Rentas de trabajo

Ingresos por honorarios y compensación por servicios personales


 

27-11-2023


INGRESOS POR HONORARIOS Y COMPENSACIÓN DE SERVICIOS PERSONALES

 

Dado los cambios introducidos en la Ley 2277 de 2022, es importante precisar en qué tipo de renta o zona del formulario 210 se declaran los ingresos por honorarios y compensación de servicios personales en el nuevo sistema de cedulación de renta de personas naturales que rige a partir del año gravable 2023.

 

Recordemos que a partir del año gravable 2020, los honorarios y compensación por servicios personales, aunque indiscutiblemente son rentas de trabajo,  pueden declararse en el formulario 210 en la sección de renta de trabajo, o como una renta de honorarios y compensación por servicios personales que es sujeta a costos y gastos. Todo depende de la conveniencia o elección del contribuyente.

 

Cabe destacar, que el requisito que existió hasta el año gravable 2022 respecto a la contratación de menos de dos (2) trabajadores o contratistas por un tiempo determinado para tener derecho a restar la renta exenta del 25%, ya desaparece de la legislación a partir del año gravable 2023 por cuenta de la Ley 2277 de 2022, aunque en diciembre de 2023, se ha emitido el decreto 2231 en donde en sus artículos 9 y 11, se han establecido unos requisitos para definir si se aplica la renta exenta del 25% y la tarifa de retefuente a practicar. Leer más

 

 

Si requiere información de los años gravables 2021 y 2022, descargue el archivo .pdf al final de este editorial.

 

 

Depuración general de las rentas de trabajo por honorarios o compensación de servicios personales:

 

Rentas por honorarios en la sección de rentas de trabajo

 

Total ingresos rentas de trabajo por honorarios y y compensación por S. personales.

(-) Ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional

(-) Rentas exentas y deducciones imputables

 

=Total renta líquida de trabajo

 

 

Rentas por honorarios en la sección de rentas de trabajo por honorarios y compensación de servicios personales sujetos a costos y gastos.

 

Total ingresos rentas de trabajo por honorarios y compensación por S. personales.

(-) Ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional

(-) Rentas exentas y deducciones imputables (No incluye renta exenta del 25%)

(-) Costos y gastos procedentes

 

=Total renta líquida de trabajo por honorarios y compensación por SP.

 

En resumen, si un contribuyente dentro de sus ingresos obtiene honorarios o compensación por servicios personales, tiene la facultad de optar por declarar esos ingresos en la sección de rentas de trabajo e imputarle el 25% de renta exenta, o declarar los ingresos en la sección de honorarios y compensación de servicios personales y restar costos y deducciones procedentes, pero no la renta exenta del 25%. Todo dependerá de la conveniencia para el contribuyente. A partir del año gavable 2024, se debe tener presente lo indicado en el decreto 2231 de diciembre de 2023, en donde estableció unas reglas de retefuente, pero que están muy vinculadas a la forma de declarar estos ingresos en la declaración de renta.

 

La depuración en la declaración de renta, en el caso que los honorarios se declaren imputando costos y deducciones procedentes y no renta exenta del 25%, es muy similar a la de los honorarios y servicios que se declaren como rentas de trabajo, tanto así, que estos tienen también derecho a restar deducción por dependientes económicos, tanto el dependiente tradicional, como los 4 nuevos dependientes de 72 UVT cada uno que se incorporan en el art. 336 del ET.

 

Tener en cuenta que la Ley 2277 de 2022, en su artículo 7 estableció una nueva deducción especial por la adquisición de bienes y servicios en la renta líquida de la cédula general del 1% del valor de las adquisiciones limitada a 240 UVT al año. (Numeral 5 art. 336 ET)

 

Consideramos que a partir del año gravable 2023, no existe la posibilidad que los honorarios o servicios se declaren en la sección de rentas no laborales, como hasta en el año gravable 2023 lo sugería la DIAN en su ayuda renta e instrucciones del formulario 210.

 

Aclarar por último que los costos y deducciones procedentes, son conceptos que deben cumplir los requisitos del artículo 107 del ET. para su imputación en la renta, y que esas deducciones procedente son muy diferentes a las "deducciones imputables", deducciones que están totalmente definidas en la normatividad como es el caso del 4 por mil, salud prepagada, intereses de vivienda etc..

 

Información de años anteriores

Descarga
Información sobre rentas de honorarios y servicios años gravable 2021 y 2022
Rentas de trabajo honorarios y compensac
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Wiliam Dussán Salazar

Editor de impuestos de www.consultorcontable.com

@williamduss 

 



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Comentarios: 12
  • #1

    Mariam Garzón (martes, 22 septiembre 2020 16:35)

    Buenas tardes, muy interesante, considero que se declaran en laborales la mayoria que son honorarios y no tienen contratadas personas

  • #2

    Jaime Tafur (miércoles, 23 septiembre 2020 09:24)

    buenos días William, equipo consultor Contable y colegas. Lo que si es cierto que la profesión de Contador Publico en Colombia se ha convertido en el ejercicio peligro, tenemos una maraña de imprecisiones en las normas tributarias que realmente nos convertimos en unos mártires diarios de las entidades fiscalizadoras, hasta cuando nos debemos dejar arrastrar? ¿Habrá algún día leyes transparentes, sanciones proporcionales y lógicas y un Estado que quiera transformar la cultura tributaria con educación? Nada mas como ejemplo los múltiples reportes tributarios, las descomunales sanciones en exógenas, las declaraciones ineficaces,etc.

