIMPLE?
23-07-2019
El próximo 31 de julio termina el plazo para que los contribuyentes interesados voluntariamente se registren en el nuevo régimen simple de tributación – SIMPLE, pero a la fecha aún no se conoce el decreto que reglamentaría el tema.
Recordemos que el régimen simple de tributación – SIMPLE fue incorporado a la legislación mediante artículo 66 de la Ley de financiamiento y modifica los artículos 903 y siguientes del ET, que eran los que establecían el derogado monotributo.
El Simple es un nuevo sistema o régimen tributario que simplifica de alguna manera el cumplimiento de las obligaciones tributarias y trae varias ventajas frente al régimen ordinario de renta como son:
No sometidos a renta presuntiva: (Gran ventaja para contribuyentes que se puedan acoger y que tengan patrimonios altos que estén generando que se venga tributando por este sistema de renta presuntiva)
Descuentos tributarios: Los aportes del empleador a los aportes obligatorios a pensiones se pueden manejar como un descuento tributario. Además, el 0.5% de los ingresos recaudados por sistemas electrónicos también se pueden manejar como descuento tributario.
Para tiendas pequeñas, mini - mercados, micro - mercados y peluquerías que cumplan con el tope de ingresos y demás requisitos, estarían exonerados de cobrar IVA en la venta de sus productos; es decir el IVA está incluido en la tarifa única simplificada para esta categoría de contribuyentes. Esto puede traer una ventaja al no tener que elaborar esa declaración de IVA.
Tarifas favorables que pueden convenirle a los contribuyentes que sus ingreses se ubiquen en los primeros rangos de la tabla de tarifas.
Estarán exonerados que les practiquen retención en la fuente, tampoco deberán calcular autorretención en renta. Por otro lado no serían agentes de retención a no ser que sea por pagos laborales.
El próximo 31 de julio de 2019 termina el plazo para que los contribuyentes interesados voluntariamente se registren por este año gravable 2019, pero lo preocupante es que a la fecha, julio 22 de 2019, aún no se conoce el decreto reglamentario, decreto que aún sigue en proyecto y que no da las garantías y seguridad jurídica de los que quieren registrarse.
El proyecto de decreto se publicó en el mes de abril y se dio plazo para comentarios hasta el 17 del mismo mes, por lo que no se entiende cual es la causa para que a la fecha aún no se conozca el decreto definitivo.
Nuestra preocupación radica en que ya hay antecedentes de leyes anteriores en que se otorgan beneficios y luego mediante decretos se le empiezan a poner trabas o talanqueras, ocasionando que entre otras muchos lleguen a tener que pagar sanciones por algunas omisiones, es el caso de lo que ha sucedido con la ley 1429 de 2010 (Ley del empleo).
El riesgo de los contribuyentes que ya se registraron en el Régimen Simple, es que luego que publiquen el decreto encuentren aspectos pocos favorables, y es que aunque se supone que este es un régimen como su nombre lo indica, “simple” vemos como el proyecto de decreto tiene 55 páginas más 30 páginas más de anexos complementarios.
Ya lo decía Steve Jobs: “Lo simple puede ser más difícil que lo complejo”
En aras de la seguridad jurídica, es preciso que lo más pronto posible sea publicado el decreto ya que faltan 8 días para finalizar el plazo para el registro de este año gravable y muchos contribuyentes están a la espera y con la expectativa dadas las zonas grises o poco claras de la Ley.
A la fecha se conocen algunos conceptos DIAN sobre el régimen simple que publican para su lectura junto con el proyecto ya conocido de decreto.
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Wilmar (miércoles, 24 julio 2019 09:03)
terrible que no hayan sacado este decreto.. y se lo pasan saliendo en medios promocionando este régimen. muchos ya se registraron, pero sin un procedimiento claro.. que irresponsabilidad