Porcentaje de componente inflacionario de los rendimientos financieros para el año 2022


 

31-05-2023


Según el decreto 848 del 29 de mayo de 2023, el porcentaje del componente inflacionario de los ingresos por rendimientos financieros que no son constitutivos de renta  se fijan en  un 100% para el año gravable 2022; mientras que no constituye costo ni deducción el 63.35% de los intereses y demás costos y gastos financieros en que hayan incurrido durante el año o período gravable.

 

Cuando se trate de costo y deducciones por ajustes por diferencia en cambio, y de costos y gastos financieros por concepto de deudas en moneda extranjera, no constituye costo ni deducción el cincuenta y uno punto setenta y ocho por ciento (51.78%) de los mismos.

 

Estos porcentajes son utilizados para presentar las declaraciones de renta de las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad.

 

Es decir, si una persona natural no obligada a llevar contabilidad obtuvo en el año gravable 2022 ingresos por rendimientos financiero, el 100% de esos ingresos se declaran como ingreso en las rentas de capital y se resta como un ingreso no constitutivo de renta, por tanto no paga impuesto por estos ingresos.

 

Ahora, en el caso de costos o gastos, para el caso del ejemplo anterior de una persona natural no obligada a llevar contabilidad, que dentro de su actividad tenga este tipo de costos o gastos que cumplan con los requisitos para ser costo o deducción (Art. 107 ET), la parte que puede deducir sería del 36.65% cifra que sale de restar del 100% el 63.35% que corresponde a lo que no es costo ni deducción.

 

Cuando se trate de ajustes por diferencia en cambio, y de costos y gastos financieros por concepto de deudas en moneda extranjera, se deberá realizar la misma operación (100% - 51.78% = 48.22%)

 

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Decreto 848 componente inflacionario de los rendimientos financieros año gravable 2022
DECRETO 0848 DEL 29 DE MAYO DE 2023 Inte
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Wiliam Dussán Salazar

Editor de impuestos de www.consultorcontable.com

@williamduss 

 





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