AUXILIO DE CONECTIVIDAD


 

05-06-2020


AUXILIO DE CONECTIVIDAD

 

El Decreto 771 de 2020, dispone que mientras esté vigente la emergencia sanitaria, el empleador deberá reconocer el valor establecido para el auxilio de transporte como auxilio de conectividad digital a los trabajadores que devenguen hasta 2 salarios mínimos legales mensuales vigentes y que desarrollen su labor en su domicilio.

 

 

No son acumulables los dos auxilios, el de transporte y conectividad y no aplica para los trabajadores que se desempeñan en la modalidad de teletrabajo, quienes se rigen por la Ley 1221 de 2008.


 

Yanneth Cristina Castro Albañil

Editora laboral de www.consultorcontable.com

yanneth.castro@hotmail.com




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