  • #3

    Anderson (viernes, 19 febrero 2021 16:26)

    Recomiendo encarecidamente al Sr. Carlos como el mejor comerciante de divisas / bitcoins, gano hasta $ 5,000 por semana con $ 500 en una semana. Puede contactarlo si necesita ayuda a través de WhatsApp; Vía whatsapp: (+12166263236)

  • #4

    Rhon Kham (domingo, 15 agosto 2021 20:52)

    hola, creo que algún día la misma DIAN hará las declaraciones de los contribuyentes y los contadores solo atenderán los requerimientos a que haya lugar. Las cosas se van a ir automatizando poco a poco, hasta que todo esté entrelazado en redes de terceros, proveedores, clientes, etc.
    Ojala esa automatización ayude a no preparar mas la información exógena, labor muy desgastante y poco considerada.

  • #5

    Nelly Garcia H (jueves, 18 agosto 2022 10:11)

    buenos días Doctor Dussan anoche hice una pregunta sobre los honorariros de un prestador de la salud no tiene empleados de ninguna naturaleza pues trabaja en diferentes EPS, sobre si puedo tomar el limitante de renta exenta, del 40% si se lleva a la cedula por concepto de honorarios
    muchas gracias mi correo nellygarciaher@hotmail.com

  • #6

    Nicolas Lamprea (lunes, 29 agosto 2022 00:42)

    Buen día
    Una persona que trabaja en una empresa y percibe su salario y además de eso trabaja como independiente y percibe honorarios para dichos honorarios tiene vinculadas dos personas que le ayudan, puede llevarse el primer empleador por rentas de trabajo y el 25% exento y declarar los otros ingresos por honorarios en rentas por honorarios y establecer los costos y gatos procedentes?
    Mil gracias, mi correo es nicolas.lamprea@gmail.com

  • #7

    liliana (martes, 13 septiembre 2022 16:23)

    Buen día
    Una persona que trabaja en una empresa y percibe su salario y además de eso trabaja como independiente y percibe honorarios para dichos honorarios no tiene vinculadas dos personas que le ayudan, puede llevarse el primer empleador por rentas de trabajo y el 25% exento y declarar los otros ingresos por honorarios en rentas por honorarios y establecer los costos y gatos procedentes?
    Mil gracias, mi correo es lilianap0891@gmail.com

  • #8

    Mirna (martes, 13 septiembre 2022 16:45)

    Liliana, yo considero que si,, lo importante es que sobre esos honorarios no haya contratado 2 o mas personas y que cumpla lo de los 90 días. en ese caso si puede solo llevar los honorarios a ese tipo de renta de hoonorarios e imputarle los costos que tenga soporte y esten asociados a esos honorarios..

    pero analiza porque a veecs es mejor dejarlos en rentas de trabajo y aplicarle la renta exenta del 25% lo que mas convenga

  • #9

    Marco Aurelio (sábado, 12 agosto 2023 12:10)

    En el caso que no se viva en Colombia, pero se sea declarante, las remesas enviadas a Colombia a mi mismo para pagar mis obligaciones en Colombia, estos ingresos se declaran como ingresos se deben declara como ingresos no laborales, al no tener ningun contrato laboral en Colombia?

  • #10

    Ximena (sábado, 12 agosto 2023 12:13)

    Marcos,

    No veo que eso sea ingreso, es solo un traslado de recursos propios de un pais a otro..
    Lo unico es que tenga en cuenta qe si es residente fiscal en Colombia debe declarar por el sistema de renta mundial,.

  • #11

    Diego (domingo, 13 agosto 2023 23:06)

    Hola, buenas, tengo una inquietud... Si una persona tiene un contrato por prestación de servicios con una entidad pública y esa persona cancela sus aportes a salud y pensión como independiente y en cada cuenta de cobro le aplican retención en la fuente por honorarios y no contrato a nadie para realizar esta actividad, se podría manejar como renta de trabajo (renglón 32) o debe manejarse en el renglón 43, rentas por honorarios y comp. de serv. personales sujetos a costos y gastos... ¿?

  • #12

    Guillermo Leon Agudelo Correa (miércoles, 23 agosto 2023 15:28)

    Un profesional de la salud trabaja como independiente en su consultorio particular paga sus aportes a seguridad social como independiente, se debe llevar a ingresos por honorarios ya que la persona que le ayuda como secretaria es su conyuge pero no paga aportes de seguridad social por ella por ser beneficiaria como conyuge.
    se puede tomar el limitante de renta exenta del 40%?