18-05-2023
CEDULA
DE PENSIONES EN LA DECLARACION DE RENTA
Los ingresos por pensiones en Colombia gozan de un beneficio tributario en la declaración de renta consagrado en el articulo 206 del Estatuto Tributario, y consiste
en una renta exenta limitada a un número fijo de UVT (Unidad de valor Tributario).
Veamos entonces los detalles de los tipos de pensiones, cómo se declaran las pensiones en Colombia, los límites en las rentas exentas, en que sección del formulario
210 se deben declarar dichos ingresos, que tarifa se aplica a las pensiones, entre otros.
También publicamos un archivo en Excel donde se muestra como se declaran los ingresos por pensiones en el formulario 210. Descargar archivo liquidador
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Pensión de jubilación: Era el nombre que se le daba a las pensiones otorgadas antes que apareciera el ISS. Es entonces, un término que actualmente
poco se utiliza y que actualmente se llama pensión de vejez.
Pensión de vejez: Se caracteriza por tener que cumplirse una edad mínima, un número de semanas cotizadas y en los fondos privados, un monto de
capital determinado de ahorro.
Pensión de sobrevivientes y sobre riesgos profesionales: Corresponde a la pensión que recibe un sobreviviente luego que el cotizante o pensionado
fallece, y la que se otorga por temas asociados a riesgos profesionales. (Invalidez, accidente o enfermedad profesional)
Otros ingresos que se asimilan a pensiones desde el punto de vista fiscal:
Indemnizaciones sustitutivas de las pensiones o devolución del saldo del ahorro pensional: Se genera cuando se opta por el reintegro del ahorro o
aportes que se hayan realizado por varias razones. En este caso el valor acumulado se desembolsa en un año y es ingreso en solo periodo fiscal.
En Colombia, las personas naturales deben declarar los ingresos por pensiones en la cédula de pensiones, sección separada en el formulario 210.
En esta sección se pueden observar los siguientes renglones:
Ingresos brutos por rentas por pensiones del país y del exterior |
(-) Ingresos no constitutivos de renta |
Renta Líquida: |
(-) Rentas exentas |
Renta líquida gravable |
Hay que tener en cuenta que las pensiones de fuente nacional tienen una parte que gozan de renta exenta, pero las pensiones del exterior son
gravadas en un 100%. Aunque la Ley 2277 de 2022, que rige para las declaraciones de renta del año gravable 2023 en adelante, modificó este tema, igualando la renta exenta para esas pensiones del
exterior.
Dentro de los ingresos no constitutivos de renta únicamente se podrán restar los aportes a salud obligatorios.
Esta cédula no permite restar costos, gastos ni deducciones y nunca dará perdida.
Dentro de las rentas exentas, hay que tener presente que existe una limitante que establece el numeral 5 del artículo 206 del ET, en mil (1.000
UVT) mensuales, es decir, 12.000 UVT anuales. Podríamos afirmar que una pensión de fuente nacional nunca estaría gravaba con renta, dado que existe una renta exenta alta.
Esta limitante de las rentas exentas antes referida, cuando se trate de las Indemnizaciones sustitutivas de las pensiones o devolución del saldo del ahorro pensional, aplica, pero por cada mes al cual corresponde ese ahorro. Y es lógico dado que el valor devuelto puede corresponder a varios años y sería injusto gravar esos valores.
Tener en cuenta que a las rentas exentas por pensiones no le aplica la limitante del 40% del artículo 336 del Estatuto Tributario, que son exclusivas para las rentas exentas de la cédula general (rentas de trabajo, honorarios, rentas de capital, y rentas no laborales).
La renta liquida gravable por concepto de pensiones se suma a la renta líquida de la cédula general o la renta presuntiva (La mayor) y se aplica la tabla del artículo 241 del ET.
Rango en UVT |
Tarifa marginal |
Detalle del cálculo |
|
De |
Hasta |
||
0 |
1.090 |
0% |
0% |
1.090 |
1.700 |
19% |
(Renta gravable expresada en UVT menos 1.090 UVT) * 19% |
1.700 |
4.100 |
28% |
(Renta gravable expresada en UVT menos 1.700 UVT) * 28% + 116 UVT |
4.100 |
8.670 |
33% |
(Renta gravable expresada en UVT menos 4.100 UVT) * 33% + 788 UVT |
8.670 |
18.970 |
35% |
(Renta gravable expresada en UVT menos 8.670 UVT) * 35% + 2.296 UVT |
18.970 |
31.000 |
37% |
(Renta gravable expresada en UVT menos 18.970 UVT) * 37% + 5.901 UVT |
31.000 |
En adelante |
39% |
(Renta gravable expresada en UVT menos 31.000 UVT) * 39% + 10.352 UVT |
Al presentar la declaración de renta antes la DIAN, tenga en cuenta que la declaración de renta sugerida por la DIAN, que se basa en la información exógena
reportada por terceros, no calcula la renta exenta de pensiones, por tanto el valor de esa renta exenta de la declaración sugerida siempre será cero. Cambie ese valor si su pensión es de fuente
nacional. No olvide que si la pensión es de origen del exterior, no tiene derecho a renta exenta por el año gravable 2022, solo a partir del año 2023 será renta exenta por cuenta de la Ley 2277
de 2022.
A los ingresos por pensiones se les puede restar el valor pagado por aportes a salud como un ingreso no constitutivo de renta, pero hay que decir que, si estamos ante una pensión de fuente nacional, restar o no ese valor de aportes a salud en mi concepto da el miso resultado, dado que sobre el saldo se toma la renta exenta y en un 99.99% de los casos es todo renta exenta producto de la limitante de las 12.000 UVT anuales.
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Amanda Caceres (jueves, 18 agosto 2022 09:24)
MIL GRACIAS
Evelin Palacios (lunes, 22 agosto 2022 19:42)
Excelente información, tenía dudas de como se declaraban las pensiones del exterior, y creo que hace iunos años me equivoqué en una declaración.. pero bueno, es bueno aprender con el error..
las pensiones del exterior si estan gravadas con renta, las pensiones del exterior si estan gravadas con renta. Nunca se me olvidará.
Andrea solarte oviedo (lunes, 29 agosto 2022 21:39)
Muy buenos días agradecería me indicaran en que renglon del formulario 110 un no residente declararía su bono pensional, si en el 47 o 57...y si se descontaria como renta excenta.
Edgar (viernes, 02 junio 2023 00:05)
Buenas noches señor William y me permito solicitarle el favor y de acuerdo con su experiencia y conocimiento se elabore un ejemplo de cómo sería el cálculo de la renta exenta por la devolución de saldos o sustitución pensional , no me queda claro cuando dice que se multiplica por los meses a los que corresponda , le agradecería mucho se elabore mi solicitud para poder subsanar la duda , gracias por todo el aporte a la profesión