RECONOCIMIENTO LICENCIA DE PATERNIDAD 


 

08-12-2021


RECONOCIMIENTO LICENCIA DE PATERNIDAD

 

La ley 2114 de 2021, amplió la licencia de paternidad de 8 días hábiles a 2 semanas.

 

Señala la ley que el soporte válido para otorgar la licencia de paternidad es el registro civil de nacimiento, que debe entregarse a la EPS, quien tiene a cargo su pago, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de nacimiento del menor, a más tardar.

 

La licencia de paternidad se reconocerá proporcionalmente a las semanas cotizadas por el padre durante el embarazo.

 

Licencia parental compartida

 

Esta nueva ley introduce la figura de la licencia parental compartida, que consiste en que las últimas seis semanas de la licencia de maternidad se pueden distribuir entre padre y madre. Se debe cumplir con las siguientes condiciones:

 

    1.    La madre debe tomar la licencia de maternidad mínimo las primeras 12 semanas, después del parto, las siguientes 6 semanas se pueden distribuir entre los padres, de común acuerdo.

 

 

     2.    La licencia parental compartida no afectará en ningún caso la licencia de paternidad.

 

    3.    No está permitido fragmentar, intercalar o tomar de manera simultánea las licencias, salvo si la madre sufre una enfermedad posparto certificada por médico.

 

Esta licencia se pagará teniendo en cuenta el salario de quien la disfruté.

 

Ahora, los requisitos que deben cumplir padre y madre, para acceder a esta licencia parental compartida, son los siguientes:

 

    1.   Presentar el registro civil a la EPS, a más tardar dentro de los 30 días siguientes al nacimiento del menor.

 

    2.    Los padres deben presentar un documento a sus empleadores en el que expliquen el acuerdo de distribución de las semanas, en el término de 30 días a partir del nacimiento del menor.

 

     3.     Se debe presentar la autorización del médico tratante por escrito, en el que conste:

 

a.    La Constancia del nacimiento del menor.

b.    La fecha del nacimiento.

c.    Las fechas en el que inician las licencias de padre y madre.

 

Los padres que hubiesen sido condenados en los anteriores 5 años por delitos contra la libertad, integridad y formaciones sexuales o los padres condenados en los últimos 2 años por delitos contra la familia, específicamente violencia intrafamiliar y de asistencia alimentaria o los padres que tienen vigente una medida de protección en su contra NO pueden acceder a la licencia parental compartida.

 

 

La licencia parental flexible de tiempo parcial

 

Bajo esta figura los padres pueden cambiar un período de su licencia por un periodo de trabajo de medio tiempo. En las madres este tiempo se puede tomar a partir de la semana 13 de la licencia de maternidad, en esencia se debe seguir el mismo procedimiento y anexar los mismos documentos de la licencia parental compartida.

 

En este evento el empleador cuenta con 5 días hábiles para dar respuesta.

 

Estas dos licencias aplican en el nacimiento de los niños prematuros y al adoptar, al igual que a los trabajadores del sector público.

 

Yanneth Cristina Castro Albañil

Editora laboral de www.consultorcontable.com

yanneth.castro@hotmail.com




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Comentarios: 8
  • #1

    Jaime Lo (miércoles, 13 mayo 2020 10:36)

    Yannet, entonces si el padre no trabaja y es beneficiario de la esposa que es la que cotiza, no tiene derecho a que le paguen licencia paternidad? o no le pagan y simplemente le dan el permiso? que pena la pregunta, soy un futuro papá que pronto tendré esa situación.

  • #2

    Yanneth Castro (miércoles, 13 mayo 2020 17:41)

    Jaime, la licencia de paternidad es otorgada por la EPS, por lo que se debe estar cotizando y al día en los pagos.

  • #3

    Kelly Guataquira (martes, 02 febrero 2021 13:05)

    Cordial saludo. Mi esposo que actualmente trabaja en una entidad estatal fue notificado por el empleador que la licencia de paternidad no le será reconocida toda vez que la EPS a la que se encontraba afiliado rechazo la licencia por no haber cotizado durante toda la gestación (el no pudo cotizar mes y medio por qué se quedó sin trabajo, comenzando el embarazo). El bebé nació a los tres meses de encontrarse laborando en esta nueva entidad (octubre) y en diciembre se cambio de EPS. La respuesta a penas la están notificando en febrero. Ante quién se debe reclamar el derecho? Le están diciendo a el que como la EPS no la paga, se lo van a descontar del salario, es casi medio salario mensual (11 días calendario) lo cual lo afecta considerablemente. Que se puede hacer?

  • #4

    HENRY MORENO (viernes, 06 agosto 2021 09:48)

    Cordial saludo mi esposa y yo somos cotizantes en la misma eps.
    Yo cotizo en la eps por más de dos salarios mínimos, sin embargo mi contrato en la empresa esta con un sueldo básico sobre el mínimo. Mi pago de licencia estaría sobre el mínimo o estaría por el valor que estoy cotizando. Quedo atento a su repuesta. Gracias.

  • #5

    Jose Danilo (lunes, 09 agosto 2021 23:18)

    Pregunta . si tu empresa te dice que tubo un Error y no te paso ala nomina tu licencia de Paternidad . Cuantos Días Hábiles Tienen Para Que Consignen ??

  • #6

    David muñoz (jueves, 11 noviembre 2021 14:43)

    Estoy en la misma situacion que el esposo de Kelly Guataquira

    alguien sabe algo

  • #7

    Brayan Castro (viernes, 04 marzo 2022 21:41)

    La empresa me descontó del salario los días que falte por la ley María que puedo hacer

  • #8

    cristhian manosalva (miércoles, 09 marzo 2022 09:31)

    si decido seguir laborando normal despues del nacimiento de mi hijo, la licencia igual me la pueden pagar ???